Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos
se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 1 de julio
de 1998 por la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, en el recurso
contencioso-administrativo número 4/80/1996, promovido por doña
Etelvina Rubio Rodríguez, contra resolución expresa de este Ministerio,
desestimatoria de la reclamación de indemnización de daños y perjuicios
ocasionados por responsabilidad patrimonial, cuyo pronunciamiento es
del siguiente tenor:
"Fallo:
Primero.-Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo
promovido por el Procurador don José Menéndez Sánchez, después sustituido
por el Procurador don José Luis Ferrer Recuero, en nombre y
representación de doña Etelvina Rubio Rodríguez, contra la desestimación por
silencio de la Ministra de Sanidad y Consumo, de la reclamación de
indemnización por daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial de la
Administración, posteriormente desestimada por resolución del mismo
Departamento de 3 de agosto de 1995; resoluciones que anulamos por
no ser conformes a derecho.
Segundo.-Declarar el derecho que asiste a la recurrente a que por
la Administración demandada le sea satisfecha la cantidad de 3.000.000
de pesetas.
Tercero.-Desestimar las demás pretensiones deducidas por la parte
recurrente.
Cuarto.-No procede hacer expresa declaración en materia de costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103
de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo
Contencioso-Administrativo.
Madrid, 2 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 1 de julio de 1998,
"Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario, Enrique Castellón
Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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