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Documento BOE-A-1998-25950

Resolución de 23 de octubre de 1998, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo (CE 16/1998).

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 1998, páginas 36650 a 36663 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-25950

TEXTO ORIGINAL

Vacantes puestos de trabajo dotados presupuestariamente,

cuya provisión corresponde llevar a efecto por el procedimiento

de concurso, de conformidad con lo establecido en el artículo

20.1.a), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la

Ley 23/1988, de 28 de julio, en uso de las atribuciones conferidas

por el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre,

modificado por la Ley 18/1991, de 6 de junio, y de acuerdo con la

Resolución de 28 de febrero de 1997 ("Boletín Oficial del Estado"

del 12 de marzo), por la que se delega la competencia del

Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el

Director general de la misma.

Esta Agencia Estatal de Administración Tributaria acuerda

convocar concurso para cubrir los puestos vacantes que se relacionan

en el anexo I de esta Resolución, que se desarrollará con arreglo

a las siguientes bases:

Primera.-1. En la presente convocatoria podrán participar

los funcionarios de carrera de la Administración del Estado a que

se refiere el artículo 1.1, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

que pertenezcan a los Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos

comprendidos en el artículo 25 de la misma, con exclusión de

todos los comprendidos en los sectores de Docencia, Investigación,

Sanidad, Servicios Postales y Telegráficos, Instituciones

Penitenciarias y Transporte Aéreo y Meteorología, sin perjuicio de las

limitaciones de adscripción a cuerpos que establecen las relaciones

de puestos de trabajo.

Segunda.-1. Podrán participar los funcionarios

comprendidos en la base primera, cualquiera que sea su situación

administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la

suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas

y los requisitos determinados en la presente convocatoria.

2. Deberán participar en la misma aquellos funcionarios

incluidos en la base primera que se encuentren en adscripción

provisional en la Agencia Estatal de Administración Tributaria,

si se convoca el puesto al que fueron adscritos.

3. Los funcionarios en situación administrativa de expectativa

de destino y excedencia forzosa están obligados a concursar, de

acuerdo con lo establecido en el artículo 29, apartados5y6

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, tal y como resulta de la

modificación operada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

4. Los funcionarios con destino definitivo sólo podrán

participar en el presente concurso si han transcurrido dos años desde

la toma de posesión de su último destino, salvo que se dé alguno

de los supuestos siguientes:

a) Que ocupen un puesto de trabajo en el ámbito de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, en la Secretaría de Estado

de Hacienda o en la Subsecretaría del Ministerio de Economía

y Hacienda.

b) Que hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido

por el procedimiento de concurso o de libre designación.

c) Que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venían

desempeñando.

5. A los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o

Escala por promoción interna o por integración y permanezcan

en el puesto que desempeñaban, se les computará el tiempo de

servicio prestado en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de

procedencia, a efectos de lo dispuesto en el punto 4 de esta base.

6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de hijos, sólo podrán participar si en la fecha de terminación del

plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años

desde la toma de posesión del último destino obtenido, salvo que

se dé alguno de los supuestos del apartado 4 anterior.

7. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por

interés particular y excedencia voluntaria por agrupación familiar

sólo podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación.

8. Cuando, por razones de convivencia familiar, dos

funcionarios estén interesados en obtener puestos de trabajo en una

misma localidad podrán condicionar en la solicitud sus peticiones

al hecho de que ambos los obtengan, entendiéndose, en caso

contrario, anulada la petición efectuada por cada uno de ellos.

Deberán acompañar a su solicitud fotocopia de la petición del

otro funcionario.

9. Los concursantes que procedan de la situación

administrativa de suspensión de funciones acompañarán a su solicitud

documentación acreditativa de haber finalizado el período de

suspensión.

10. La fecha de referencia para el cumplimiento de los

requisitos exigidos y la posesión de los méritos que se aleguen será

el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Tercera.-1. Las solicitudes para tomar parte en este

concurso, ajustadas al modelo publicado como anexo II de esta

Resolución y dirigidas al ilustrísimo señor Director general de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria (Departamento de Recursos

Humanos y Administración Económica, calle San Enrique, número

26, 28020 Madrid), se presentarán, en el plazo de quince días

hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de

la presente convocatoria, en el Registro de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria (Departamento de Recursos Humanos

y Administración Económica), en los Registros Generales del

Ministerio de Economía y Hacienda, en el de la respectiva Unidad de

ámbito periférico, según la localización de los puestos de trabajo,

o en los Registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

2. Cada uno de los funcionarios participantes podrá solicitar,

por orden de preferencia, los puestos vacantes que se incluyen

en el anexo I, siempre que reúnan los requisitos exigidos para

cada puesto de trabajo.

