En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de
Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad
de Almería, y el Decreto 2/1995, de 10 de enero, por el que
se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la
Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de
personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 8 de la citada Ley, el artículo 24 del Decreto
2/1995, y el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.c) de la
misma norma ha resuelto convocar pruebas selectivas para el
ingreso en la Escala Administrativa de la Universidad de Almería,
con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 20 plazas de
la Escala Administrativa de la Universidad de Almería, mediante
el sistema de promoción interna.
1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a
lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley
23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado; Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de
creación de la Universidad de Almería; el Decreto 2/1995, de
10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de
la Actividad de la Universidad de Almería, y a las normas de esta
Resolución.
1.3 El procedimiento de selección de aspirantes constará de
las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con
las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican en el anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 El primer ejercicio se iniciará a partir del 15 de diciembre
de 1998. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución
del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
1.6 Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo,
a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de
oposición, se hará pública la lista de aspirantes con la puntuación
obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse
de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar
el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios
del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los
Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos
Estados a los que, en virtud de los tratados internacionales,
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos
en que ésta se halle definida en Tratado constitutivo de la
Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior,
Bachillerato Unificado y Polivalente, Formación Profesional de Segundo
Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha
en que termine el plazo de presentación de solicitudes o tener
aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores
de veinticinco años.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
f) Hallarse en servicio activo con destino definitivo en esta
Universidad y pertenecer al Cuerpo o Escala inmediatamente
inferior al que se aspira, con al menos dos años de antigüedad en
el mismo.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente por los Gobiernos Civiles de cada provincia y en las
Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal
de esta Universidad de Almería. A la instancia se acompañará
una fotocopia simple del documento nacional de identidad,
pasaporte u otro documento de identificación suficiente, en caso de
no ostentar la nacionalidad española presentará fotocopia simple
de documento identificativo del país al que pertenece el solicitante.
3.2 Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de
concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar
certificación expedida por el Servicio de Gestión de Personal de la
Universidad de Almería, acreditativa de las condiciones estipuladas
en el anexo I de esta convocatoria.
3.3 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector
de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente a la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Almería dictará Resolución, en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se nombrará tribunal calificador y se recogerá el lugar
y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación
de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de
exclusión. En la lista deberá constar, en todo caso, apellidos, nombre
y número del documento nacional de identidad.
4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso,
la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo
de diez días hábiles para subsanación de errores.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será nombrado
por el Rector de la Universidad de Almería y publicado según
lo estipulado en la base 4.1 de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de
Personal, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros
del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal, con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de
constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo
momento, a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos
asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector
de la Universidad de Almería.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985
("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros
equivalentes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Almería, carretera de Sacramento, sin número, teléfono
950-21 51 24.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría 3. a de las recogidas en el anexo V del Decreto
54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" de 21 de abril).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará por
sorteo efectuado por el Tribunal.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos
anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán
hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores y por cualquier otro medio, si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo
de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si es nuevo ejercicio.
6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara
a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece
de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,
lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual
deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes
o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a
los efectos procedentes.
7. Listas de aprobados, presentación de documentación,
y nombramiento de funcionarios de carrera
7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la
fase de oposición, el Tribunal hará públicas, en los lugares de
examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad,
las listas con las puntuaciones correspondientes.
La calificación final se obtendrá de la forma establecida en
el anexo I de esta convocatoria. En ningún caso, el Tribunal podrá
aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo
nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas las relaciones definitivas de aprobados, por orden de
puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de
los ejercicios de la fase de oposición y la calificación final.
7.3 Dichas relaciones serán elevadas al Rector de la
Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.
7.4 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la
publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad
de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior,
los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en
el Registro General de la Universidad o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, los documentos precisos para
acreditar las condiciones exigidas en la convocatoria que no
tuvieran ya justificadas documentalmente para obtener su anterior
nombramiento como funcionario de carrera, debiendo presentar
certificación acreditativa de su condición y titulación académica
exigida para acceder a la nueva Escala.
7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera
y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
de participación.
7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera, mediante Resolución, que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado".
8. Norma final
8.1 Contra la presente Resolución y sus bases, podrán los
interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria.
8.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder
a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo
previsto en la citada Ley.
Almería, 20 de octubre de 1998.-El Rector, Alfredo Martínez
Almécija.
ANEXO I
Méritos, ejercicios, valoración y calificación
1. Fase de concurso
En la fase de concurso, a efectos de realizar la valoración que
corresponda, deberá aportarse, junto con la solicitud de admisión
a las pruebas, certificación expedida por el Servicio de Gestión
de Personal de la Universidad, con expresión de los siguientes
méritos:
1.1 Antigüedad: La antigüedad en los Cuerpos, Escalas o
plazas a que se refiere la base 2.1, f), se valorarán hasta un máximo
de 10 puntos, teniendo en cuenta, a estos efectos, los servicios
prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria,
concediéndose 0,70 puntos por cada año completo de servicios
efectivos, o fracción mensual que corresponda, hasta el límite máximo.
1.2 Puesto de trabajo: Se valorará el nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe
el día de publicación de esta convocatoria, con los límites
establecidos en el artículo 26 del Real Decreto 28/1990, de 15 de
enero, otorgándose la siguiente puntuación:
Nivel CD 15: 4,00 puntos.
Nivel CD 16: 4,50 puntos.
Nivel CD 17: 5,00 puntos.
Nivel CD 18: 5,50 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser
modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los
efectos económicos de los mismos.
1.3 Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán
a la calificación final obtenida por los aspirantes que hayan
superado los ejercicios eliminatorios de la fase de oposición, a efectos
de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos
puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de
la fase de oposición.
2. Fase de oposición
Estará formada por los dos ejercicios que a continuación se
indican, siendo éstos eliminatorios:
2.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario
de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas
la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas
selectivas que figura en el anexo II, excluyendo el apartado "V.
Informática", de la convocatoria. El tiempo máximo para la
realización de este ejercicio será de dos horas.
2.1. Segundo ejercicio: Constará de dos partes:
a) Primera parte: Consistirá en la realización de dos supuestos
prácticos de entre tres propuestos por el Tribunal, desglosados
cada uno en preguntas de respuestas alternativas, en un número
no superior a 15. Las materias sobre las que versarán los supuestos
están contenidas en el programa que figura como anexo II,
excluyendo el apartado : "V. Informática", de la convocatoria. Para
su resolución los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen
las opciones de respuesta que estimen válidas de entre aquellas
que se les propongan.
b) Segunda parte: Consistirá en la realización de una
demostración práctica de los conocimientos informáticos sobre hoja de
cálculo "Excel 5.0". El ejercicio se realizará sobre un
microordenador compatible PC. El aspirante deberá imprimir los
resultados requeridos en el ejercicio y presentar una copia en "diskette".
c) El Tribunal podrá acordar que ambas partes de este
ejercicio se realicen en una misma sesión. El tiempo máximo para
la realización de este ejercicio será de tres horas.
3. Calificación de los ejercicios
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma
siguiente:
3.1 Primer ejercicio: Se calificará de cero a 10 puntos, siendo
necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco
puntos.
3.2 Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos,
siendo necesario para superar el ejercicio obtener, como mínimo, 10
puntos, y no obtener cero en alguna de las dos partes.
4. Calificación final de las pruebas selectivas
La calificación final de las pruebas, a efectos de declaración
de aprobados, vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso
de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
calificación obtenida en el segundo ejercicio.
ANEXO II
Programa
I. Derecho Administrativo
Tema 1. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos.
Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos.
Tema 2. El procedimiento administrativo: Concepto e
importancia. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Contenido y
ámbito de aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación,
instrucción y terminación del procedimiento administrativo.
Tema 3. Actos jurídicos del administrado: Peticiones y
solicitudes, aceptaciones, recurso y reclamaciones, renuncias,
opciones, requerimientos, intimaciones y declaraciones. Participación
del administrado en las funciones administrativas.
Tema 4. Los recursos administrativos: Concepto y clases.
Recursos ordinario y de revisión. Las reclamaciones
económico-administrativas.
II. Administración de recursos humanos
Tema 1. El personal al servicio de las Administraciones
Públicas. Régimen jurídico. La Ley 30/1984, de 2 de agosto, y la Ley
23/1988, de 28 de julio. Los órganos superiores de la Función
Pública. Registro de personal. Programación y oferta de empleo
público.
Tema 2. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones Públicas. Selección. Provisión de puestos de trabajo.
Promoción profesional. Adquisición y pérdida de la condición de
funcionarios. Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos
de cada una de ellas.
Tema 3. Derechos y deberes de los funcionarios. Las
incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario:
Faltas, sanciones y procedimiento.
Tema 4. El personal laboral al servicio de las
Administraciones Públicas. Selección. Derechos, deberes e
incompatibilidades. El contrato de trabajo: Contenido, duración y suspensión.
Negociación laboral. Conflictos y Convenios Colectivos.
Tema 5. El Sistema español de Seguridad Social. Texto
refundido de la Ley General de Seguridad Social: Estructura y contenido.
Estructura del sistema. Regímenes especiales: Características y
enumeración. Sistemas especiales. La Seguridad Social en la
Constitución.
Tema 6. Gestión de la Seguridad Social. Campos de
aplicación. Inscripción de empresas. Afiliación de trabajadores. Bases
y tipos de cotización. Acción protectora. Asistencia sanitaria.
Incapacidad temporal. Invalidez permanente. Jubilación.
III. Gestión financiera
Tema 1. El Presupuesto del Estado. Características y
estructura. Los créditos presupuestarios. Gastos plurianuales. Anulación
de remanentes. Transferencias de créditos. Créditos
extraordinarios. Suplementos de créditos. Anticipos de tesorería.
Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Ingresos que generan
crédito.
Tema 2. Ordenación del gasto y ordenación del pago.
Órganos competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables
que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio. Control del
gasto público en España. Clases. Especial referencia al control
de legalidad. El Tribunal de Cuentas.
Tema 3. Retribuciones de los funcionarios públicos y del
personal laboral al servicio de la Administración Pública. Nóminas.
Estructura y normas de confección. Altas y bajas: Su justificación.
Sueldos, trienios, pagas complementarias, complementos,
indemnizaciones por residencia y otras remuneraciones. Devengo y
liquidación de derechos económicos. Pagos de las retribuciones del
personal en activo: Pago por transferencia y pago por cheque
nominativo.
Tema 4. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos
de transferencia: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
Pagos: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones
presupuestarias. Pagos "en firme", "a justificar" y "caja fija". Justificación
de libramientos.
Tema 5. Los contratos administrativos. Concepto y clases.
La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.
Incumplimiento de los contratos administrativos. La ejecución
presupuestaria y la contratación administrativa: Especial referencia a
los contratos de obras, de gestión de servicios públicos y de
suministros. Los contratos de asistencia técnica con empresas
consultoras y de servicios.
IV. Gestión universitaria
Tema 1. Régimen jurídico de las Universidades. Ley 11/1983,
de 25 de agosto, de Reforma Universitaria. Estructura y
organización de las Universidades.
Tema 2. Régimen económico-financiero. Patrimonio.
Presupuesto. Financiación y control. Las normas de ejecución del
presupuesto de la Universidad de Almería.
Tema 3. La función pública universitaria. El personal docente
e investigador: Régimen del profesorado universitario. Concursos
para la provisión de los Cuerpos Docentes Universitarios y
profesorado contratado. Retribuciones del profesorado universitario.
Tema 4. La función pública universitaria. El personal de
Administración y Servicios. La relación de puestos de trabajo del
personal de Administración y Servicios de la Universidad de Almería.
El personal funcionario de Administración y Servicios: Escalas,
provisión de puestos de trabajo de la Universidad de Almería.
El personal laboral de Administración y Servicios: Convenio
colectivo del personal laboral de las Universidades Andaluzas. Tema
5. Régimen de alumnados acceso y permanencia del alumnado
en la Universidad. Procedimientos de admisión a centros
universitarios. Simultaneidad de estudios universitarios. Sistema de
becas y otras ayudas al alumnado. Planes de estudio: Regulación.
Estudios de Tercer Ciclo y Doctorado: Normas reguladoras de los
estudios de Doctorado en la Universidad de Almería. Títulos:
Obtención, expedición y homologación. Convalidaciones.
Traslados de expedientes. Convocatorias de examen. Enseñanzas
propias: Normativa para la obtención de títulos y diplomas propios
de la Universidad de Almería.
Tema 6. El sistema universitario en Andalucía. Ley del
Parlamento de Andalucía 1/1992, de 21 de mayo, de Coordinación
del Sistema Universitario. Régimen Jurídico de la Universidad de
Almería.
V. Informática
Tema 1. Hoja de cálculo "Excel 5.0".
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid