Visto el expediente de indulto de don José Ramón Echevarría Ruiz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada el Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4.º , apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número 1 de San Sebastián que, en sentencia de fecha 2 de marzo de 1995 le condenó como autor de un delito contra el deber de prestación del servicio militar, a la pena de un año de prisión menor con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de octubre de 1998,
Vengo en indultar a don José Ramón Echevarría Ruiz la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 9 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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