Visto el expediente del centro docente privado de Educación Secundaria
denominado "Santo Ángel de la Guarda", de Avilés (Asturias), en relación
con la modificación de la autorización del centro en la etapa de Bachillerato,
por ampliación de unidades e implantación de la modalidad de Tecnología,
El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:
Primero.-Modificar la autorización del centro privado de Educación
Secundaria "Santo Ángel de la Guarda", de Avilés (Asturias), en la etapa
de Bachillerato, por ampliación de unidades e implantación de la modalidad
de Tecnología, quedando configurado del modo siguiente:
Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: "Santo Ángel de la Guarda".
Titular: Congregación Salesiana.
Domicilio: Calle Jardín de Cantos, sin número.
Localidad: Avilés.
Municipio: Avilés.
Provincia: Asturias.
Enseñanzas que se autorizan:
a) Educación Secundaria Obligatoria.
Capacidad: 12 unidades y 360 puestos escolares.
b) Bachillerato: Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la
Salud, de Humanidades y Ciencias Sociales y de Tecnología.
Capacidad: Seis unidades y 210 puestos escolares.
Segundo.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso
contenciosoadministrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde
el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y
en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 16 de octubre de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17
de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación
Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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