El concurso podrá extenderse a puestos de trabajo en la misma

área o Subdirección, igual localidad y con idénticas funciones,

nivel y complemento específico, que los de aquellos que figuran

en el anexo I que resulten vacantes a consecuencia de la resolución

del presente concurso, cuando su provisión se considere

conveniente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Asimismo, cuando se considere conveniente, este concurso

podrá extenderse a los puestos de trabajo relacionados en el

anexo I bis, siempre que los mismos resulten vacantes como

consecuencia de la resolución del concurso.

3. Los funcionarios participantes con alguna discapacidad,

debidamente acreditada, podrán instar en la solicitud de vacantes

la adaptación del puesto o puestos solicitados que no suponga

una modificación exorbitante en el contexto de la organización.

La procedencia de la adaptación del puesto o puestos

solicitados a la discapacidad del solicitante, que no suponga

detrimento para la organización, así como, en su caso, la

compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto

en concreto, serán apreciadas por la Comisión de Valoración, a

propuesta del centro directivo donde radica el puesto, la cual podrá

recabar del interesado en entrevista personal, la información que

estime necesaria, así como el dictamen de los órganos técnicos

correspondientes.

Cuarta.-El presente concurso específico consta de dos fases.

En la primera de ellas se valorarán los méritos generales

enumerados en la base quinta, y la segunda consistirá en la

comprobación y valoración de los méritos específicos adecuados a

las características de cada puesto, que se mencionan en la misma

base.

Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente

concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de dos puntos

en la primera fasey4enlasegunda. Los participantes que en

la primera fase no obtengan la puntuación mínima exigida no

podrán pasar a la segunda. En el caso de que ningún candidato

alcanzase la puntuación mínima exigida, se declarará el puesto

vacante.

Quinta.-Los méritos se valorarán con referencia a la fecha

de cierre del plazo de presentación de instancias.

La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante

puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por

cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo

desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o,

en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las

puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán

reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos

se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Primera fase:

La valoración máxima de esta primera fase no podrá ser

superior a 12 puntos.

Méritos generales:

1.1 Valoración del grado personal: El grado personal

consolidado se valorará en relación con el nivel de los puestos de

trabajo a los que se concursa, hasta un máximo de dos puntos,

según la distribución siguiente:

Por un grado personal superior al nivel del puesto de trabajo

que se solicita: Dos puntos.

Por un grado personal igual al nivel del puesto de trabajo que

se solicita: Un punto.

Por un grado personal inferior al nivel del puesto de trabajo

que se solicita: 0,5 puntos.

1.2 Valoración del trabajo desarrollado:

1.2.1 Por el nivel de complemento de destino del puesto de

trabajo actualmente desempeñado se adjudicará hasta un máximo

de un punto distribuido de la forma siguiente:

Por el desempeño de un puesto de trabajo de nivel superior

al del puesto al que se concursa: 0,5 puntos.

Por el desempeño de un puesto de trabajo de igual nivel o

inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa:

un punto.

Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en tres o

más niveles al del puesto al que se concursa: 0,25 puntos.

A estos efectos, quienes no estén desempeñando un puesto

de trabajo con nivel de complemento de destino, se entenderá

que prestan sus servicios en un puesto de nivel mínimo

correspondiente al grupo de su Cuerpo o Escala.

1.2.2 Por el desempeño de puestos de trabajo que guarden

similitud en el contenido técnico y especialización con los

ofrecidos, además de la aptitud en los puestos anteriormente

desempeñados en relación con los solicitados, se adjudicarán hasta un

máximo de tres puntos.

1.3 Cursos de formación y perfeccionamiento: Por la

superación o impartición de cursos en centros oficiales de formación

y perfeccionamiento de funcionarios, que tengan relación directa

con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo que se

solicita, en los que se haya expedido diploma, certificación de

asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o

impartición: Hasta un un punto por cada curso, con un máximo

de dos puntos.

1.4 Antigüedad: Por cada año completo de servicios en las

distintas Administraciones Públicas: 0,20 puntos, hasta un

máximo de cuatro puntos.

A estos efectos se computarán los servicios prestados con

carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala, expresamente

reconocidos. No se computarán servicios que hubieran sido prestados

simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. Segunda fase:

La valoración máxima de esta segunda fase podrá llegar hasta

ocho puntos.

