En el recurso contencioso-administrativo número 1.333/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Médica, Sociedad Limitada", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 10 y 11 de noviembre de 1993 y 18 y 21 de febrero de 1994, se ha dictado, con fecha 5 de abril de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "Médica, Sociedad Limitada", contra las Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 18 y 21 de febrero de 1994, que desestimaron los recursos de reposición interpuestos contra los acuerdos que denegaron el acceso al registro de las marcas números 1.752.831, 1.752.832, 1.752.833, 1.752.834, 1.753.777 y 1.753.778, debemos declarar ser ajustadas a derecho las Resoluciones recurridas; sin hacer declaración sobre costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido de la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de diciembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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