Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos,
se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 7 de noviembre
de 1997 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima)
en el recurso contencioso-administrativo número 1.231/1995, promovido
por don Isidro Vila Costa, contra la Resolución expresa del Instituto
Nacional de la Salud, denegatoria de la solicitud de renuncia a seguir percibiendo
el complemento específico por dedicación exclusiva formulada por el
recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo,
promovido por la Procuradora señora Rodríguez de la Fuente, en nombre
y representación de don Isidro Vila Costa, contra Resolución de la Dirección
General del Instituto Nacional de la Salud de 23 de marzo de 1995, por
la que se deniega la petición formulada por el recurrente de renuncia
al complemento específico para optar al régimen de dedicación normal
y abandonar el de dedicación exclusiva; debemos declarar y declaramos
que la citada Resolución es conforme con el ordenamiento jurídico. Sin
costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103
de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo
Contencioso-Administrativo.
Madrid, 2 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 1 de julio de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario, Enrique Castellón
Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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