Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-24874

Resolución de 16 de octubre de 1998, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de Forensías y Agrupaciones de Forensías para el Cuerpo de Médicos Forenses en Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 1998, páginas 35478 a 35480 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1998-24874

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo que establecen los artículos 455 y 550.1

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

y el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses,

aprobado por Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, modificado

por Real Decreto 1619/1997, de 24 de octubre, se convoca

concurso de traslados para la provisión, entre todos los funcionarios

del Cuerpo de Médicos Forenses, de las Forensías o Agrupaciones

de Forensías vacantes en los Juzgados que se detallan en el anexo,

de acuerdo con las siguientes bases:

1. Puestos de trabajo que se pueden solicitar y plazos

de presentación de solicitudes

1.1 Los funcionarios que deseen participar podrán solicitar,

mediante una única instancia, cualquiera de las plazas vacantes

de Cataluña, que se publican en el anexo de esta Resolución de

convocatoria, así como las que constan en los anexos de las otras

convocatorias que se publican simultáneamente a ésta en el

"Boletín Oficial del Estado", correspondientes al Ministerio de Justicia

y al resto de Comunidades Autónomas. En la solicitud expresarán

los destinos a los que aspiran, numerados por orden de preferencia,

con indicación de la fecha de posesión del último destino.

1.2 Los funcionarios destinados definitivamente en Forensías

y Agrupaciones de Forensías radicadas en Cataluña y los que estén

en situación de servicios especiales o excedentes por cuidado de

un hijo durante el primer año de excedencia que tienen reservado

su puesto de trabajo en Cataluña, han de presentar solicitud en el

plazo de diez días naturales siguientes al de la publicación de

la presente convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña" o contados a partir del día de su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado", en caso de que la publicación de

esta convocatoria no se haga simultáneamente en el "Boletín

Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad de

Cataluña", dirigida al Director general de Relaciones con la

Administración de Justicia del Departamento de Justicia de la Generalidad

de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

El resto de excedentes voluntarios por agrupación familiar o

por interés particular, o los excedentes por cuidado de un hijo

a partir del primer año, que han perdido la reserva del puesto

de trabajo; los funcionarios de otros cuerpos o de otras

administraciones que estén en excedencia por esta causa en el Cuerpo

de Médicos Forenses; los excedentes forzosos aunque tengan un

destino provisional; los suspensos definitivos que hayan perdido

su puesto de trabajo y los participantes con destino provisional

porque han reingresado al servicio activo que hagan constar como

primer destino cualquiera de las publicadas en esta convocatoria,

tienen que presentar la solicitud en el plazo mencionado

anteriormente, dirigida al Director general de Relaciones con la

Administración de Justicia del Departamento de Justicia de la

Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

1.3 Las solicitudes se podrán enviar también en la forma que

prevé el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las que se presenten en las oficinas de correos se han de enviar

en cualquiera de las dos modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario. En este caso deberán tener entrada

en el Registro General del Departamento de Justicia de la

Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona, o,

en su caso, en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle

San Bernardo, 21, 28071 Madrid, antes de la fecha de finalización

del plazo de presentación de instancias.

b) Por correo certificado. En este supuesto se presentarán

en las oficinas de correos en sobre abierto para que el funcionario

de correos ponga la fecha y las selle antes de enviarlas. Los

participantes en el concurso deberán enviar la instancia que contenga

el sello de la oficina de correos, y no podrá ser admitida pasado

el plazo de presentación de instancias la que no cumpla este

requisito, aunque posteriormente se pueda acreditar este aspecto.

1.4 Los excedentes voluntarios por interés particular

adjuntarán a su solicitud la declaración de no haber sido separados

de ninguna de las Administraciones públicas.

1.5 La solicitud para tomar parte en este concurso será única

para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas

radicadas fuera de Cataluña, que por tanto consten en las

convocatorias que simultáneamente a esta efectúan el Ministerio de

Justicia, Valencia, Galicia, Canarias y Andalucía y se publican en

los diarios oficiales respectivos y en el "Boletín Oficial del Estado".

1.6 La solicitud formulada será vinculante para el solicitante

una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

2. Requisitos y condiciones de participación

2.1 Los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses sólo

podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma

de posesión en su destino actual.

2.2 Los funcionarios que estén en las situaciones de

excedencia voluntaria que establecen los artículos 61 y 62 del Real

Decreto 296/1996 (excedencias por interés particular y por

agrupación familiar) sólo podrán participar en el concurso si en la

fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han

transcurrido más de dos años desde que fueron declarados en

esta situación.

2.3 Los funcionarios en situación de excedencia por cuidado

de hijos, al amparo de lo que dispone el artículo 59 del Real

Decreto 296/1996, sólo podrán concursar si han transcurrido más

de dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.

