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El Real Decreto 1733/1998, de 31 de julio, sobre
procedimientos de actuación de la Inspección de los Servicios del
Ministerio de Economía y Hacienda, en su artículo 2.1, determina que
"Las Inspecciones de los Servicios se organizarán, dentro del
territorio nacional, por zonas geográficas de actuación, comprensivas
del ámbito de una o más Comunidades Autónomas. La
organización y la adscripción de los Inspectores de los Servicios a las
zonas será acordada, en el ámbito de la Inspección General, por
el Subsecretario de Economía y Hacienda, y se publicará en el
ªBoletín Oficial del Estadoº",
La última asignación de zonas de Inspección de los Servicios
fue efectuada por la Orden de 30 de abril de 1998. Desde esa
fecha se han producido alteraciones en los efectivos de Inspectores
de los Servicios que hacen conveniente su modificación.
En su virtud, se resuelve:
Primero.-Para el ejercicio de las funciones que los Inspectores
de los Servicios del Ministerio de Economía y Hacienda han de
desempeñar en relación con los órganos territoriales del
Departamento, conforme a la Ley de 3 de septiembre de 1941 y el
Real Decreto 1733/1998, de 31 de julio, se asignan las zonas
que se indican a los Inspectores de los Servicios siguientes:
Zona 1. a Andalucía: Don Guillermo José Bauzá Cardona.
Zona 2. a Aragón: Don Ángel Marrón Gómez.
Zona 3. a Asturias: Don Javier Burgos Belascoaín.
Zona 4. a Baleares: Don Ángel Marrón Gómez.
Zona 5. a Canarias: Don Celso Javier Bermejo Sánchez.
Zona 6. a Cantabria: Don Celso Javier Bermejo Sánchez.
Zona 7. a Castilla-La Mancha: Don Javier Burgos Belascoaín.
Zona 8. a Castilla y León: Don Óscar Moreno Gil.
Zona 9. a Cataluña: Don Juan Luis Sanchís Moll.
Zona 10. a Extremadura: Don Celso Javier Bermejo Sánchez.
Zona 11. a Galicia: Don Santiago Herrero Suazo.
Zona 12. a La Rioja: Doña Carmen Yturriaga Fernández.
Zona 13. a Madrid: Don Joaquín Soto Guinda.
Zona 14. a Murcia: Don Juan Luis Sanchís Moll.
Zona 15. a Navarra: Don Joaquín Soto Guinda.
Zona 16. a País Vasco: Doña Carmen Yturriaga Fernández.
Zona 17. a Valencia: Don Fernando Pérez-Olivares Hinojosa.
Zona 18. a Ceuta y Melilla: Don Guillermo José Bauzá
Cardona.
Segundo.-Cuando alguna zona quede vacante, la Inspectora
general de Economía y Hacienda podrá encomendar a un Inspector
de los Servicios el ejercicio de las funciones que en la misma
correspondan, en función de lo dispuesto en el apartado 2 del
artículo 2.1 del Real Decreto 1733/1998, de 31 de julio.
Tercero.-Esta Resolución surtirá efectos desde el día de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a VV. EE. y a VV. II. para su conocimiento
y efectos.
Madrid, 4 de noviembre de 1998.-El Subsecretario, Fernando
Díez Moreno.
Excmos. Sres. Secretario de Estado de Hacienda; Secretario de
Estado de Presupuestos y Gastos; Secretario de Estado de
Economía; Secretaria de Estado de Comercio, Turismo y de la
Pequeña y Mediana Empresa, e Ilmos. Sres. Secretario general
técnico, Inspectora general del Ministerio de Economía y
Hacienda y Delegados de Economía y Hacienda.
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