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Documento BOE-A-1998-25948

Resolución de 26 de octubre de 1998, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la provisión de la plaza de Coordinador general de la Cooperación Española en Namibia.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 1998, páginas 36649 a 36650 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-25948

TEXTO ORIGINAL

I. Características de la plaza y funciones

Concedida la autorización preceptiva por los Ministerios de

Economía y Hacienda y de las Administraciones Públicas, en base

a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 65/1997, de 30 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998, y

de acuerdo con lo dispuesto en la Circular de 12 de abril de 1993

de la Secretaría de Estado para la Administración, se anuncia,

a convocatoria pública y abierta, la plaza de Coordinador general

de la Cooperación Española en Namibia que será cubierta en

régimen de contrato de alta dirección.

El Coordinador general de la Cooperación Española en Namibia

se integrará en el personal técnico de la Embajada de España

y realizará las siguientes funciones:

a) En el ámbito de las actividades generales de la Oficina

Técnica de Cooperación en Namibia:

Ostentar la representación de la Agencia Española de

Cooperación Internacional.

Dirección del personal de la Oficina Técnica de Cooperación

de la Agencia Española de Cooperación Internacional en Namibia.

Gestión y administración de los recursos económicos de la

Agencia destinados en Namibia.

Gestión y administración de los recursos de otras Instituciones

españolas que ejecutan proyectos de cooperación en Namibia.

Asegurar la coordinación de las actividades de la cooperación

española con las del resto de los responsables de la representación

de España en Namibia bajo la dirección del jefe de la misma.

b) En el ámbito específico de la Cooperación:

Gestión de los Programas de Cooperación.

Relación con las autoridades e instituciones contrapartes.

Identificación, ejecución, seguimiento y control de los

proyectos bilaterales de cooperación.

Elaboración de informes y memorias de los programas.

Detección de oportunidades para proyectos de coinversión y

ofertas de bienes o servicios españoles generados por los proyectos

de cooperación en vigor.

Prestar apoyo a las instituciones españolas en el desarrollo

de proyectos de cooperación en Namibia.

II. Régimen de contratación

El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca

suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el Real

Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido

en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional

para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este Organismo

para los Coordinadores generales de la Cooperación Española y

con mención expresa del posible traslado de mutuo acuerdo a

otro país a plaza de similares características.

Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el

contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia

Española de Cooperación Internacional de 6 de mayo de 1992 ("Boletín

Oficial del Estado" número 122, del 21).

Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas para la

categoría de Coordinador general de la Cooperación Española en

Namibia por la Comisión Interministerial de Retribuciones.

III. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los

siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,

conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los

Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas

incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones

correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas

por sentencia judicial firme.

e) Ser titulado universitario.

IV. Méritos específicos

a) Formación en el ámbito de la cooperación para el desarrollo.

b) Experiencia profesional demostrable de, al menos, tres

años en instituciones públicas o privadas de desarrollo.

c) Conocimiento satisfactorio del idioma inglés.

d) Experiencia de cooperación sobre el terreno en países en

vías de desarrollo.

e) Conocimiento del funcionamiento de la Administración

Pública española.

f) Capacidad de gestión y dirección de equipos humanos.

g) Conocimientos de la Legislación Laboral y Administrativa

española especialmente en el ámbito de la cooperación para el

desarrollo.

V. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán

hacerlo constar en instancia acompañada de currículum vitae

dirigida al excelentísimo señor Secretario general de la Agencia

Española de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General,

avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid), citando

expresamente "Plaza de Coordinador general de la Cooperación

Española en Namibia", sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales contados a

partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

VI. Valoración de méritos

La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con

los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión formada

por el Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo

Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, o en quien delegue,

que la presidirá; el Vicesecretario general de la Agencia Española

de Cooperación Internacional o en quien delegue, que actuará

como Secretario de la Comisión; un Vocal miembro del citado

Instituto y un vocal miembro del Gabinete Técnico de la Secretaría

General de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

La Comisión podrá citar, para la realización de entrevistas

personales, a los candidatos que considere oportunos.

Terminados sus trabajos, la Comisión de valoración elevará

una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la

Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá,

disponiendo la contratación del candidato designado.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos

oportunos.

Madrid, 26 de octubre de 1998.-El Presidente, P. D.

(Resolución de 21 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado"

de 10 de diciembre), el Secretario general, Luis Espinosa

Fernández.

Ilmos. Sres. Directores generales del Instituto de Cooperación

Iberoamericana; del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe,

Mediterráneo y Países en Desarrollo; Director del Gabinete

Técnico de la Secretaría General y Vicesecretario general de la

Agencia Española de Cooperación Internacional.

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