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Documento BOE-A-1998-26878

Resolución de 16 de octubre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Principado de Asturias sobre la realización de un programa denominado «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 1998, páginas 38414 a 38414 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-26878

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la

Comunidad Autónoma de Asturias un Convenio de colaboración sobre la

realización de un programa denominado "Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler",

y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 27),

procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio,

que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 16 de octubre de 1998.-El Secretario general técnico, Julio

Sánchez Fierro.

CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS

SOCIALES Y EL PRINCIPADO DE ASTURIAS, SOBRE LA

REALIZACIÓN DE UN PROGRAMA DENOMINADO "BOLSA DE VIVIENDA

JOVEN EN ALQUILER"

En Madrid,a1deseptiembre de 1998.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, sin

obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en

el ejercicio de su cargo.

Y de otra parte, la ilustrísima señora doña María Victoria Rodríguez

Escudero, Consejera de Cultura, y el ilustrísimo señor don Juan José Tielve

Cuervo, Consejero de Fomento, sin obligación de manifestar sus

circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo, ambos

autorizados para la firma del presente Convenio por acuerdo del Consejo de

Gobierno de fecha 30 de julio de 1998.

INTERVIENEN

El ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, como Director general

del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996, de 17

de mayo ("Boletín Oficial del Estado" número 121, del 18), en nombre

y representación de la Administración General del Estado-Instituto de la

Juventud, por delegación del Gobierno de la Nación, según el acuerdo

del Consejo de señores Ministros del día 21 de julio de 1995, y en aplicación

de lo dispuesto en la Ley de Entidades Estatales Autónomas.

Y la ilustrísima señora doña María Victoria Rodríguez Escudero, como

Consejera de Cultura, y el ilustrísimo señor don Juan José Tielve Cuervo,

como Consejero de Fomento, nombrados por Decreto 7/1995, de 17 de

julio ("Boletín Oficial del Principado de Asturias" número 165, del 18).

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y

convenir, y

EXPONEN

Que subsistiendo las circunstancias que determinaron la suscripción

por las partes de un Convenio para el desarrollo del Programa expresado

más arriba, consideran necesario dar continuidad al mismo, para la cual

se amplía la posibilidad de prorrogar su vigencia a través de sucesivos

protocolos.

Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de

modificación, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La estipulación 5. a del Convenio suscrito con fecha 11 de

septiembre de 1997, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 61,

de fecha 12 de marzo de 1998, queda redactado de la siguiente manera:

"El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma

y estará vigente mientras las partes, previo cumplimiento en cada caso

de las exigencias del ordenamiento jurídico de obligado cumplimiento por

las mismas, estimen necesaria la realización del Programa objeto del mismo.

A tal fin, formalizarán anualmente dentro del primer trimestre siguiente

a la fecha de finalización del último período de vigencia de aquél, y siempre

que lo permitan las dotaciones presupuestarias correspondientes, un

Protocolo que establezca las actividades a realizar, así como los medios de

todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones

respectivas.

Caso de no formalizarse el citado Protocolo, el presente Convenio

quedará extinguido entre las partes al finalizar el plazo previsto en el párrafo

anterior."

Segunda.-Para el año 1998, la distribución pormenorizada de las

aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo a la aplicación presupuestaria,

19.201.323A.226.10 abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar, hasta un máximo de

7.500.000 pesetas.

La prima para cada una de las pólizas será 7.500 pesetas.

2. La cobertura del seguro de Caución, hasta un máximo de 9.500.000

pesetas.

La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3,5 por 100

de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los Cursos de Formación, asesoramiento, gestión

técnica y seguimiento del Programa, hasta un máximo de 7.875.000 pesetas.

Total de su aportación: 24.875.000 pesetas.

Esta cantidad es global para todas y cada una de las Comunidades

Autónomas que estén incorporadas al Programa "Bolsa de Vivienda Joven

en Alquiler".

II. Las Consejerías de Fomento y Cultura correrán directamente con

los gastos que se produzcan por:

1. La Dirección Regional de Urbanismo y Vivienda:

A. Locales de las Oficinas de Urbanismo y Vivienda de Oviedo, Gijón,

Avilés y personal de las mismas.

2. La Dirección Regional de Deportes y Juventud:

A. Publicidad y promoción del Programa por un importe total de

400.000 pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria

15-05-323A-226.02; formación del personal de 400.000 pesetas, con cargo

a la aplicación presupuestaria 15-05-323A-227.06, y cobertura de seguros

de caución y multirriesgo 3.000.000 de pesetas, con cargo a la aplicación

presupuestaria 15-05-323A-224.00.

La aportación dineraria de esta parte se hará con cargo a los

Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el año 1998,

existiendo crédito suficiente en el mismo para disponer el gasto.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto

anteriormente, las partes firman el presente Convenio en el lugar y fechas

expresados, por triplicado ejemplar, que hacen fe.-Por el Instituto de la

Juventud, Ricardo Tarno Blanco.-Por el Principado de Asturias, María

Victoria Rodríguez Escudero y Juan José Tielve Cuervo.

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