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Las entidades "Caudal, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", "A. M. Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima"; "A. M. Vida, Seguros y Reaseguros", y "Zurich, Compañía de Seguros, Sucursal en España de Compañía Suiza", han presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización para las siguientes operaciones:
Fusión, por absorción, de las entidades "A. M. Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", y "A. M. Vida, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", por la entidad "Caudal, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros".
Cesión general de la cartera de "Zurich, Compañía de Seguros, Sucursal en España de Compañía Suiza", a la entidad "Caudal, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros".
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 22 y 23 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Primero.-Autorizar la fusión, por absorción, de las entidades "A. M. Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", y "A. M. Vida, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima"", por la entidad "Caudal, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros".
Segundo.-Declarar la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de las entidades "A. M. Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", y "A. M. Vida, Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima". Dicha cancelación tendrá efecto a la fecha en que se produzca la preceptiva inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.
Tercero.-Autorizar la cesión general de la cartera de seguros de la entidad "Zurich, Compañía de Seguros, Sucursal en España de Compañía Suiza", a la entidad "Caudal, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros".
Cuarto.-Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora privada a la entidad "Zurich, Compañía de Seguros, Sucursal en España de Compañía Suiza".
Quinto.-Autorizar a la entidad "Caudal, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", para el ejercicio de la actividad aseguradora privada en los ramos de vehículos ferroviarios, vehículos aéreos, vehículos marítimos, lacustres y fluviales, mercancías transportadas (comprendidos los equipajes y demás bienes transportados), responsabilidad civil en vehículos aéreos (comprendida la responsabilidad del transportista), responsabilidad civil en vehículos marítimos, lacustres y fluviales (comprendida la responsabilidad civil del transportista), caución, asistencia y decesos núme ros 4, 5, 6, 7, 11, 12, 15, 18 y 19 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
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