Visto el expediente promovido por don Tomás Ortiz García, en su calidad de representante legal de los centros privados de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Bachillerato denominados «Nuestra Señora de Altagracia», sitos en las calles Segre, números 3 y 5, y Jarama, números 8 y 10, de Madrid, en solicitud de autorización de cese de actividades,
Este Ministerio ha dispuesto autorizar el cese de actividades a los centros privados de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Bachillerato que se relacionan a continuación:
Provincia: Madrid.
Municipio: Madrid.
Localidad: Madrid.
Denominación: «Nuestra Señora de Altagracia».
Domicilio: Calles Segre, números 3 y 5, y Jarama, números 8 y 10.
Titular: «Colegios Altagracia, Sociedad Limitada».
Se autoriza cese de actividades como centros de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Bachillerato con efectos de comienzo del curso 1998/99, anulándose a partir de ese momento su inscripción en el Registro de Centros. Asimismo, quedan nulas y sin ningún valor las Órdenes que autorizaron el funcionamiento legal de dichos centros, siendo necesario, para el caso de que se instase la reapertura de los mismos, dar cumplimiento a los preceptos de la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación y disposiciones complementarias en materia de autorización de centros.
Contra la presente Orden, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 23 de octubre de 1998.‒P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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