Visto el expediente de indulto de don Laureano Martínez Rodríguez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Tercera, que, en sentencia de fecha 15 de junio de 1994 le condenó, como autor de un delito de malversación de caudales públicos, a la pena de seis años y un día de prisión mayor e inhabilitación absoluta durante ocho años para el desempeño de cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de octubre de 1998,
Vengo en conmutar a don Laureano Martínez Rodríguez la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 2 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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