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Documento BOE-A-1998-26902

Resolución de 20 de octubre de 1998, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Administrativa de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1998, páginas 38461 a 38464 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-26902

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de

Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad

de Almería, y el Decreto 2/1995, de 10 de enero, por el que

se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la

Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de

personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 8 de la citada Ley, el artículo 24 del Decreto

2/1995, y el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,

de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.c) de la

misma norma ha resuelto convocar pruebas selectivas para el

ingreso en la Escala Administrativa de la Universidad de Almería,

con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 20 plazas de

la Escala Administrativa de la Universidad de Almería, mediante

el sistema de promoción interna.

1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso

del Personal al Servicio de la Administración General del Estado

y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional

de los Funcionarios Civiles de la Administración General del

Estado; Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de

creación de la Universidad de Almería; el Decreto 2/1995, de

10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de

la Actividad de la Universidad de Almería, y a las normas de esta

Resolución.

1.3 El procedimiento de selección de aspirantes constará de

las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con

las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se

especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 El primer ejercicio se iniciará a partir del 15 de diciembre

de 1998. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución

del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

1.6 Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo,

a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, se hará pública la lista de aspirantes con la puntuación

obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse

de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar

el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios

del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los

Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos

Estados a los que, en virtud de los tratados internacionales,

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos

en que ésta se halle definida en Tratado constitutivo de la

Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,

Bachillerato Unificado y Polivalente, Formación Profesional de Segundo

Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha

en que termine el plazo de presentación de solicitudes o tener

aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores

de veinticinco años.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

f) Hallarse en servicio activo con destino definitivo en esta

Universidad y pertenecer al Cuerpo o Escala inmediatamente

inferior al que se aspira, con al menos dos años de antigüedad en

el mismo.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada

gratuitamente por los Gobiernos Civiles de cada provincia y en las

Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal

de esta Universidad de Almería. A la instancia se acompañará

una fotocopia simple del documento nacional de identidad,

pasaporte u otro documento de identificación suficiente, en caso de

no ostentar la nacionalidad española presentará fotocopia simple

de documento identificativo del país al que pertenece el solicitante.

3.2 Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de

concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar

certificación expedida por el Servicio de Gestión de Personal de la

Universidad de Almería, acreditativa de las condiciones estipuladas

en el anexo I de esta convocatoria.

3.3 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector

de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días naturales,

contados a partir del siguiente a la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Almería dictará Resolución, en el plazo

máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos

y excluidos, se nombrará tribunal calificador y se recogerá el lugar

y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación

de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de

exclusión. En la lista deberá constar, en todo caso, apellidos, nombre

y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier

momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso,

la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo

de diez días hábiles para subsanación de errores.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será nombrado

por el Rector de la Universidad de Almería y publicado según

lo estipulado en la base 4.1 de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando

concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de

Personal, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros

del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su

condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de

constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas

las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,

así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo

momento, a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos

asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector

de la Universidad de Almería.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.

En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías

que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985

("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros

equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de

Almería, carretera de Sacramento, sin número, teléfono

950-21 51 24.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría 3. a de las recogidas en el anexo V del Decreto

54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía" de 21 de abril).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará por

sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y

libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos

anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán

hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado

las pruebas anteriores y por cualquier otro medio, si se juzga

conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo

de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro

horas, si es nuevo ejercicio.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara

a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece

de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,

lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual

deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes

o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a

los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados, presentación de documentación,

y nombramiento de funcionarios de carrera

7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la

fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en los lugares de

examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad,

las listas con las puntuaciones correspondientes.

La calificación final se obtendrá de la forma establecida en

el anexo I de esta convocatoria. En ningún caso, el Tribunal podrá

aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un

número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo

nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

públicas las relaciones definitivas de aprobados, por orden de

puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de

los ejercicios de la fase de oposición y la calificación final.

7.3 Dichas relaciones serán elevadas al Rector de la

Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la

publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad

de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior,

los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en

el Registro General de la Universidad o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los documentos precisos para

acreditar las condiciones exigidas en la convocatoria que no

tuvieran ya justificadas documentalmente para obtener su anterior

nombramiento como funcionario de carrera, debiendo presentar

certificación acreditativa de su condición y titulación académica

exigida para acceder a la nueva Escala.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera

y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

de participación.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante Resolución, que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado".

8. Norma final

8.1 Contra la presente Resolución y sus bases, podrán los

interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de

Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde

el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria.

8.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder

a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo

previsto en la citada Ley.

Almería, 20 de octubre de 1998.-El Rector, Alfredo Martínez

Almécija.

ANEXO I

Méritos, ejercicios, valoración y calificación

1. Fase de concurso

En la fase de concurso, a efectos de realizar la valoración que

corresponda, deberá aportarse, junto con la solicitud de admisión

a las pruebas, certificación expedida por el Servicio de Gestión

de Personal de la Universidad, con expresión de los siguientes

méritos:

1.1 Antigüedad: La antigüedad en los Cuerpos, Escalas o

plazas a que se refiere la base 2.1, f), se valorarán hasta un máximo

de 10 puntos, teniendo en cuenta, a estos efectos, los servicios

prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria,

concediéndose 0,70 puntos por cada año completo de servicios

efectivos, o fracción mensual que corresponda, hasta el límite máximo.

1.2 Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe

el día de publicación de esta convocatoria, con los límites

establecidos en el artículo 26 del Real Decreto 28/1990, de 15 de

enero, otorgándose la siguiente puntuación:

Nivel CD 15: 4,00 puntos.

Nivel CD 16: 4,50 puntos.

Nivel CD 17: 5,00 puntos.

Nivel CD 18: 5,50 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser

modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los

efectos económicos de los mismos.

1.3 Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán

a la calificación final obtenida por los aspirantes que hayan

superado los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición, a efectos

de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos

puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de

la fase de oposición.

2. Fase de oposición

Estará formada por los dos ejercicios que a continuación se

indican, siendo éstos eliminatorios:

2.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario

de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas

la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas

selectivas que figura en el anexo II, excluyendo el apartado "V.

Informática", de la convocatoria. El tiempo máximo para la

realización de este ejercicio será de dos horas.

2.1. Segundo ejercicio: Constará de dos partes:

a) Primera parte: Consistirá en la realización de dos supuestos

prácticos de entre tres propuestos por el Tribunal, desglosados

cada uno en preguntas de respuestas alternativas, en un número

no superior a 15. Las materias sobre las que versarán los supuestos

están contenidas en el programa que figura como anexo II,

excluyendo el apartado : "V. Informática", de la convocatoria. Para

su resolución los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen

las opciones de respuesta que estimen válidas de entre aquellas

que se les propongan.

b) Segunda parte: Consistirá en la realización de una

demostración práctica de los conocimientos informáticos sobre hoja de

cálculo "Excel 5.0". El ejercicio se realizará sobre un

microordenador compatible PC. El aspirante deberá imprimir los

resultados requeridos en el ejercicio y presentar una copia en "diskette".

c) El Tribunal podrá acordar que ambas partes de este

ejercicio se realicen en una misma sesión. El tiempo máximo para

la realización de este ejercicio será de tres horas.

3. Calificación de los ejercicios

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma

siguiente:

3.1 Primer ejercicio: Se calificará de cero a 10 puntos, siendo

necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco

puntos.

3.2 Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos,

siendo necesario para superar el ejercicio obtener, como mínimo, 10

puntos, y no obtener cero en alguna de las dos partes.

4. Calificación final de las pruebas selectivas

La calificación final de las pruebas, a efectos de declaración

de aprobados, vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso

de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

calificación obtenida en el segundo ejercicio.

ANEXO II

Programa

I. Derecho Administrativo

Tema 1. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos.

Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos

administrativos.

Tema 2. El procedimiento administrativo: Concepto e

importancia. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Contenido y

ámbito de aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación,

instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

Tema 3. Actos jurídicos del administrado: Peticiones y

solicitudes, aceptaciones, recurso y reclamaciones, renuncias,

opciones, requerimientos, intimaciones y declaraciones. Participación

del administrado en las funciones administrativas.

Tema 4. Los recursos administrativos: Concepto y clases.

Recursos ordinario y de revisión. Las reclamaciones

económico-administrativas.

II. Administración de recursos humanos

Tema 1. El personal al servicio de las Administraciones

Públicas. Régimen jurídico. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, y la Ley

23/1988, de 28 de julio. Los órganos superiores de la Función

Pública. Registro de personal. Programación y oferta de empleo

público.

Tema 2. El personal funcionario al servicio de las

Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo.

Promoción profesional. Adquisición y pérdida de la condición de

funcionarios. Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos

de cada una de ellas.

Tema 3. Derechos y deberes de los funcionarios. Las

incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario:

Faltas, sanciones y procedimiento.

Tema 4. El personal laboral al servicio de las

Administraciones Públicas. Selección. Derechos, deberes e

incompatibilidades. El contrato de trabajo: Contenido, duración y suspensión.

Negociación laboral. Conflictos y Convenios Colectivos.

Tema 5. El Sistema español de Seguridad Social. Texto

refundido de la Ley General de Seguridad Social: Estructura y contenido.

Estructura del sistema. Regímenes especiales: Características y

enumeración. Sistemas especiales. La Seguridad Social en la

Constitución.

Tema 6. Gestión de la Seguridad Social. Campos de

aplicación. Inscripción de empresas. Afiliación de trabajadores. Bases

y tipos de cotización. Acción protectora. Asistencia sanitaria.

Incapacidad temporal. Invalidez permanente. Jubilación.

III. Gestión financiera

Tema 1. El Presupuesto del Estado. Características y

estructura. Los créditos presupuestarios. Gastos plurianuales. Anulación

de remanentes. Transferencias de créditos. Créditos

extraordinarios. Suplementos de créditos. Anticipos de tesorería.

Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Ingresos que generan

crédito.

Tema 2. Ordenación del gasto y ordenación del pago.

Órganos competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables

que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio. Control del

gasto público en España. Clases. Especial referencia al control

de legalidad. El Tribunal de Cuentas.

Tema 3. Retribuciones de los funcionarios públicos y del

personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas.

Estructura y normas de confección. Altas y bajas: Su justificación.

Sueldos, trienios, pagas complementarias, complementos,

indemnizaciones por residencia y otras remuneraciones. Devengo y

liquidación de derechos económicos. Pagos de las retribuciones del

personal en activo: Pago por transferencia y pago por cheque

nominativo.

Tema 4. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos

de transferencia: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.

Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones

presupuestarias. Pagos "en firme", "a justificar" y "caja fija". Justificación

de libramientos.

Tema 5. Los contratos administrativos. Concepto y clases.

La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

Incumplimiento de los contratos administrativos. La ejecución

presupuestaria y la contratación administrativa: Especial referencia a

los contratos de obras, de gestión de servicios públicos y de

suministros. Los contratos de asistencia técnica con empresas

consultoras y de servicios.

IV. Gestión universitaria

Tema 1. Régimen jurídico de las Universidades. Ley 11/1983,

de 25 de agosto, de Reforma Universitaria. Estructura y

organización de las Universidades.

Tema 2. Régimen económico-financiero. Patrimonio.

Presupuesto. Financiación y control. Las normas de ejecución del

presupuesto de la Universidad de Almería.

Tema 3. La función pública universitaria. El personal docente

e investigador: Régimen del profesorado universitario. Concursos

para la provisión de los Cuerpos Docentes Universitarios y

profesorado contratado. Retribuciones del profesorado universitario.

Tema 4. La función pública universitaria. El personal de

Administración y Servicios. La relación de puestos de trabajo del

personal de Administración y Servicios de la Universidad de Almería.

El personal funcionario de Administración y Servicios: Escalas,

provisión de puestos de trabajo de la Universidad de Almería.

El personal laboral de Administración y Servicios: Convenio

colectivo del personal laboral de las Universidades Andaluzas. Tema

5. Régimen de alumnados acceso y permanencia del alumnado

en la Universidad. Procedimientos de admisión a centros

universitarios. Simultaneidad de estudios universitarios. Sistema de

becas y otras ayudas al alumnado. Planes de estudio: Regulación.

Estudios de Tercer Ciclo y Doctorado: Normas reguladoras de los

estudios de Doctorado en la Universidad de Almería. Títulos:

Obtención, expedición y homologación. Convalidaciones.

Traslados de expedientes. Convocatorias de examen. Enseñanzas

propias: Normativa para la obtención de títulos y diplomas propios

de la Universidad de Almería.

Tema 6. El sistema universitario en Andalucía. Ley del

Parlamento de Andalucía 1/1992, de 21 de mayo, de Coordinación

del Sistema Universitario. Régimen Jurídico de la Universidad de

Almería.

V. Informática

Tema 1. Hoja de cálculo "Excel 5.0".

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