En el recurso contencioso-administrativo número 1/440/1997,
interpuesto en nombre y representación de la titularidad y Asociación de Padres
de Alumnos del Centro Internacional Nuevo Centro, de Madrid, contra
la Orden ministerial de 9 de mayo de 1997, por la que se denegaba la
renovación del concierto educativo del centro referido, la Sección Primera
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
con fecha 3 de julio de 1998, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente
tenor literal:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la representación procesal de ``Innovación Educativa,
Sociedad Anónima'' y Asociación de Padres de Alumnos del Colegio
Internacional Nuevo Centro, contra el acto impugnado, que declaramos
conforme al ordenamiento jurídico, por lo que debe ser confirmado; con las
costas preceptivas a los actores."
Dispuesto por Orden ministerial de 20 de octubre de 1998 el
cumplimiento de la citada sentencia, en sus propios términos, esta Dirección
General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 27 de octubre de 1998.-El Director general, Francisco López
Rupérez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.
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