Visto el expediente de indulto de don Gustavo Adolfo Braña Fernández,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo,
en sentencia de fecha 9 de octubre de 1995, como autor de un delito
contra la salud pública, a la pena de cuatro años y dos meses de prisión
menor y multa de 1.800.000 pesetas, con las accesorias de suspensión
de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la
condena, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 16 de octubre de 1998,
Vengo en indultar a don Gustavo Adolfo Braña Fernández la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no
abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total
rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años,
desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 16 de octubre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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