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Documento BOE-A-1998-26900

Resolución de 30 de septiembre de 1998, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión por el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1998, páginas 38440 a 38445 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-26900

TEXTO ORIGINAL

Existiendo plazas vacantes adscritas al grupo B y otras plazas

de adscripción indistinta a los gruposByCdelasEscalas de

funcionarios de la Universidad de Sevilla, ocupadas por

funcionarios pertenecientes a la Escala C, a fin de facilitar la promoción

profesional y, en lo posible, el mantenimiento de los puestos de

trabajo, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 30/1984, de

2 de agosto, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y

de conformidad con los acuerdos suscritos con las Secciones

Sindicales CC.OO., UGT y CSIF en fechas 30 de enero de 1997

y 7 de septiembre de 1998.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 194 y

concordantes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla aprobados

por Decreto 148/1988, de 5 de abril,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas, en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, ha

resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala

de Gestión de la Universidad de Sevilla, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Características generales. Plazas convocadas

Se convocan pruebas selectivas para cubrir 25 plazas, por el

sistema de Promoción Interna, que se regirán por lo dispuesto

en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28

de julio; Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto

148/1988 de 5 de abril, por el que se aprueban los Estatutos

de la Universidad de Sevilla, y por las bases que establece esta

convocatoria, particularmente por lo dispuesto en el anexo I de

esta convocatoria.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas los

aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español u ostentar la condición de nacional de un

Estado miembro de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,

Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o estar en

condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de

presentación de solicitudes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

e) Pertenecer el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes a un Cuerpo o Escala adscrito al grupo C del

artículo 25 de la Ley 30/1984, encontrarse en situación de servicio

activo con destino en la Universidad de Sevilla y poseer una

antigüedad de, al menos, dos años en aquel Cuerpo o Escala.

A estos efectos, se consideran asimilados a la situación de activo

la excedencia por cuidados de hijos y la de servicios especiales,

y se computarán los servicios prestados y reconocidos al amparo

de la Ley 70/1978 en dicho Cuerpo o Escala.

2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados

anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma

de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud: Quienes deseen tomar parte en estas

pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo

modelo se reproduce en anexo III, que será facilitada gratuitamente

en el Rectorado de la Universidad de Sevilla. A la instancia se

acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad.

3.2 Centros de recepción de solicitudes: La presente

convocatoria se publicará, tanto en el "Boletín Oficial del Estado" como

en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", computándose

el plazo que se cita a continuación, a partir de la publicación

de la convocatoria en aquél. La presentación de solicitudes se

hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de

Sevilla, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del

siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

y se dirigirán al excelentísimo señor Rector Magnífico de la

Universidad de Sevilla.

3.3 Minusválidos. Adaptaciones: Los aspirantes con

discapacitación deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

correspondiente, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.4 Certificado de méritos: Los aspirantes por el sistema de

promoción interina deberán presentar, unida a su solicitud,

certificación expedida por el Servicio de Personal de Administración

y Servicios de la Universidad de Sevilla, en la que se haga constar

al menos los siguientes extremos: Antigüedad reconocida, grado

personal consolidado, nivel de complemento de destino

correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe en la misma fecha.

Asimismo se certificará el puesto de trabajo que se desempeña

con carácter definitivo.

3.5 Subsanación de errores: Los errores de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de

presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla

dictará resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar

aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar

y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de

los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos,

nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Plazo de subsanación: Los aspirantes excluidos

dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente de

la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión.

5. Tribunales

5.1 Composición: El Tribunal calificador de estas pruebas

estará formado por el Rector de la Universidad de Sevilla o persona

en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo; por

cinco funcionarios designados por el Rector, de los cuales dos

a propuesta de las Organizaciones Sindicales más representativas;

un representante de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública; otro de la Secretaría de Estado de Universidades, y otro

de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

Dado el complejo mecanismo de nombramiento de miembros de

los Tribunales de selección previstos en los Estatutos de la

Universidad de Sevilla, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad

prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose

que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal

se harán públicos mediante Resolución del Rector al mismo tiempo

que se exponga las listas de admitidos y excluidos a que se refiere

la base 4.1.

Los componentes del Tribunal serán funcionarios de carrera

y deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido

para el ingreso en esta Escala.

El Tribunal no podrá estar mayoritariamente integrado por

funcionarios del mismo Cuerpo o Escala objeto de selección.

5.2 Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal

deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos circunstancias de

las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre.

El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la

inexistencia de dichas circunstancias.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición: Con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará

Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución: Previa convocatoria del Presidente, se

constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y

Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días a partir de su designación, y mínimo de diez días

antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Sesiones: A partir de su constitución, y para el resto de

las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la

misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso: Dentro de la

fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran

surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas

necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas

en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7 Asesores: El Tribunal podrá disponer de la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose

dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades

técnicas.

5.8 Garantía de corrección de ejercicios: El Presidente del

Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los

ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban

ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca

la identidad de los aspirantes.

5.9 Información a los participantes: A efectos de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la

Universidad de Sevilla, calle San Fernando, número 4, teléfonos

455 10 70 ó 455 10 67.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 Categoría: El Tribunal que actúe en estas pruebas

selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV

del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" del 19).

5.11 Declaración de aprobados: En ningún caso el Tribunal

podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas

un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido

será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Acreditación de la identidad: En cualquier momento los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal

con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2 Llamamiento único: Los aspirantes serán convocados

para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de

la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

Tribunal.

6.3 Publicación de fecha de ejercicios: La fecha y lugar de

realización del primer ejercicio se publicará junto con la relación

de admitidos y excluidos.

La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se

publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por

cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su

máxima divulgación con veinticuatro horas al menos de antelación

a la señalada para la iniciación del mismo.

6.4 Exclusión de participantes: En cualquier momento del

proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que

alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos

por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla

comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas a los efectos procedentes.

7. Relación de aprobados

7.1 Publicación: Finalizadas las pruebas selectivas, el

Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares que

estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados por orden

de puntuación alcanzada, con indicación de su documento

nacional de identidad. Dicha relación contendrá la puntuación obtenido

en fase de concurso y de oposición, desglosando esta última en

cada uno de los ejercicios celebrados.

Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de

Sevilla, para su conformidad, remitiéndose para su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá

ser superior al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 Documentación a presentar: En el plazo de veinte días

naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron

públicas las listas de aprobados en el "Boletín Oficial del Estado",

los opositores aprobados deberán presentar, en la Sección de

Selección de Personal de Administración y Servicios y Acción

Social de la Universidad de Sevilla, la documentación necesaria

para proceder al nombramiento como funcionario de la Escala

de Gestión, que no se encuentre suficientemente acreditada en

su expediente.

8.2 Anulación de las actuaciones: Quienes dentro del plazo

fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la

documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen

de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Destinos: La petición de destinos por parte de los

aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la

Universidad de Sevilla, previa oferta de los mismos.

A estos efectos serán ofrecidos a los participantes aprobados

en el proceso selectivo la relación de plazas a cubrir, siendo el

orden de prioridad el de puntuación establecido en la relación

de aprobados.

Tendrán no obstante preferencia para confirmar sus puestos

aquellos funcionarios que vinieran desempeñando alguno de doble

adscripción que integrara la oferta de destinos, al amparo de lo

establecido en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo. De corresponderle algún otro puesto, en función

de la puntuación alcanzada, el que venía desempeñando pasará

a integrar la mencionada oferta de destinos.

8.4 Nombramientos: Por la autoridad convocante, a

propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de

funcionario de carrera mediante Resolución que se publicará en el

"Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, pudiendo interponer contra la

presente Resolución recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la

Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, comunicando

previamente su interposición a este Rectorado, según artículo

110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 30 de septiembre de 1998.-El Rector, Miguel Florencio

Lora.

ANEXO I

1. Sistema selectivo

El sistema de selección será el de concurso-oposición,

consistiendo el concurso en la valoración de los méritos según el

baremo que más adelante se reproduce y la oposición en la

superación de las pruebas que asimismo se relacionan.

El resultado de la fase de concurso se publicará con un mes

de antelación, al menos, respecto de la celebración de las pruebas.

El primer ejercicio de la fase de oposición no tendrá lugar en

ningún caso antes del día 1 de marzo de 1999.

2. Fase de concurso

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas del grupo C, a que se refiere la base 2.1, se valorará

teniendo en cuenta los servicios prestados reconocidos al amparo

de la Ley, 70/1978, hasta la fecha de publicación de esta

convocatoria, asignándose a cada año completo de servicio efectivos

una puntuación de 0,20 puntos, hasta un máximo de tres puntos.

Las fracciones de tiempo inferior a un año serán contabilizadas

de la siguiente forma:

Superior a tres meses e inferior a seis: 0,05 puntos.

Superior a seis meses e inferior a nueve: 0,10 puntos.

Superior a nueve meses: 0,15 puntos.

b) Grado personal: El grado personal consolidado se valorará

conforme a la siguiente escala:

Grado de nivel 22: Cuatro puntos.

Grado de nivel 20-21: 3,5 puntos.

Grado de nivel l8-19: Tres puntos.

Grado de nivel 16-17: 2,5 puntos.

c) Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se desempeñe

como titular en la fecha señalada en las bases anteriores, según

la siguiente escala:

Nivel de complemento de destino 24-23: Seis puntos.

Nivel de Complemento de destino 22-21: 5,5 puntos.

Nivel de Complemento de destino 20-19: Cinco puntos.

Nivel de Complemento de destino 18-17: 4,5 puntos.

d) Cursos de formación: Se valorarán los cursos de formación

impartidos por centros u organismos públicos que versen sobre

materias directamente relacionadas con la gestión propia de la

Administración Pública, procedimiento administrativo, gestión

económica, gestión de personal, alumnos, informática, siempre

que el programa o contenido del curso sea de nivel igual o superior

al del programa mínimo exigido para el ingreso en la Escala a

la que aspira, a razón de 0,03 puntos por hora, si los cursos

son organizados por la Universidad de Sevilla, y a razón de 0,02

puntos, si son organizados por otra Administración Pública. Hasta

tres puntos.

e) Titulación: Se valorarán titulaciones superiores a la exigida

a razón de 0,5 puntos por cada nivel académico superior, con

un máximo de un punto.

2.1 Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán

a la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer

el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de

esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la

oposición.

3. Fase de oposición

La fase de oposición consistirá en la realización de dos

ejercicios de carácter eliminatorio:

a) El primer ejercicio consistirá en contestar por escrito a un

cuestionario de 80 preguntas con respuestas alternativas, siendo

una sola de ellas la correcta, sobre el programa de materias que

figura en el anexo II de la Resolución.

La duración de este ejercicio será de noventa minutos.

b) El segundo ejercicio consistirá en la realización de dos

supuestos prácticos, desglosados en preguntas, de entre tres

propuestos por el Tribunal, correspondiendo uno a cada parte en

que se divide el programa.

La duración de este ejercicio será de dos horas.

4. Valoración de los ejercicios

El Tribunal valorará el primer ejercicio de cero a 20 puntos,

siendo necesario para aprobar el mismo obtener una puntuación

mínima de 10 puntos.

El segundo ejercicio se calificará de cero a 20 puntos, siendo

preciso para aprobarlo obtener una puntuación mínima de 10

puntos.

ANEXO II

Programa para el ingreso en la Escala de Gestión,

por el sistema de promoción interna

Primera parte: Gestión universitaria

Tema 1. La autonomía universitaria. Tratamiento

Constitucional y desarrollo legal. Principios inspiradores y su extensión

en la Ley de Reforma Universitaria.

Tema 2. Creación, régimen jurídico y estructura de las

Universidades.

Tema 3. El gobierno de las Universidades. El Consejo de

Universidades. El estudio en la Universidad.

Tema 4. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma

Universitaria (1). El régimen del profesorado universitario. Artículos

11 y 45.

Tema 5. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma

Universitaria (2). El acceso y permanencia en la Universidad. Los

procedimientos para el ingreso en los centros universitarios.

Tema 6. Desarrollo reglamentario de la Ley de Reforma

Universitaria (3). Planes de estudios. La regulación de los estudios

de tercer ciclo y doctorado.

Tema 7. La Universidad de Sevilla. Naturaleza. Fines y

estructura general. Los departamentos universitarios: Constitución,

competencias y órganos de gobierno. Las Facultades, Escuelas

Técnicas Superiores y Escuelas Universitarias: Creación, funciones

y órganos de gobierno.

Tema 8. Los órganos de gobierno de la Universidad de Sevilla.

Tema 9. La administración educativa andaluza.

Competencias de la Junta de Andalucía en materia de enseñanza superior.

La Ley 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario de

Andalucía.

Tema 10. Ingreso en la Universidad. Prioridades. Criterios

de admisión. Reserva y adjudicación de las plazas. Pruebas de

aptitud para el acceso a la Universidad. Ingreso de alumnos con

estudios extranjeros convalidables. Procedimiento para el acceso

a la Universidad de mayores de veinticinco años en la Universidad

de Sevilla.

Tema 11. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad

de Sevilla. Convocatorias y permanencia. Número de

convocatorias. Traslados de expedientes. Convalidación de estudios

españoles y extranjeros. Procedimiento de convalidación. La matricula

para simultanear estudios.

Tema 12. Sistemas de becas y ayudas al estudio en la

Universidad. Real Decreto 2298/1983, de 28 de julio, y normativa

complementaria.

Tema 13. Títulos académicos universitarios. Titulaciones

propias de la Universidad de Sevilla.

Segunda parte: Derecho administrativo

Tema 1. La Administración Pública española: Los principios

constitucionales. Las fuentes del Derecho Administrativo.

Concepto. Clases. La Constitución. La Ley. El Reglamento.

Tema 2. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Antecedentes. Características generales. Estructura. Ámbito de aplicación.

Principios generales.

Tema 3. Relaciones entre Administraciones Públicas.

Órganos. Principios generales y competencias. Abstención y

recusación. Interesados.

Tema 4. De la actividad de las Administraciones Públicas.

Normas generales. Términos y plazos. Disposiciones y actos

administrativos. Disposiciones administrativas. Requisitos de los actos

administrativos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.

Tema 5. Procedimiento Administrativo. Iniciación.

Ordenación. Instrucción. Finalización. Ejecución.

Tema 6. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión

de oficio. Recursos administrativos. Reclamaciones previas al

ejercicio de acciones civiles y laborales.

Tema 7. Recurso contencioso-administrativo.

Tema 8. La responsabilidad de las Administraciones Públicas.

De sus autoridades y personal a su servicio.

Tema 9. Los contratos de las Administraciones Públicas.

Contratos administrativos y contratos privados. Procedimiento de

contratación. Prerrogativas de la Administración. La invalidez de los

contratos. Actuaciones preparatorias.

Tema 10. Procedimientos y formas de adjudicación: Abierto,

restringido y negociado. Normas generales: La subasta y el

concurso.

Tema 11. Ejecución y modificación de los contratos. Revisión

de precios. Extinción de los contratos. Cesión y subcontratación.

Tema 12. Tipos de contratos administrativos. El contrato de

obras. El contrato de gestión de servicios públicos.

Tema 13. El contrato de suministro. Contratos de consultora

y asistencia, Servicios y trabajos específicos y concretos no

habituales de la Administración.

Tercera parte: Personal y gestión económica

Tema 1. La Función Pública en el Estado español: Principios

constitucionales. La Ley 30/1984, de 2 de agosto: Órganos

superiores de la Función Pública. Registro de personal. Programación

y oferta de empleo público.

Tema 2. El personal funcionario al servicio de las

Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo.

Promoción profesional. Adquisición y pérdida de la condición de

funcionario. Situaciones administrativas.

Tema 3. Derechos y deberes de los funcionarios.

Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 4. El sistema de retribuciones de los funcionarios.

Retribuciones básicas y complementarias. Indemnizaciones por razón

del servicio.

Tema 5. Conceptos básicos sobre el régimen jurídico del

personal laboral de la Universidad de Sevilla. Tercer Convenio del

personal laboral al servicio de las Universidades Andaluzas.

Tema 6. La sindicación del personal funcionario y del

personal laboral en el ámbito de la Administración Pública. Órganos

de representación. El derecho de huelga.

Tema 7. La Universidad de Sevilla. El régimen económico

y financiero. El patrimonio. Los recursos financieros. La

información provisional. La gestión universitaria. El control interno.

Tema 8. Universidad de Sevilla. Modificaciones de los créditos

iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios.

Suplemento de créditos. Ampliaciones de créditos.

Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos. Desgloses de

aplicaciones presupuestarias.

Tema 9. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de

gestión. Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación

y cierre del ejercicio.

Tema 10. Universidad de Sevilla. Gastos para la compra de

bienes y servicios. Gastos de transferencias: Corrientes y de

capital. Gastos de inversión.

Tema 11. Universidad de Sevilla. Ordenación del gasto y

ordenación del pago: Órganos competentes. Fases del procedimiento:

Contraído. Intervenido. Ingreso en formalización. Documentos

contables que intervienen en la ejecución de los gastos y de los

pagos.

Tema 12. Universidad de Sevilla. Pagos: Concepto y

clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pago por

ejercicio cerrado. Anticipos de caja fija. Pagos "a justificar".

Justificación de libramiento.

Tema 13. Precios públicos por servicios académicos.

Concepto. Régimen Jurídico. Diferencias con otras figuras.

ANEXO IV

Declaración jurada

Don/doña...................................., condomicilio

en .........................., ydocumento nacional de identidad

número........................................................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala.................................., de la

Universidad de Sevilla, que no ha sido separado del servicio de

ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla

inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ....................., a .......... de .......... de1999.

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