Existiendo plazas vacantes adscritas al grupo B y otras plazas
de adscripción indistinta a los gruposByCdelasEscalas de
funcionarios de la Universidad de Sevilla, ocupadas por
funcionarios pertenecientes a la Escala C, a fin de facilitar la promoción
profesional y, en lo posible, el mantenimiento de los puestos de
trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 30/1984, de
2 de agosto, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y
de conformidad con los acuerdos suscritos con las Secciones
Sindicales CC.OO., UGT y CSIF en fechas 30 de enero de 1997
y 7 de septiembre de 1998.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 194 y
concordantes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla aprobados
por Decreto 148/1988, de 5 de abril,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas, en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, ha
resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
de Gestión de la Universidad de Sevilla, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Características generales. Plazas convocadas
Se convocan pruebas selectivas para cubrir 25 plazas, por el
sistema de Promoción Interna, que se regirán por lo dispuesto
en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio; Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto
148/1988 de 5 de abril, por el que se aprueban los Estatutos
de la Universidad de Sevilla, y por las bases que establece esta
convocatoria, particularmente por lo dispuesto en el anexo I de
esta convocatoria.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español u ostentar la condición de nacional de un
Estado miembro de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o estar en
condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) Pertenecer el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes a un Cuerpo o Escala adscrito al grupo C del
artículo 25 de la Ley 30/1984, encontrarse en situación de servicio
activo con destino en la Universidad de Sevilla y poseer una
antigüedad de, al menos, dos años en aquel Cuerpo o Escala.
A estos efectos, se consideran asimilados a la situación de activo
la excedencia por cuidados de hijos y la de servicios especiales,
y se computarán los servicios prestados y reconocidos al amparo
de la Ley 70/1978 en dicho Cuerpo o Escala.
2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados
anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma
de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Modelo de solicitud: Quienes deseen tomar parte en estas
pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo
modelo se reproduce en anexo III, que será facilitada gratuitamente
en el Rectorado de la Universidad de Sevilla. A la instancia se
acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad.
3.2 Centros de recepción de solicitudes: La presente
convocatoria se publicará, tanto en el "Boletín Oficial del Estado" como
en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", computándose
el plazo que se cita a continuación, a partir de la publicación
de la convocatoria en aquél. La presentación de solicitudes se
hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de
Sevilla, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del
siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
y se dirigirán al excelentísimo señor Rector Magnífico de la
Universidad de Sevilla.
3.3 Minusválidos. Adaptaciones: Los aspirantes con
discapacitación deberán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea
necesaria.
3.4 Certificado de méritos: Los aspirantes por el sistema de
promoción interina deberán presentar, unida a su solicitud,
certificación expedida por el Servicio de Personal de Administración
y Servicios de la Universidad de Sevilla, en la que se haga constar
al menos los siguientes extremos: Antigüedad reconocida, grado
personal consolidado, nivel de complemento de destino
correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe en la misma fecha.
Asimismo se certificará el puesto de trabajo que se desempeña
con carácter definitivo.
3.5 Subsanación de errores: Los errores de hecho que
pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Relación de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de
presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla
dictará resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar
aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar
y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de
los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos,
nombre y número del documento nacional de identidad.
4.2 Plazo de subsanación: Los aspirantes excluidos
dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente de
la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión.
5. Tribunales
5.1 Composición: El Tribunal calificador de estas pruebas
estará formado por el Rector de la Universidad de Sevilla o persona
en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo; por
cinco funcionarios designados por el Rector, de los cuales dos
a propuesta de las Organizaciones Sindicales más representativas;
un representante de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública; otro de la Secretaría de Estado de Universidades, y otro
de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
Dado el complejo mecanismo de nombramiento de miembros de
los Tribunales de selección previstos en los Estatutos de la
Universidad de Sevilla, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad
prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose
que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal
se harán públicos mediante Resolución del Rector al mismo tiempo
que se exponga las listas de admitidos y excluidos a que se refiere
la base 4.1.
Los componentes del Tribunal serán funcionarios de carrera
y deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido
para el ingreso en esta Escala.
El Tribunal no podrá estar mayoritariamente integrado por
funcionarios del mismo Cuerpo o Escala objeto de selección.
5.2 Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la
Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos circunstancias de
las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre.
