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Documento BOE-A-1998-25713

Resolución de 16 de octubre de 1998, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda tener por incoado expediente de delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado con categoría de monumento a favor del castillo de El Temple, de Ponferrada (León).

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 1998, páginas 36482 a 36482 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1998-25713

TEXTO ORIGINAL

El castillo de El Temple fue declarado monumento por Real Orden

de 7 de febrero de 1924.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985,

de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la

consideración y a denominarse bien de interés cultural.

Procede, por tanto, adecuar la citada declaración a las prescripciones

impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno

afectado por la declaración.

Vista la propuesta del Servicio de Protección,

Esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica

4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre;

Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido

en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y

el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que desarrolla parcialmente la

Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.-Tener por incoado expediente de delimitación del entorno

de protección del bien de interés cultural declarado con categoría de

monumento a favor del castillo de El Temple, según la delimitación que se

pública como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano

unido al expediente.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la

legislación vigente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Ponferrada (León) que según

lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del

Patrimonio Histórico Español, no podrá llevarse a cabo ningún tipo de obra

en el entorno delimitado sin la aprobación previa del proyecto

correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural o, si es el

caso, por la Dirección General.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el "Boletín Oficial

de Castilla y León" y en el "Boletín Oficial del Estado", y se notifique

al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación

preventiva.

Valladolid, 16 de octubre de 1998.-El Director general, Carlos de la

Casa Martínez.

ANEXO

Delimitación del entorno de protección

Se delimita su entorno de protección como el área definida por los

siguientes puntos:

NW: Eje del río Sil.

SW: Eje del puente y avenida del Castillo hasta la calle Gil y Carrasco.

SE: Calle Gil y Carrasco hasta la plaza de la Encina, para continuar

por el eje de la calle la Cava.

NE: Eje de la calle Tras la Cava, desde la calle de la Cava hasta su

confluencia con el río Sil.

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