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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
ha dictado sentencia, con fecha 28 de julio de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 3/1.830/1996, en el que son partes, de
una como demandante don Manuel Carrascosa Carrascosa, y de otra como
demandada la Administración General del Estado, representada y
defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del propio
Departamento de fecha 30 de abril de 1996, sobre reclasificación en el grupo
superior en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-ley 12/1995, de 28
de diciembre.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el
presente recurso contencioso-administrativo número 3/1.830/1996,
interpuesto por don Manuel Carrascosa Carrascosa, en su propio nombre y derecho,
contra Resolución del Ministerio de las Administraciones Públicas de 30
de abril de 1996, por la que se le denegó la solicitud de extensión del
contenido del artículo 5 del Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre
y reclasificación en el grupo inmediatamente superior que actualmente
tiene asignado.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 21 de octubre de 1998.-P. D., (Orden de 19 de noviembre
de 1997 "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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