Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (A Coruña), con fecha 5 de febrero de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 6.005/1995, promovido por don Joaquín Millán Fontaiña, sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Joaquín Millán Fontaiña, contra Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, dictada por delegación por el Director general de Servicios, en 6 de septiembre de 1995, desestimatoria de recurso ordinario contra resolución de la Dirección General de Recursos Pesqueros de 17 de febrero de 1995, que impuso al recurrente, en concepto de responsable subsidiario una multa de 316.750 pesetas, y declaramos la nulidad de aquella resolución como contraria al ordenamiento jurídico; sin hacer imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 23 de octubre de 1998.–P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Recursos Pesqueros.
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