Méritos específicos:

Se valorarán los méritos específicos adecuados a las

características de cada uno de los puestos que se determinan en el

anexo I. Se podrán alegar: Titulaciones académicas, cursos,

diplomas, publicaciones, estudios, trabajos, conocimientos

profesionales, experiencia o permanencia en un determinado puesto, etc.,

siempre que se acrediten documentalmente mediante las

pertinentes certificaciones, justificantes o cualquier otro medio

admitido.

Sexta.-1. Los méritos generales deberán ser acreditados

mediante certificación, según modelo que figura en el anexo III

de esta Resolución, y no se valorará ningún mérito que no figure

en la misma.

2. La certificación deberá ser expedida:

a) Respecto a los funcionarios actualmente destinados en la

Agencia Estatal de Administración Tributaria, por las Unidades

de Recursos Humanos donde radique el puesto de trabajo del

solicitante.

b) Si se trata de funcionarios destinados en servicios centrales

de Ministerios u Organismos Autónomos, por la Subdirección

General competente en materia de personal de los Departamentos

Ministeriales o la Secretaría General o similar de los Organismos

Autónomos, sin perjuicio de lo previsto en el epígrafe d) de este

apartado.

c) Cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios

periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente, de

Ministerios u Organismos Autónomos, por las Secretarías

Generales de las Delegaciones o de las Subdelegaciones del Gobierno,

sin perjuicio de lo dispuesto en el epígrafe d) siguiente.

d) Si se trata de funcionarios destinados en el Ministerio de

Defensa, en todo caso, por la Subdirección General de Personal

Civil del Departamento.

e) Al personal en situación de servicios en Comunidades

Autónomas o funcionarios de las mismas, por el órgano competente

de la Función Pública de la Comunidad u Organismo similar.

f) A los funcionarios que se encuentren en la situación

administrativa de excedencia voluntaria o de excedencia para el cuidado

de hijos cuando hubiera decaído el derecho de reserva del puesto

de trabajo, por la Subdirección General competente en materia

de personal del Departamento a que figure adscrito su Cuerpo

o Escala, o por la Dirección General de la Función Pública, si

pertenecen a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio para las

Administraciones Públicas y dependientes de la Secretaría de

Estado para la Administración Pública.

g) En el caso de excedentes voluntarios o de excedencia por

el cuidado de hijos cuando hubiera decaído el derecho a reserva

del puesto de trabajo, pertenecientes a Escalas de Organismos

Autónomos, por la Subdirección General de Personal del Ministerio

o Secretaría General del Organismo donde hubieran tenido su

último destino.

h) A los funcionarios que, no estando en servicio activo,

tengan derecho a reserva del puesto de trabajo, se les aplicarán las

mismas reglas que a los funcionarios en servicio activo.

Séptima.-1. La propuesta de adjudicación de cada uno de

los puestos se efectuará atendiendo a la puntuación total máxima

obtenida, sumados los resultados finales de las dos fases, siempre

que en cada una de ellas hayan superado la puntuación mínima

exigida.

2. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para

dirimirlo a lo dispuesto en el artículo 44.4 del Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

Octava.-1. Los méritos serán valorados por una Comisión

compuesta por los siguientes miembros: El Director del

Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica, el

Director adjunto de Recursos Humanos, o uno de los Subdirectores

de dicha Dirección adjunta, que actuará como Presidente; tres

Vocales designados entre funcionarios de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria; dos Vocales en representación del

centro directivo al que figuren adscritos los puestos convocados, que

serán propuestos por el Director del Departamento o Servicio

correspondiente cuando se trate de puestos de Servicios Centrales,

o por el Departamento de Recursos Humanos y Administración

Económica si se trata de puestos de Servicios Periféricos, y un

funcionario de la Subdirección General de Gestión Administrativa

de Personal que actuará como Secretario.

Las organizaciones sindicales más representativas y las que

cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el conjunto

de las Administraciones Públicas o en el ámbito correspondiente

tendrán derecho a participar como miembros en la Comisión de

Valoración del ámbito de que se trate.

2. La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad

convocante la designación de expertos que en calidad de asesores

actuarán con voz pero sin voto.

3. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán

pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior

al exigido para los puestos convocados y poseer grado personal

o desempeñar puestos de nivel igual o superior a aquéllos.

4. La Comisión podrá, en cualquier momento, recabar de los

interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación

adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos

alegados.

5. La Comisión de Valoración podrá, asimismo, solicitar los

informes que juzgue necesarios, en particular de los Directores

de Departamento y de Servicio y de los Delegados Especiales y

Delegados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Novena.-El plazo máximo para la resolución del presente

concurso será de tres meses, contados desde el día siguiente al de

la finalización de la presentación de instancias.

Décima.-1. La adjudicación de algún puesto de la presente

convocatoria implicará el cese en el puesto de trabajo anterior

en los términos y plazos previstos en el artículo 48 del Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado (Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo).

2. Los puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables,

salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiere

obtenido otro destino mediante convocatoria pública. El escrito

de opción se dirigirá a la autoridad a que se refiere la base

tercera, 1.

3. Los traslados que hayan de producirse por la resolución

del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios y,

en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización

por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas

en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.

Undécima.-1. El presente concurso se resolverá por

Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que

se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", en la que figurarán

los datos personales del funcionario, el puesto adjudicado y el

de cese o, en su caso, la situación administrativa de procedencia.

2. Los funcionarios que obtengan un puesto de trabajo a

través de este concurso, no podrán participar en otros concursos

hasta que hayan transcurrido dos años desde que tomaron

posesión en dicho puesto de trabajo, salvo que se diera alguno de

los supuestos exceptuados que se contemplan en el punto 4 de

la base segunda.

3. El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo

puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio

de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio

de residencia o el reingreso al servicio activo. A estos efectos,

el cambio de residencia deberá justificarse mediante certificado

de empadronamiento o cualquier otro medio que permita tener

constancia del mismo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del

concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución

comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión

deberá computarse desde dicha publicación.

4. Dada la urgencia en la provisión de los puestos convocados,

se podrán considerar suspendidos los permisos o licencias que

vinieren disfrutando los funcionarios que obtengan uno de ellos

en el presente concurso, y el cómputo del plazo posesorio se

iniciará según lo previsto en el párrafo segundo del punto 3,

precedente.

Duodécima.-La publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la resolución del concurso, servirá de notificación a los

interesados y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos

establecidos para que los organismos afectados efectúen las

actuaciones administrativas procedentes.

Decimotercera.-Contra la presente convocatoria se podrá

interponer, previa comunicación a este órgano, recurso

contencioso-administrativo, ante la Audiencia Nacional, en el plazo de

dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 23 de octubre de 1998.-P. D. (Resolución de 28 de

febrero de 1997).-El Director general, José Aurelio García Martín.

ANEXO I

Número de orden Centro directivo/puesto de trabajo Número de puestos Localidad Grupo Nivel comp. dest. C. específ. anual Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

Administración Territorial

AEAT en Andalucía

D ELEGACIÓN E SPECIAL

DE A NDALUCÍA

Área General

1 Jefe Servicio Program. y

Coord. 1.

1 Sevilla. AB 26 1.688.340 Ejecución, impulso y

coordinación de las tareas

propias del área.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

Número de orden Centro directivo/puesto de trabajo Número de puestos Localidad Grupo Nivel comp. dest. C. específ. anual Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

D ELEGACIÓN DE A LMERÍA

Área General

2 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Almería. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

D ELEGACIÓN DE C ÁDIZ

Área Secretaría General

3 Jef. Secc. 2 Adquis. Act. Fin.

y Tesor.

1 Cádiz. B 24 836.352 Seguimiento y control de

adquisiciones. Gestión

de asuntos generales.

Apoyo al Jefe de la

Dependencia de

Secretaría General.

Experiencia mínima de

dos años en

organización y gestión de

procedimientos de

Secretaría General.

Experiencia en el manejo

de aplicaciones

informáticas de Secretaría

General y ofimática.

Dirección y

organización de grupos de

trabajo.

D ELEGACIÓN DE J AÉN

Área General

4 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Jaén. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

D ELEGACIÓN DE S EVILLA

Área General

5 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Sevilla. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

Área Secretaría General

6-7 Jefe Secc. Secretaría Gral. 2. 2 Sevilla. B 24 836.352 Apoyo y colaboración en

las funciones propias del

área.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

D ELEGACIÓN DE C EUTA

Área General

8 Secretario puesto trabajo

N.30.

1 Ceuta. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

Número de orden Centro directivo/puesto de trabajo Número de puestos Localidad Grupo Nivel comp. dest. C. específ. anual Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

Administración Territorial

AEAT en Aragón

D ELEGACIÓN E SPECIAL DE A RAGÓN

Área General

9 Ingeniero técnico industrial. 1 Zaragoza. CD 24 763.644 Realización de informes

técnicos, proyectos y

dirección de obra de

instalaciones. Supervisión de

obras y mantenimiento.

