De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1, a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución, en sus propios términos, de la sentencia número 690, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de 31 de julio de 1998, recaída en los autos número 15/1996, interpuesto por doña María José López Lorenzo, contra la Resolución del Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha de fecha 7 de noviembre de 1995, por la que se resuelve el concurso de méritos para la cobertura de plazas para personal funcionario por implantación de la relación de puestos de trabajo, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María José López Lorenzo, contra la resolución del Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha de fecha 7 de noviembre de 1995.»
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con las competencias que le confiere el artículo 33 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por Real Decreto 1291/1991, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 10), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.
Ciudad Real, 9 de octubre de 1998.‒El Rector, Luis Alberto Arroyo Zapatero.
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