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Visto el expediente de indulto de don Gabriel Arias-Salgado Montalvo,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en sentencia de fecha
22 de enero de 1996, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra
otra de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, de fecha
22 de noviembre de 1994, como autor de un delito continuado de falsedad
en documento mercantil, a la pena de dieciocho meses de prisión menor
y multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1985, a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16
de octubre de 1998,
Vengo en conmutar a don Gabriel Arias-Salgado Montalvo la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de cien días-multa,
a satisfacer en cuotas diarias de 10.000 pesetas, cuyo inicio y forma de
cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 16 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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