El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la
inexistencia de dichas circunstancias.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
5.3 Cambio en la composición: Con anterioridad a la
iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará
Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Constitución: Previa convocatoria del Presidente, se
constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y
Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de
treinta días a partir de su designación, y mínimo de diez días
antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Sesiones: A partir de su constitución, y para el resto de
las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la
misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso: Dentro de la
fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas
en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7 Asesores: El Tribunal podrá disponer de la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose
dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas.
5.8 Garantía de corrección de ejercicios: El Presidente del
Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los
ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban
ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca
la identidad de los aspirantes.
5.9 Información a los participantes: A efectos de
comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la
Universidad de Sevilla, calle San Fernando, número 4, teléfonos
455 10 70 ó 455 10 67.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10 Categoría: El Tribunal que actúe en estas pruebas
selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV
del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" del 19).
5.11 Declaración de aprobados: En ningún caso el Tribunal
podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Acreditación de la identidad: En cualquier momento los
aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal
con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.2 Llamamiento único: Los aspirantes serán convocados
para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de
la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el
Tribunal.
6.3 Publicación de fecha de ejercicios: La fecha y lugar de
realización del primer ejercicio se publicará junto con la relación
de admitidos y excluidos.
La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se
publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por
cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su
máxima divulgación con veinticuatro horas al menos de antelación
a la señalada para la iniciación del mismo.
6.4 Exclusión de participantes: En cualquier momento del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla
comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados
7.1 Publicación: Finalizadas las pruebas selectivas, el
Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares que
estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados por orden
de puntuación alcanzada, con indicación de su documento
nacional de identidad. Dicha relación contendrá la puntuación obtenido
en fase de concurso y de oposición, desglosando esta última en
cada uno de los ejercicios celebrados.
Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de
Sevilla, para su conformidad, remitiéndose para su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado".
El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá
ser superior al de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 Documentación a presentar: En el plazo de veinte días
naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron
públicas las listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado",
los opositores aprobados deberán presentar, en la Sección de
Selección de Personal de Administración y Servicios y Acción
Social de la Universidad de Sevilla, la documentación necesaria
para proceder al nombramiento como funcionario de la Escala
de Gestión, que no se encuentre suficientemente acreditada en
su expediente.
8.2 Anulación de las actuaciones: Quienes dentro del plazo
fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Destinos: La petición de destinos por parte de los
aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la
Universidad de Sevilla, previa oferta de los mismos.
A estos efectos serán ofrecidos a los participantes aprobados
en el proceso selectivo la relación de plazas a cubrir, siendo el
orden de prioridad el de puntuación establecido en la relación
de aprobados.
Tendrán no obstante preferencia para confirmar sus puestos
aquellos funcionarios que vinieran desempeñando alguno de doble
adscripción que integrara la oferta de destinos, al amparo de lo
establecido en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo. De corresponderle algún otro puesto, en función
de la puntuación alcanzada, el que venía desempeñando pasará
a integrar la mencionada oferta de destinos.
8.4 Nombramientos: Por la autoridad convocante, a
propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de
funcionario de carrera mediante Resolución que se publicará en el
"Boletín Oficial del Estado".
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser
impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, pudiendo interponer contra la
presente Resolución recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la
Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, comunicando
previamente su interposición a este Rectorado, según artículo
110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Sevilla, 30 de septiembre de 1998.-El Rector, Miguel Florencio
Lora.
ANEXO I
1. Sistema selectivo
El sistema de selección será el de concurso-oposición,
consistiendo el concurso en la valoración de los méritos según el
baremo que más adelante se reproduce y la oposición en la
superación de las pruebas que asimismo se relacionan.
El resultado de la fase de concurso se publicará con un mes
de antelación, al menos, respecto de la celebración de las pruebas.
El primer ejercicio de la fase de oposición no tendrá lugar en
ningún caso antes del día 1 de marzo de 1999.
2. Fase de concurso
En esta fase se valorarán los siguientes méritos:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas del grupo C, a que se refiere la base 2.1, se valorará
teniendo en cuenta los servicios prestados reconocidos al amparo
de la Ley, 70/1978, hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, asignándose a cada año completo de servicio efectivos
una puntuación de 0,20 puntos, hasta un máximo de tres puntos.
Las fracciones de tiempo inferior a un año serán contabilizadas
de la siguiente forma:
Superior a tres meses e inferior a seis: 0,05 puntos.
Superior a seis meses e inferior a nueve: 0,10 puntos.
Superior a nueve meses: 0,15 puntos.
b) Grado personal: El grado personal consolidado se valorará
conforme a la siguiente escala:
Grado de nivel 22: Cuatro puntos.
