Por Resolución de 9 de junio de 1998 ("Boletín Oficial del
Estado" del 12) se convocó concurso general de méritos para la
provisión de puestos de trabajo vacantes, adscritos a los grupos
B,CyDenelÁrea de la Dirección General de la Policía.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la
convocatoria, y una vez finalizado el plazo de presentación de
instancias, a la vista de las solicitudes presentadas, la valoración
de los méritos alegados y la propuesta formulada por la
correspondiente Comisión de Valoración, sobre los puestos de trabajo
a adjudicar,
Esta Secretaría de Estado acuerda resolver el siguiente
concurso, de conformidad con los siguientes puntos:
Primero.-Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que
se relacionan en el anexo I a los funcionarios que se mencionan
en el mismo.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el citado anexo por no alcanzar la puntuación mínima exigida,
o por no haber petición alguna para cubrirlos.
Tercero.-Reingresar al servicio activo a los funcionarios a
quienes, procedentes de otra situación administrativa, les ha sido
adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso.
Cuarto.-Los destinos adjudicados tendrán la consideración de
voluntarios y, en consecuencia, no generan derecho a
indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones
previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.
Asimismo, serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el
plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino,
bien por el procedimiento de libre designación o por concurso
convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas,
en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, vendrán
obligados a comunicar por escrito en los tres días siguientes la
renuncia al puesto adjudicado, y la opción ejercitada con indicación
del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma
de provisión y fecha de nombramiento.
Quinto.-El plazo de toma de posesión en el nuevo destino
obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o supone
el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el
plazo de toma de posesión deberá computarse desde su
publicación.
Cuando los funcionarios afectados por la presente resolución
se encuentren disfrutando licencias o permisos les será de
aplicación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo
y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración del Estado ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril
de 1995), y en la base séptima de la convocatoria, por lo que
se refiere al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos
mismos preceptos serán de aplicación en los casos de prórroga
en el cese y/o incorporación al nuevo destino.
Sexto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses a
partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",
y previa comunicación a este Departamento ministerial, recurso
contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente,
con arreglo a lo dispuesto en los artículos 66 y 74 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, en relación con el 57 de la Ley
38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial,
y 10 y 11 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
de 27 de diciembre de 1956, reguladora de dicha jurisdicción.
Madrid, 29 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 6 de junio
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 7), el Subsecretario,
Leopoldo Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Anexo ver imágines páginas 3623 a 36233.
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