Conocimientos de

normalización y

racionalización técnica de

proyectos de

edificación e instalaciones.

Experiencia en

gestión de obras y

valoración de bienes

inmuebles, en

mantenimiento de

instalaciones de edificios de

oficina y en materia

de seguridad y salud

en el trabajo.

10 Jefe Servicio Program. y

Coord. 2.

1 Zaragoza. AB 26 1.363.308 Ejecución, impulso y

coordinación de las tareas

propias del área.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

Administración Territorial

AEAT en Asturias

D ELEGACIÓN E SPECIAL DE A STURIAS

Área General

11 Arquitecto superior. 1 Oviedo. A 27 2.474.544 Redacción y dirección de

proyectos de obras.

Gestión de obras. Informes

técnicos sobre

conservación y valoración de

inmuebles.

Arquitecto de la

Hacienda Pública.

Especialidad valoración de

bienes inmuebles con

trascendencia

tributaria y gestión.

Experiencia en redacción

de proyectos y

dirección de obras.

Administración Territorial

AEAT en Canarias

D ELEGACIÓN E SPECIAL

DE C ANARIAS

Área General

12 Ingeniero técnico industrial. 1 LasPalmas. B 22 508.020 Realización de informes

técnicos, proyectos y

dirección de obra de

instalaciones. Supervisión de

obras y mantenimiento.

Conocimientos de

normalización y

racionalización técnica de

proyectos de

edificación e instalaciones.

Experiencia en

gestión de obras y

valoración de bienes

inmuebles, en

mantenimiento de

instalaciones de edificios de

oficina y en materia

de seguridad y salud

en el trabajo.

13 Arquitecto técnico 1. 1 LasPalmas. B 24 763.644 Apoyo técnico en la

redacción de proyectos y en la

dirección de obras.

Arquitecto técnico al

servicio de la

Hacienda Pública.

Especialidad valoración de

bienes inmuebles con

trascendencia

tributaria y gestión.

Número de orden Centro directivo/puesto de trabajo Número de puestos Localidad Grupo Nivel comp. dest. C. específ. anual Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

Administración Territorial

AEAT en Castilla-La Mancha

D ELEGACIÓN E SPECIAL

DE CASTILLA L A M ANCHA

Área General

14 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Toledo. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

D ELEGACIÓN DE C IUDAD R EAL

Área General

15 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Ciudad

Real.

CD 14 425.892 Apoyo directo al Jefe de la

Unidad. Gestión de

archivo. Coordinación

con las demás áreas y

administraciones.

Experiencia mínima de

dos años en puestos

de similar contenido.

Conocimientos de la

aplicación Expres.

D ELEGACIÓN DE C UENCA

Área Secretaría General

16 Jefe Secc. 1 económico

financiero.

1 Cuenca. B 24 895.884 Organización, dirección y

control de la sección.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

D ELEGACIÓN DE G UADALAJARA

Área Secretaría General

17 Jefe Secc. 1 económico

financiero.

1 Guadalajara. B 24 895.884 Organización, dirección y

control de la sección.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

Administración Territorial

AEAT en Castilla y León

D ELEGACIÓN E SPECIAL

DE C ASTILLA Y L EÓN

Área General

18 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Valladolid. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

19 Jefe Servicio Program. y

Coord. 2.

1 Valladolid. AB 26 1.363.308 Ejecución, impulso y

coordinación de las tareas

propias del área.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

D ELEGACIÓN DE S EGOVIA

Área Secretaría General

20 Jefe Secc. 1.

económico-financiero.

1 Segovia. B 24 895.884 Organización, dirección y

control de la sección.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

Administración Territorial

AEAT en Cataluña

D ELEGACIÓN E SPECIAL

DE C ATALUÑA

Área General

21 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Barcelona. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

Número de orden Centro directivo/puesto de trabajo Número de puestos Localidad Grupo Nivel comp. dest. C. específ. anual Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

22-23 Arquitecto técnico 2. 2 Barcelona. B 22 508.020 Proyectos, dirección y

gestión de obras. Informes

técnicos sobre

conservación y valoración de

inmuebles.

Arquitecto técnico al

servicio de la

Hacienda Pública.

Especialidad valoración de

bienes inmuebles con

trascendencia

tributaria y gestión.

24 Jefe Servicio

Económico-Financiero.

1 Barcelona. AB 26 1.688.340 Dirigir, coordinar y

controlar las funciones de su

ámbito y verificar el

cumplimiento de los

objetivos.

Conocimientos de

gestión

económico-financiera, presupuestaria

y contable

informatizadas.

Conocimientos del sistema

tributario y de los

procedimientos

económico-financieros de la

AEAT. Experiencia

mínima de dos años

en puestos de similar

contenido.

25 Ingeniero superior. 1 Barcelona. A 27 2.474.544 Valoraciones de todo tipo

de bienes y derechos de

naturaleza inmobiliaria.

Experiencia en

tramitación de expedientes

de recursos de

valoración inmobiliarios.

Informes en

suspensión de

reclamaciones

económico-administrativas.

26 Jefe adjunto Gabinete Técnico. 1Barcelona. A 27 3.384.936 Proyectos, dirección y

gestión de obras de

edificación. Valoración de

bienes de naturaleza

inmueble. Emisión de informes

referentes a bienes

inmuebles patrimoniales.

Arquitecto de la

Hacienda Pública con

experiencia en trabajos

propios del Gabinete.

Redacción, dirección

y seguimiento de

proyectos de obras.

Especialidad en valoración

de bienes inmuebles

con trascendencia

tributaria y gestión.

D ELEGACIÓN DE B ARCELONA

Área Secretaría General

27 Jefe Serv. Secretaría Gral. 2. 1 Barcelona. AB 26 1.363.308 Dirigir, controlar y

coordinar las funciones del

servicio dentro del área de

Recursos Humanos.

Experiencia mínima de

dos años en puesto de

contenido funcional y

especialización

similar.

Administración Territorial

AEAT en Extremadura

D ELEGACIÓN E SPECIAL

DE E XTREMADURA

Área General

28 Jefe Servicio Program. y

Coord. 2.

1 Badajoz. AB 26 1.363.308Tareas de coordinación,

control y seguimiento de

procedimientos

tributarios.

Conocimientos de

organización y

procedimientos tributarios.

Conocimiento de las

aplicaciones

informáticas de la AEAT.

Experiencia mínima de dos

años en puesto de

similares funciones.

D ELEGACIÓN DE C ÁCERES

Área General

29 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Cáceres. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

Número de orden Centro directivo/puesto de trabajo Número de puestos Localidad Grupo Nivel comp. dest. C. específ. anual Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

Administración Territorial

AEAT en Galicia

D ELEGACIÓN E SPECIAL DE G ALICIA

Área General

30 Jefe Sección Program. y

Coord. 2.

1 A Coruña. B 24 836.352 Apoyo y colaboración en

las funciones propias del

área.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

Experiencia en

gestión inmobiliaria.

D ELEGACIÓN DE V IGO

Área General

31 Secretario/a puesto trabajo

N.30.

1 Vigo. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

Administración Territorial

AEAT en Madrid

D ELEGACIÓN E SPECIAL DE M ADRID

Área General

32-34Secretario/a puesto trabajo

N.30.

3 Madrid. CD 14 425.892Funciones propias de

Secretaría.

Experiencia en puesto

de similar contenido.

Conocimientos

básicos de informática,

tratamiento de textos

y archivo.

35 Arquitecto técnico 1. 1 Madrid. B 24 763.644 Apoyo técnico en la

redacción de proyectos y en la

dirección de obras.

Arquitecto técnico al

servicio de la

Hacienda Pública.

Especialidad valoración de

bienes inmuebles con

trascendencia

tributaria y gestión.

36 Jefe Secc. Oficina Contribuy. 1. 1Madrid. B 24 895.884Asistencia al contribuyente.Amplios conocimientos

en materia tributaria y

de procedimientos de

la AEAT. Cuerpo de

Gestión de la

Hacienda Pública.

37 Jefe Ofic. Comunic. con los

Trib.

1 Madrid. B 24 895.884Certificación de datos

requeridos por los

Tribunales de Justicia.

Coordinación de las

relaciones de los Tribunales de

Justicia con la

Delegación Especial de la AEAT

de Madrid.

Licenciado en Derecho.

Conocimiento de los

procedimientos

tributarios. Experiencia en

las relaciones con los

Juzgados.

38-41 Jefe Sección 2 N.24. 4 Madrid. B 24 836.352 Apoyo en la coordinación

en materias tributarias

de las distintas áreas de

la AEAT.

Amplios conocimientos

en materia tributaria y

de procedimientos de

la AEAT.

Conocimientos a nivel de

usuario de Excel y

Windows 3.11.

42 Arquitecto técnico N.26. 1 Madrid. B 26 1.363.308 Apoyo técnico en la

redacción de proyectos y en la

dirección de obras.

Coordinación de las funciones

desarrolladas en el

Gabinete Técnico por los

Arquitectos técnicos.

Arquitecto técnico al

servicio de la

Hacienda Pública.

Especialidad valoración de

bienes inmuebles con

trascendencia

tributaria y gestión.

Número de orden Centro directivo/puesto de trabajo Número de puestos Localidad Grupo Nivel comp. dest. C. específ. anual Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

43 Arquitecto superior. 1 Madrid. A 27 2.474.544 Redacción y dirección de

proyectos de obras.

Gestión de obras. Informes

técnicos sobre

conservación y valoración de

inmuebles.

Arquitecto de la

Hacienda Pública.

Especialidad valoración de

bienes inmuebles con

trascendencia

tributaria y gestión.

Experiencia en redacción

de proyectos y

dirección de obras.

44 Jefe Unidad Mantenimiento. 1 Madrid. A 28 4.164.852 Dirección del

mantenimiento de instalaciones de la

Delegación Especial y

sus Administraciones.

Redacción de proyectos

de reforma y

adaptaciones de instalaciones.

Apoyo al Gabinete

Técnico en proyectos y

dirección de obras de

instalaciones.

Experiencia en

dirección del

mantenimiento de edificios.

Experiencia mínima

de tres años en

proyectos de

instalaciones, conocimiento de

los procedimientos

económico-financieros de la AEAT.

Ingeniero superior

industrial.

Área Servicios

45 Jefe Secc. 1. Contab. interna. 1 Madrid. B 24 895.884 Ejecución del presupuesto

de gastos de la

Delegación Especial. Gestión

del procedimiento de

pagos.

Conocimiento de los

procedimientos

económico-financieros

de la AEAT.

Experiencia en gestión

económica y

presupuestaria.

46 Jefe Secc. 1. Contab. E II.PP. 1 Madrid. B 24 895.884 Contabilidad de los

recursos gestionados por la

AEAT en el ámbito de la

Delegación.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

47 Jefe Secc. 2. Adquis. y Act.

Financ.

1 Madrid. B 24 836.352 Tramitación y gestión de

los expedientes de

adquisiciones y contratación.

Conocimiento del

procedimiento de

contratación de la AEAT y

de la Ley de Contratos

del Estado.

Experiencia en gestión

económica y

presupuestaria.

48 Jefe Sección Suministros. 1 Madrid. B 24 895.884 Gestión de bienes

inventariables y no

inventariables.

Experiencia en la

gestión de suministros y

gestión de inventario.

Administración Territorial

AEAT en Valencia

D ELEGACIÓN E SPECIAL DE V ALENCIA

Área Inspección F. y Tributaria

49 Jefe Servicio grandes

empresas.

1 Valencia. B 26 1.688.340 Supervisión y coordinación

de las tareas de la

unidad. Tratamiento y

comprobación de

autoliquidaciones, devoluciones,

requerimientos y demás

funciones propias de la

Administración

Tributaria. Información al

contribuyente.

Cuerpo de Gestión de la

Hacienda Pública,

especialidad en

subinspección de los

tributos o en gestión

y liquidación.

Conocimientos y experiencia

en gestión tributaria y

sus aplicaciones

informáticas.

Experiencia en jefatura de

unidades

administrativas.

Área General

50 Ingeniero tec. forestal/agric. 2. 1Valencia. B 22 508.020 Valoración de inmuebles

rústicos en el ámbito de

la Delegación Especial.

Conocimientos y

experiencia en valoración

de inmuebles rústicos

a efectos tributarios y

recaudatorios.

Número de orden Centro directivo/puesto de trabajo Número de puestos Localidad Grupo Nivel comp. dest. C. específ. anual Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

D ELEGACIÓN DE C ASTELLÓN

Área Secretaría General

51 Jefe Servicio 1 Económico

Financ.

1 Castellón. AB 26 1.688.340 Dirección y supervisión de

las funciones de las

distintas áreas de la UEF.

Coordinación de las

mismas. Elaboración de

informes mensuales y

anuales. Control de

fondos para pagos de

devoluciones tributarias y a

otros entes.

Conocimientos de

gestión

económico-financiera, presupuestaria

y contable

informatizadas.

Conocimientos del sistema

tributario y de los

procedimientos

económico-financieros de la

AEAT. Experiencia

mínima de dos años

en puestos de similar

contenido.

D ELEGACIÓN DE V ALENCIA

Área General

52 Jefe Secc. Of. Contrib. 1. 1 Valencia. B 24 895.884 Informar a los

contribuyentes acerca de los

expedientes que les afecten.

