En el recurso contencioso-administrativo número 972/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por "Facosa-Fundición y Acabados del Cobre, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de marzo de 1993; 23 y 24 de febrero de 1994, se ha dictado, con fecha 13 de diciembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimamos parcialmente el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de la entidad 1919Facosa-Fundición y Acabados del Cobre, Sociedad Anónima'', contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 24 de febrero de 1994, por virtud de la que se desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior resolución de 2 de marzo de 1993, que concedió el registro de la marca mixta número 1.570.922 1919Facosa'', de 23 de febrero de 1994, por virtud de la que, estimando el recurso de reposición formulado contra la anterior resolución de 2 de marzo de 1993 concedió el registro de la marca mixta número 1.570.923 1919Facosa'' y de 23 de febrero de 1994, por virtud de la que se desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior resolución de 2 de marzo de 1993, que concedió el registro de la marca mixta número 1.570.925 1919Facosa'', del tenor explicitado con anterioridad, y estimando parcialmente la demanda articulada tan sólo anulamos las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de marzo de 1993, que concedió el registro de la marca mixta número 1.570.922 1919Facosa'', y la de 24 de febrero de 1994, por virtud de la que se desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior, por ser disconformes a Derecho. Se desestiman el resto de pretensiones. Sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de diciembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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