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Documento BOE-A-1998-26299

Resolución de 19 de octubre de 1998, de la Universidad de Alcalá, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en fecha 24 de enero de 1998, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso 2.169/1995, contra la Universidad de Alcalá.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 1998, páginas 37334 a 37334 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-26299

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1 a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución, en sus propios términos, de la sentencia número 75 de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de enero de 1998, que es firme, recaída en el recurso número 2.169/1995 interpuesto por don Marciano Cirujano Bracamonte, en nombre y representación de doña María Sánchez Meseguer, contra el acuerdo del excelentísimo señor Rector de la Universidad de Alcalá de Henares de fecha 31 de julio de 1995 por el que se dispuso el cese de su contrato administrativo de colaboración temporal como Profesora asociada de Ciencias de la Salud del Departamento de Enfermería y Fisioterapia, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la actora doña María Sánchez Meseguer, contra el acuerdo del excelentísimo señor Rector de la Universidad de Alcalá de Henares de fecha 31 de julio de 1995, por el que se dispuso el cese de su contrato administrativo de colaboración temporal como Profesora asociada de Ciencias de la Salud del Departamento de Enfermería y Fisioterapia, acuerdo que se confirma en su integridad por ser en todo conforme con el ordenamiento jurídico.

No se hace expresa imposición de las costas procesales causadas en este recurso.

Así, por esta nuestra sentencia, que se notificará en la forma prevenida por el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y contra la que no cabe recurso alguno, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En virtud de lo dispuesto, este Rectorado, de acuerdo con las competencias que le confieren los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobados por Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando al efecto las medidas oportunas.

Alcalá de Henares, 19 de octubre de 1998.‒El Rector, Manuel Gala Muñoz.

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