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Documento BOE-A-1998-25794

Resolución de 21 de septiembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes, por la que se declara de interés general el aeropuerto de LogroñoAgoncillo, y se reserva el Estado su gestión directa.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 9 de noviembre de 1998, páginas 36536 a 36537 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-25794

TEXTO ORIGINAL

El Gobierno de La Rioja solicitó formalmente la apertura al tráfico

aéreo civil del antiguo aeródromo militar de Agoncillo, adjuntando un

documento denominado Plan Director del aeropuerto de

Logroño-Agoncillo, y, posteriormente, un estudio de mercado relativo a una eventual

explotación de líneas aéreas regulares de pasajeros en dicho aeropuerto

y otro de carga aérea.

Del análisis de la citada documentación por la Dirección General de

Aviación Civil y por el Ente Público Aeropuertos Españoles y Navegación

Aérea (AENA), cabe concluir que, primero, el entorno orográfico de la

Comunidad Autónoma de La Rioja ha orientado de modo natural las

infraestructuras, de las que se sirven los modos de transporte terrestre, a lo

largo del valle del Ebro, y, por tanto, en dirección sensiblemente

perpendicular a la línea recta que idealmente uniría Logroño con Madrid,

y, segundo, que desde el punto de vista de la competencia interna modal,

considerando la distancia a los aeropuertos más cercanos, Vitoria,

Pamplona y Bilbao, sin ser excesivas, no son tampoco lo suficientemente cortas

como para considerarlos aeropuertos competitivos entre sí.

En consecuencia, emitido el preceptivo informe por la Comisión

Interministerial de Defensa y Transportes (CIDETRA), en sentido favorable,

y examinada la documentación referida por la Dirección General de

Aviación Civil y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la

Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y de acuerdo con

las facultades que le atribuye el Real Decreto 2858/1981, de 27 de

noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles, en particular sus

artículos1y5,ylasrecogidas en el artículo 6.1 del Real Decreto 1886/1996,

de 2 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica básica del

Ministerio de Fomento,

El Secretario de Estado resuelve, a propuesta del Director general de

Aviación Civil, declarar el de Logroño-Agoncillo como aeropuerto de interés

general, por concurrir en el mismo las circunstancias previstas en los

números 1,2y4delartículo 1 del citado Real Decreto 2858/1981,

reservándose el Estado su gestión directa.

Madrid, 21 de septiembre de 1998.-El Secretario de Estado, Albert

Vilalta González.

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