En el recurso contencioso-administrativo número 285/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Repol, Sociedad Limitada", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de junio y 22 de noviembre de 1995, se ha dictado, con fecha 16 de septiembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil 1919Repol, Sociedad Limitada'', contra la resolución de fecha 5 de junio de 1995 de la Oficina Española de Patentes y Marcas que denegó la marca número 1.715.745 para distinguir productos de la clase 17 del Nomenclator, así como frente a la de 22 de diciembre de 1995, que desestimó el recurso ordinario deducido contra aquélla, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por ser contrarias al ordenamiento jurídico, debiendo procederse a la inscripción de la mencionada marca; sin hacer imposición de costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de diciembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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