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Documento BOE-A-1998-25617

Orden de 8 de octubre de 1998 por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social).

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 1998, páginas 36398 a 36404 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-25617

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 3 de junio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

del 24), se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo

vacantes en este Ministerio (Tesorería General de la Seguridad

Social), y de acuerdo con lo previsto en la base décima de dicha

convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, en lo que se refiere al plazo de resolución del presente

concurso, y habiéndose cumplido cuantos requisitos y

procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria mencionada,

que recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento General

de 10 de marzo de 1995 sobre plazo de presentación de instancias,

examen de las mismas, valoración de méritos alegados según

baremo establecido y previa propuesta elaborada por la correspondiente

Comisión de valoración a la que hace referencia la base octava

de la citada Orden de 3 de junio de 1998, este Ministerio, en

uso de las facultades que tiene conferidas, ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de valoración

de méritos, adjudicando los puestos de trabajo que se relacionan

en el anexo a los funcionarios que asimismo se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos indicados en el mismo

anexo.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,

si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes,

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Cuarto.-Si la Orden comporta el reingreso al servicio activo,

el plazo de toma de toma de posesión deberá computarse desde

la publicación de la misma en el "Boletín Oficial del Estado". No

obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde

la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado

de hijos, no será necesario que formalicen la toma de posesión

del destino que les corresponda hasta que se haga efectivo el

reingreso al servicio activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado

un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos

de provisión, salvo en el ámbito de la misma Secretaría de Estado

o del mismo departamento ministerial, en defecto de aquélla o

en los supuestos previstos en el párrafo segundo del

artículo 20.1.e) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función

Pública, y en el de supresión del puesto de trabajo.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra la presente Orden, que agota la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en

el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la

publicación de la misma, previa la preceptiva comunicación a este

Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la

Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así

como lo dispuesto en los artículos 108, 109 y 110.3 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Madrid, 8 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 26 de junio

de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Secretario de

Estado de la Seguridad Social, Juan Carlos Aparicio Pérez.

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