Atención y seguimiento

de las reclamaciones,

quejas y escritos de

similar naturaleza.

Formación y

experiencia en la gestión y

tramitación de los

procedimientos tributarios.

Área Secretaría General

53 Jefe Secc. Secretaría Gral. 1. 1 Valencia. B 24 895.884 Gestión de bienes y

servicios generales. Recursos

humanos.

Conocimientos y

experiencia en puestos de

contenido y

especialización similares.

ANEXO I BIS

Complemento específico anual Pesetas

Centro directivo Puesto de trabajo

Número de orden

Localidad Grupo Nivel c. des. Descripción de funciones más importantes Méritos específicos

Administración Territorial

AEAT en Cataluña

D ELEGACIÓN E SPECIAL

DE C ATALUÑA

Área General

54 Arquitecto Superior. Barcelona. A 27 2.474.544 Redacción y dirección de

proyectos de obras. Gestión de

obras. Informes técnicos

sobre conservación y

valoración de inmuebles.

Arquitecto de la Hacienda

Pública. Especialidad

valoración de bienes inmuebles

con trascendencia tributaria

y gestión. Experiencia en

redacción de proyectos y

dirección de obras.

55 Técnico Superior. Barcelona. A 27 2.474.544 Redacción y dirección de

proyectos de obras. Gestión de

obras. Informes técnicos

sobre conservación y

valoración de inmuebles.

Arquitecto de la Hacienda

Pública. Especialidad

valoración de bienes inmuebles

con trascendencia tributaria

y gestión. Experiencia en

redacción de proyectos y

dirección de obras.

INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO

1. El impreso debe rellenarse preferentemente a máquina. En caso de escribirse a mano se hará con letras mayúsculas y tinta

negra.

2. La alegación de grado sólo será tenida en cuenta si viene recogida en el certificado de méritos a que hacen referencia las

Bases del Concurso y que se encuentra recogido en el anexo III de esta convocatoria.

3. En "Datos del puesto de trabajo", en el recuadro "Modo de provisión" debe especificarse la forma de obtención del puesto

de trabajo, exclusivamente entre los abajo indicados. (Según el artículo 36 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995

de 10 de marzo la reclasificación no es un modo de provisión de puestos de trabajo.)

Nuevo ingreso.

Concurso.

Libre designación.

Redistribución de efectivos.

Reasignación de efectivos.

Comisión de servicios.

Adscripción provisional.

4. En puesto/s solicitado/s, el apartado "Centro directivo" recogerá el nombre del Departamento, Unidad, Delegación o Administración

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

5. La alegación para valoración del trabajo desarrollado y los méritos específicos se unirá a la presente instancia, aunque en

ningún caso exime de la pertinente acreditación documental.

6. La memoria, en el caso de que en el puesto solicitado se exija, se unirá igualmente a la presente instancia.

7. Toda la documentación deberá presentarse, con la solicitud, en tamaño (DIN-A4) e impresa o escrita por una sola cara.

Los méritos generales se acreditarán, exclusivamente, a través de la certificación en las bases y recogida en el anexo III de esta

convocatoria.

Observaciones (9)

INSTRUCCIONES

(1) Especificar la Administración a la que pertenece el Cuerpo o Escala utilizando las siguientes siglas:

C. Administración del Estado.

A. Autonómica.

L. Local.

S. Seguridad Social.

(2) Si no hubiera transcurrido un año desde la fecha de cese deberá cumplimentarse el apartado 3.a).

(3) Puestos de trabajo obtenidos por nuevo ingreso, concurso, libre designación, redistribución de efectivos y reasignación de efectivos

como consecuencia de un Plan de Empleo.

(4) Todos los supuestos de adscripción provisional (artículo 63 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de

marzo, ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril).

(5) No se cumplimentarán los extremos no exigidos expresamente en la convocatoria.

(6) De hallarse el reconocimiento de grado en tramitación, el interesado deberá aportar certificación expedida por el órgano

competente.

(7) Se excluyen aquellos períodos que no constituyan tiempo efectivo de servicios (excedencias, servicios especiales, suspensión

de funciones...). Para ello, en "Fecha de cese" se indicará la del día en que deja de prestar servicios efectivos, y en "Fecha de Nombramiento"

la del día de reanudación de dichos servicios.

(8) Caso de existir interrupciones (excedencias, suspensión de funciones, etc.) en el servicio activo dentro de un mismo cuerpo,

se rellenará una línea por cada período de servicio activo resultante.

(9) Este recuadro o la parte no utilizada del mismo deberá cruzarse por la autoridad que certifica.

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