Grado de nivel 20-21: 3,5 puntos.
Grado de nivel l8-19: Tres puntos.
Grado de nivel 16-17: 2,5 puntos.
c) Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se desempeñe
como titular en la fecha señalada en las bases anteriores, según
la siguiente escala:
Nivel de complemento de destino 24-23: Seis puntos.
Nivel de Complemento de destino 22-21: 5,5 puntos.
Nivel de Complemento de destino 20-19: Cinco puntos.
Nivel de Complemento de destino 18-17: 4,5 puntos.
d) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación
impartidos por centros u organismos públicos que versen sobre
materias directamente relacionadas con la gestión propia de la
Administración Pública, procedimiento administrativo, gestión
económica, gestión de personal, alumnos, informática, siempre
que el programa o contenido del curso sea de nivel igual o superior
al del programa mínimo exigido para el ingreso en la Escala a
la que aspira, a razón de 0,03 puntos por hora, si los cursos
son organizados por la Universidad de Sevilla, y a razón de 0,02
puntos, si son organizados por otra Administración Pública. Hasta
tres puntos.
e) Titulación: Se valorarán titulaciones superiores a la exigida
a razón de 0,5 puntos por cada nivel académico superior, con
un máximo de un punto.
2.1 Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán
a la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer
el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de
esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la
oposición.
3. Fase de oposición
La fase de oposición consistirá en la realización de dos
ejercicios de carácter eliminatorio:
a) El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito a un
cuestionario de 80 preguntas con respuestas alternativas, siendo
una sola de ellas la correcta, sobre el programa de materias que
figura en el anexo II de la Resolución.
La duración de este ejercicio será de noventa minutos.
b) El segundo ejercicio consistirá en la realización de dos
supuestos prácticos, desglosados en preguntas, de entre tres
propuestos por el Tribunal, correspondiendo uno a cada parte en
que se divide el programa.
La duración de este ejercicio será de dos horas.
4. Valoración de los ejercicios
El Tribunal valorará el primer ejercicio de cero a 20 puntos,
siendo necesario para aprobar el mismo obtener una puntuación
mínima de 10 puntos.
El segundo ejercicio se calificará de cero a 20 puntos, siendo
preciso para aprobarlo obtener una puntuación mínima de 10
puntos.
ANEXO II
Programa para el ingreso en la Escala de Gestión,
por el sistema de promoción interna
Primera parte: Gestión universitaria
Tema 1. La autonomía universitaria. Tratamiento
Constitucional y desarrollo legal. Principios inspiradores y su extensión
en la Ley de Reforma Universitaria.
Tema 2. Creación, régimen jurídico y estructura de las
Universidades.
Tema 3. El gobierno de las Universidades. El Consejo de
Universidades. El estudio en la Universidad.
Tema 4. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (1). El régimen del profesorado universitario. Artículos
11 y 45.
Tema 5. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (2). El acceso y permanencia en la Universidad. Los
procedimientos para el ingreso en los centros universitarios.
Tema 6. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma
Universitaria (3). Planes de estudios. La regulación de los estudios
de tercer ciclo y doctorado.
Tema 7. La Universidad de Sevilla. Naturaleza. Fines y
estructura general. Los departamentos universitarios: Constitución,
competencias y órganos de gobierno. Las Facultades, Escuelas
Técnicas Superiores y Escuelas Universitarias: Creación, funciones
y órganos de gobierno.
Tema 8. Los órganos de gobierno de la Universidad de Sevilla.
Tema 9. La administración educativa andaluza.
Competencias de la Junta de Andalucía en materia de enseñanza superior.
La Ley 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario de
Andalucía.
Tema 10. Ingreso en la Universidad. Prioridades. Criterios
de admisión. Reserva y adjudicación de las plazas. Pruebas de
aptitud para el acceso a la Universidad. Ingreso de alumnos con
estudios extranjeros convalidables. Procedimiento para el acceso
a la Universidad de mayores de veinticinco años en la Universidad
de Sevilla.
Tema 11. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad
de Sevilla. Convocatorias y permanencia. Número de
convocatorias. Traslados de expedientes. Convalidación de estudios
españoles y extranjeros. Procedimiento de convalidación. La matricula
para simultanear estudios.
Tema 12. Sistemas de becas y ayudas al estudio en la
Universidad. Real Decreto 2298/1983, de 28 de julio, y normativa
complementaria.
Tema 13. Títulos académicos universitarios. Titulaciones
propias de la Universidad de Sevilla.
Segunda parte: Derecho administrativo
Tema 1. La Administración Pública española: Los principios
constitucionales. Las fuentes del Derecho Administrativo.
Concepto. Clases. La Constitución. La Ley. El Reglamento.
Tema 2. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Antecedentes. Características generales. Estructura. Ámbito de aplicación.
Principios generales.
Tema 3. Relaciones entre Administraciones Públicas.
Órganos. Principios generales y competencias. Abstención y
recusación. Interesados.
Tema 4. De la actividad de las Administraciones Públicas.
Normas generales. Términos y plazos. Disposiciones y actos
administrativos. Disposiciones administrativas. Requisitos de los actos
administrativos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.
Tema 5. Procedimiento Administrativo. Iniciación.
Ordenación. Instrucción. Finalización. Ejecución.
Tema 6. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión
de oficio. Recursos administrativos. Reclamaciones previas al
ejercicio de acciones civiles y laborales.
Tema 7. Recurso contencioso-administrativo.
Tema 8. La responsabilidad de las Administraciones Públicas.
De sus autoridades y personal a su servicio.
Tema 9. Los contratos de las Administraciones Públicas.
Contratos administrativos y contratos privados. Procedimiento de
contratación. Prerrogativas de la Administración. La invalidez de los
contratos. Actuaciones preparatorias.
Tema 10. Procedimientos y formas de adjudicación: Abierto,
restringido y negociado. Normas generales: La subasta y el
concurso.
Tema 11. Ejecución y modificación de los contratos. Revisión
de precios. Extinción de los contratos. Cesión y subcontratación.
Tema 12. Tipos de contratos administrativos. El contrato de
obras. El contrato de gestión de servicios públicos.
Tema 13. El contrato de suministro. Contratos de consultora
y asistencia, Servicios y trabajos específicos y concretos no
habituales de la Administración.
Tercera parte: Personal y gestión económica
Tema 1. La Función Pública en el Estado español: Principios
constitucionales. La Ley 30/1984, de 2 de agosto: Órganos
superiores de la Función Pública. Registro de personal. Programación
y oferta de empleo público.
Tema 2. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo.
Promoción profesional. Adquisición y pérdida de la condición de
funcionario. Situaciones administrativas.
Tema 3. Derechos y deberes de los funcionarios.
Incompatibilidades. Régimen disciplinario.
Tema 4. El sistema de retribuciones de los funcionarios.
Retribuciones básicas y complementarias. Indemnizaciones por razón
del servicio.
Tema 5. Conceptos básicos sobre el régimen jurídico del
personal laboral de la Universidad de Sevilla. Tercer Convenio del
personal laboral al servicio de las Universidades Andaluzas.
Tema 6. La sindicación del personal funcionario y del
personal laboral en el ámbito de la Administración Pública. Órganos
de representación. El derecho de huelga.
Tema 7. La Universidad de Sevilla. El régimen económico
y financiero. El patrimonio. Los recursos financieros. La
información provisional. La gestión universitaria. El control interno.
Tema 8. Universidad de Sevilla. Modificaciones de los créditos
iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios.
Suplemento de créditos. Ampliaciones de créditos.
Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos. Desgloses de
aplicaciones presupuestarias.
Tema 9. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de
gestión. Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación
y cierre del ejercicio.
Tema 10. Universidad de Sevilla. Gastos para la compra de
bienes y servicios. Gastos de transferencias: Corrientes y de
capital. Gastos de inversión.
Tema 11. Universidad de Sevilla. Ordenación del gasto y
ordenación del pago: Órganos competentes. Fases del procedimiento:
Contraído. Intervenido. Ingreso en formalización. Documentos
contables que intervienen en la ejecución de los gastos y de los
pagos.
Tema 12. Universidad de Sevilla. Pagos: Concepto y
clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pago por
ejercicio cerrado. Anticipos de caja fija. Pagos "a justificar".
Justificación de libramiento.
Tema 13. Precios públicos por servicios académicos.
Concepto. Régimen Jurídico. Diferencias con otras figuras.
ANEXO IV
Declaración jurada
Don/doña...................................., condomicilio
en .........................., ydocumento nacional de identidad
número........................................................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala.................................., de la
Universidad de Sevilla, que no ha sido separado del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla
inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En ....................., a .......... de .......... de1999.
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