2.4 Los suspensos en firme no podrán participar mientras

dure la suspensión.

2.5 Los sancionados con traslado forzoso no podrán

concursar en el plazo de uno a tres años, según se determine en la

resolución que pone fin al procedimiento.

3. Criterios para la adjudicación de plazas. Valoración del

conocimiento de la lengua oficial en Cataluña

3.1 El nombramiento de los Médicos Forenses para las plazas

vacantes recaerá en el solicitante con más antigüedad en el

escalafón.

3.2 Para la provisión de los puestos de trabajo vacantes

radicados en Cataluña, incluidos en el anexo de esta convocatoria,

se valorará el conocimiento oral y escrito de la lengua catalana.

La acreditación de conocimientos se hará mediante la

presentación, junto con la instancia, de los certificados expedidos por la

Junta Permanente de Catalán o de los diplomas o certificados

equiparados o de aquellos diplomas o certificados contemplados

en el Acuerdo de la Comisión para la Normalización Lingüística

de 19 de junio de1991. La valoración se hará de acuerdo con

los criterios siguientes:

1. o Certificado de nivel B, dos puntos.

2. o Certificado de nivel C, cuatro puntos.

3. o Certificado de nivel D, seis puntos.

Cada punto equivaldrá a un año de antigüedad.

4. Peticiones condicionadas

En el supuesto que dos funcionarios que reúnan los requisitos

exigidos estén interesados en las vacantes que se anuncian para

municipios de una misma Comunidad Autónoma, podrán

condicionar sus peticiones al hecho de que ambos obtengan destino

en este concurso en municipios de la misma Comunidad

Autónoma; en caso contrario, se entenderá anulada la petición

efectuada por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición

condicionada deberán concretarlo en su instancia y adjuntar una

fotocopia de la petición del otro funcionario.

5. Tramitación

La Dirección General de Relaciones con la Administración de

Justicia del Departamento de Justicia de la Generalidad de

Cataluña valorará, de acuerdo con los criterios establecidos en la base

tercera, las instancias recibidas de los funcionarios a que hace

referencia la base 1.2, párrafo primero.

6. Carácter de los destinos adjudicados

6.1 Los traslados que se deriven de la Resolución de este

concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos

previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre

indemnizaciones por razón de servicio.

6.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

7. Resolución y plazo de toma de posesión

7.1 Esta convocatoria se resolverá por resolución de la

Consejera de Justicia de la Generalidad de Cataluña de forma

coordinada con el Ministerio de Justicia y con los órganos competentes

de las Comunidades Autónomas mencionadas anteriormente de

manera que se publiquen simultáneamente en el "Boletín Oficial

del Estado" y en los Boletines Oficiales de las Comunidades

Autónomas. En el supuesto que esta simultaneidad no sea posible,

los plazos se contarán a partir del día siguiente al de la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

7.2 La resolución expresará el puesto de trabajo de origen

de los interesados a quienes se adjudique destino y su localidad

y también su situación administrativa, si es diferente de la de

activo, y el puesto de trabajo adjudicado a cada funcionario.

7.3 El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido

será de un mes, de acuerdo con lo que establece el artículo 28

del Reglamento Orgánico aprobado por el Real Decreto 296/1996,

de 23 de febrero, pero cuando no implique cambio de residencia

deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes al cese.

7.4 El plazo para la toma de posesión se contará a partir

del día siguiente al cese, que deberá hacerse efectivo dentro de

los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución

en el "Boletín Oficial del Estado", y en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña" y en caso de que la publicación no

pudiera ser simultánea, los plazos se computan a partir de la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

7.5 Si la resolución comporta reingresar al servicio activo,

el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la

mencionada publicación.

7.6 El cómputo de los plazos para la toma de posesión se

iniciará cuando finalicen las licencias de que disfruten los

funcionarios, excepto que por circunstancias excepcionales

debidamente motivadas se suspenda o se revoque el disfrute.

8. Recursos

8.1 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa,

los interesados podrán interponer recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses

contados desde el día siguiente a la publicación en el último diario

oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña") en que se haya publicado, con comunicación

previa a la Consejera de Justicia, de conformidad con lo que prevé

el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27) y el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o cualquier otro recurso que consideren

conveniente para la defensa de sus intereses.

