Visto el expediente de indulto de don Antonio Peñas Maldonado, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición, elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Segunda
de la Audiencia Provincial de Málaga que, en sentencia de fecha 21 de
mayo de 1994, le condenó, como autor de un delito continuado de estafa
y otro delito continuado de falsedad en documento oficial, a la pena de
diez años y un día de prisión mayor, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1982; a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 16 de octubre de 1998,
Vengo en conmutar a don Antonio Peñas Maldonado la pena privativa
de libertad impuesta por otra de cinco años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal
cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 16 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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