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Documento BOE-A-1998-25794

Resolución de 21 de septiembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes, por la que se declara de interés general el aeropuerto de LogroñoAgoncillo, y se reserva el Estado su gestión directa.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 9 de noviembre de 1998, páginas 36536 a 36537 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-25794

TEXTO ORIGINAL

El Gobierno de La Rioja solicitó formalmente la apertura al tráfico aéreo civil del antiguo aeródromo militar de Agoncillo, adjuntando un documento denominado Plan Director del aeropuerto de Logroño-Agoncillo, y, posteriormente, un estudio de mercado relativo a una eventual explotación de líneas aéreas regulares de pasajeros en dicho aeropuerto y otro de carga aérea.

Del análisis de la citada documentación por la Dirección General de Aviación Civil y por el Ente Público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), cabe concluir que, primero, el entorno orográfico de la Comunidad Autónoma de La Rioja ha orientado de modo natural las infraestructuras, de las que se sirven los modos de transporte terrestre, a lo largo del valle del Ebro, y, por tanto, en dirección sensiblemente perpendicular a la línea recta que idealmente uniría Logroño con Madrid, y, segundo, que desde el punto de vista de la competencia interna modal, considerando la distancia a los aeropuertos más cercanos, Vitoria, Pamplona y Bilbao, sin ser excesivas, no son tampoco lo suficientemente cortas como para considerarlos aeropuertos competitivos entre sí.

En consecuencia, emitido el preceptivo informe por la Comisión Interministerial de Defensa y Transportes (CIDETRA), en sentido favorable, y examinada la documentación referida por la Dirección General de Aviación Civil y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y de acuerdo con las facultades que le atribuye el Real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles, en particular sus artículos 1 y 5, y las recogidas en el artículo 6.1 del Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento,

El Secretario de Estado resuelve, a propuesta del Director general de Aviación Civil, declarar el de Logroño-Agoncillo como aeropuerto de interés general, por concurrir en el mismo las circunstancias previstas en los números 1, 2 y 4 del artículo 1 del citado Real Decreto 2858/1981, reservándose el Estado su gestión directa.

Madrid, 21 de septiembre de 1998.‒El Secretario de Estado, Albert Vilalta González.

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