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Documento BOE-A-1998-25561

Orden de 2 de octubre de 1998 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «Alcazarén», sito en Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 6 de noviembre de 1998, páginas 36327 a 36328 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-25561

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la

titularidad del centro de Formación Profesional Específica "Alcazarén",

sito en la calle Estudios, 10, de Valladolid, en solicitud de autorización

de apertura y funcionamiento del mismo para impartir ciclos formativos

de grado medio y superior y de cambio de titularidad a favor de la

Asociación Sociocultural Campoalegre,

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que a

continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Alcazarén".

Domicilio: Calle Estudios, 10.

Localidad: Valladolid.

Municipio: Valladolid.

Provincia: Valladolid.

Titular: Asociación Sociocultural Campoalegre.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Ciclos formativos de grado medio: Cocina.

Capacidad:

Número de grupos: Dos.

Número de puestos escolares: 60.

b) Ciclos formativos de grado superior: Alojamiento.

Capacidad:

Número de grupos: Uno.

Número de puestos escolares: 20.

Segundo.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación

NBE CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los

Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-Con carácter previo al comienzo de las actividades educativas

del centro, la Dirección Provincial del Departamento en Valladolid deberá

comprobar que el centro cumple con los requisitos de equipamiento que,

previo informe de la Subdirección General de Formación Profesional

Reglada, se acompañaban a Resolución de la Dirección General de Centros

Educativos de 30 de abril de 1998.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas de los ciclos

formativos, la Dirección Provincial del Departamento en Valladolid, previo

informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar

la relación del profesorado con el que contará el centro, que deberá cumplir

los requisitos establecidos en la Orden de 23 de febrero de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), por la que se regulan las titulaciones mínimas

y condiciones que deben poseer los Profesores para impartir Formación

Profesional Específica en los centros privados y en determinados centros

de titularidad pública.

Quinto.-Provisionalmente, hasta la implantación definitiva de los ciclos

formativos, y teniendo en cuenta que en el mismo recinto escolar se

encuentra autorizado un centro de Formación Profesional de primero y segundo

grados, se autoriza la impartición de las siguientes enseñanzas:

a) Formación Profesional de primer grado:

Rama Hostelería y Turismo: Profesión Cocina.

b) Formación Profesional de segundo grado:

Rama Hostelería y turismo: Especialidad Hostelería.

Sexto.-La entidad Asociación Cultural Campoalegre, como cesionaria,

quedará subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afecten

al centro cuya titularidad se le reconoce y muy especialmente, las

relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidos

por el Ministerio de Educación y Cultura, aquellas que le correspondan

en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Séptimo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación,

previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en

los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Madrid, 2 de octubre de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17

de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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