Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 29 de abril de 1998 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima), en el recurso contencioso-administrativo número 2.059/1995, promovido por don Francisco Álvarez del Collado, contra Resolución de 24 de abril de 1995, por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Isacio Calleja García, en nombre y representación de don Francisco Álvarez del Collado, contra la resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de la Salud de que se hace mérito en el encabezamiento, debemos declarar y declaramos contrario a Derecho el acto administrativo recurrido, y lo anulamos en unión de las actuaciones practicadas a partir del momento inmediatamente anterior a la citada resolución, a fin de que en el expediente disciplinario se ofrezca al recurrente la posibilidad del derecho de defensa ante la mayor gravedad de la sanción que se pretende, sin que proceda realizar pronunciamiento alguno en cuanto a las costas del proceso.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 26 de octubre de 1998.‒P. D. (Orden de 1 de julio de 1998, «Boletín Oficial del Estado» del 11), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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