8.2 De acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 64 y 66

de la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, la interposición de los recursos contencioso-administrativos

que deban notificarse a los interesados se notificarán mediante

su publicación en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"

y mediante su exposición en los tablones de anuncios de los

siguientes órganos: Servicios Centrales del Departamento de

Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona), en la Gerencia de

Apoyo Judicial de Barcelona Ciudad (calle Pau Claris, 158, 08009

Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona

Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901 L'Hospitalet de

Llobregat), y en las delegaciones territoriales del Departamento de

Justicia de Girona (avenida Sant Narcís, 59, 17005 Girona), Lleida

(calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y Tarragona (calle Sant

Francesc, 14, 3. o ,1. a , 43003 Tarragona), en el Tribunal Superior

de Justicia de Cataluña (paseo Lluís Companys, sin número,

08018 Barcelona), en las Audiencias Provinciales de Barcelona

(paseo Lluís Companys, sin número, 08018 Barcelona), Girona

(plaza de la Catedral, sin número, 17004 Girona), Lleida (rambla

de Ferrán, sin número, 25001 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís

Companys, 10, 43005 Tarragona), en los decanatos de Barcelona

(paseo Lluís Companys, 1-5, 08003 Barcelona), Girona (avenida

Ramón Floch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (edificio "Canyeret", calle

La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís

Companys, 10, 43005 Tarragona), en el Instituto Anatómico Forense

(calle Enric Casanovas, 143, 08006 Barcelona), y en las Fiscalías

de Barcelona (calle Pau Claris, 160, 08009 Barcelona), Girona

(plaza de la Catedral, sin número, 17004 Girona), Lleida (edificio

"Canyeret", calle La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida

Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona).

Barcelona, 16 de octubre de 1998.-La Consejera, Núria de

Gispert i Català.

ANEXO

RLT: 26 Justicia Generalidad. Cuerpo: Médicos Forenses. Comunidad: Cataluña

Provincia Centro de destino Denominación NO. NV.

Barcelona. 9232200508001 Instrucción números 5 y 24. Barcelona. 3 1

Barcelona. 9232300108018 Primera Instancia e Instrucción números 1,2y3.Arenys de Mar. 3 1

Barcelona. 9232300408018 Primera Instancia e Instrucción números 4,5y6.Arenys de Mar. 3 1

Barcelona. 9232300308045 Primera Instancia e Instrucción números3y7.Badalona. 3 1

Barcelona. 9232300108063 Primera Instancia e Instrucción números1y2.Berga. 3 1

Barcelona. 9232300108199 Primera Instancia e Instrucción números 1,2y5.Cerdanyola del Vallès. 3 1

Barcelona. 9232300108228 Primera Instancia e Instrucción números1y2.Esplugues de Llobregat. 3 1

Barcelona. 9232300108264 Primera Instancia e Instrucción números1y2.Gavà. 3 1

Barcelona. 9232300308264 Primera Instancia e Instrucción números 3,4y5.Gavà. 3 1

Barcelona. 9232300108336 Primera Instancia e Instrucción números1y2.Manresa. 3 1

Provincia Centro de destino Denominación NO. NV.

Barcelona. 9232300108369 Primera Instancia e Instrucción números 1,2y3.Mollet del Vallès. 3 1

Barcelona. 9232300108504 Primera Instancia e Instrucción números 1,2y3.ElPrat de Llobregat. 3 1

Barcelona. 9232300308549 Primera Instancia e Instrucción números3y4.Rubí. 3 1

Barcelona. 9232300108558 Primera Instancia e Instrucción números1y8.Sabadell. 3 1

Barcelona. 9232300108834 Primera Instancia e Instrucción números1y5.Terrassa. 3 1

Barcelona. 9232300608834 Primera Instancia e Instrucción números6y8.Terrassa. 3 1

Barcelona. 9232300108891 Primera Instancia e Instrucción números1y3.Vic. 3 1

Barcelona. 9232300208891 Primera Instancia e Instrucción números2y4.Vic. 3 1

Barcelona. 9232300108903 Primera Instancia e Instrucción números 1,2y3.Villafranca del Penedés. 3 1

Girona. 9232300217084 Primera Instancia e Instrucción números2y4.LaBisbal d'Empordà. 3 1

Girona. 9232300117428 Primera Instancia e Instrucción números1y2.Olot. 3 1

Girona. 9232300117688 Primera Instancia e Instrucción números 1,2y3.Sta. Coloma de Farners. 3 1

Lleida. 9232300125152 Primera Instancia e Instrucción números1y2.Balaguer. 3 1

Lleida. 9232300025840 Primera Instancia e Instrucción. Tremp. 3 1

Tarragona. 9232300643001 Primera Instancia e Instrucción números6y8.Tarragona. 6 1

Tarragona. 9232300743001 Primera Instancia e Instrucción números7y9.Tarragona. 3 1

Tarragona. 9232300143070 Primera Instancia e Instrucción números1y2.Amposta. 3 1

Tarragona. 9232300343765 Primera Instancia e Instrucción números3y4.Tortosa. 3 1

Tarragona. 9232300143795 Primera Instancia e Instrucción números1y2.Valls. 3 1

NO.: Número de orden. NV.: Número de vacantes.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid