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Documento BOE-A-1998-26919

Orden de 3 de noviembre de 1998 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Cáceres), en el recurso contencioso-administrativo número 1.487/1995, interpuesto por don Raimundo Tejedor Miranda.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1998, páginas 38475 a 38475 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-26919

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Cáceres), con fecha 16 de abril de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.487/1995, promovido por don Raimundo Tejedor Miranda, sobre penalización de contrato de compraventa de tabaco; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Bueso Sánchez, en nombre y representación de don Raimundo Tejedor Miranda, contra la Resolución referida en el primer fundamento, debemos declarar y declaramos que la misma es ajustada a Derecho, sin hacer pronunciamiento expreso respecto de las costas procesales causadas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 3 de noviembre de 1998.‒P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (F.E.G.A.).

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