De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Convenio específico suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) y la Diputación General de Aragón, en aplicación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica; la Orden de 23 de abril de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se crea el Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, y la Orden de 29 de junio de 1995 por la que se establecen los objetivos, directrices y normas generales del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para el cuatrienio 1996-1999.
Madrid, 19 de enero de 1998.-El Presidente, Jesús Miranda de Larra y de Onís.
CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL INIA Y LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA SECTORIAL DE I + D AGRARIO Y ALIMENTARIO DEL MAPA Y AL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DE RECURSOS FITOGENÉTICOS
En Madrid a 15 de diciembre de 1997.
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Jesús Miranda de Larra y de Onís, Presidente del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con Código de Identificación Fiscal número Q-2821013-F, cargo para el que es nombrado por Real Decreto 1236/1996, de 24 de mayo, actuando en nombre del Gobierno de la Nación, en virtud de lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995 por el que se delega la competencia para la celebración de Convenios de Colaboración con las Comunidades Autónomas.
De otra parte, el excelentísimo señor don José Manuel Lasa Dolhagaray, Consejero de Agricultura y Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón, en su nombre y representación, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de abril de 1996.
Ambas partes se reconocen capacidad suficiente y
EXPONEN
Uno.-Que con fecha 30 de julio de 1996, y con una vigencia de cuatro años, fue establecido un Convenio Marco de Colaboración, cuyo objeto lo constituye el desarrollo, por la Diputación General de Aragón, de los proyectos y acciones de investigación que, correspondiendo a su ámbito territorial, resulten aprobados en el marco del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del MAPA y en el del Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, así como cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución de Convenios, contratos o acuerdos establecidos o que puedan establecerse con organismos nacionales y/o internacionales o con entidades y personas físicas y/o jurídicas nacionales o extranjeras.
Dos.-Que la distribución de los fondos que, en virtud del presente Convenio, se aportan por el INIA, ha sido sometida a la Conferencia Sectorial del día 2 de diciembre, y figura en el Acuerdo del Consejo de Ministros que será adoptado próximamente.
Tres.-Que por la Presidencia del INIA se dictaron Resoluciones por las que se aprueban la asignaciones económicas a los proyectos que se incluyen como anexo al presente Convenio, cuyo desarrollo corresponde a la Diputación General de Aragón.
De acuerdo con lo que antecede, las partes suscriben el presente Convenio específico de colaboración con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.-El objeto del presente Convenio específico de colaboración lo constituye la ejecución, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, de los proyectos de investigación y acciones en materia de infraestructura documental y bibliográfica que se incluyen como anexo único.
Segunda. Financiación.-El INIA, con cargo a las dotaciones presupuestarias del capítulo VI, transferirá a la Diputación General de Aragón un importe total de 10.466.000 pesetas, de acuerdo con el detalle que figura en el anexo único, ya mencionado, al presente Convenio de Colaboración.
Tercera. Forma de pago.-Los pagos derivados del presente Convenio de Colaboración, correspondientes al importe total a que se refiere la cláusula segunda, se realizarán en una sola vez, antes del 31 de diciembre del presente ejercicio económico de 1997.
Cuarta. Información.-Finalizado el ejercicio económico, la Diputación General de Aragón remitirá al INIA la documentación o justificación que, por dicho organismo, pueda serle solicitada relativa a las acciones desarrolladas en materia de infraestructura documental y bibliográfica, así como el informe anual de seguimiento de todos y cada uno de los proyectos de investigación, de acuerdo con el modelo establecido al efecto.
Quinta. Período de vigencia.-El presente Convenio específico de colaboración surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el día 31 de diciembre de 1997.
Y en prueba de conformidad firman el presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.-Por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), Jesús Miranda de Larra y de Onís.-Por la Diputación General de Aragón, José Manuel Lasa Dolhagaray.
ANEXO
Comunidad Autónoma: Aragón
Concepto
presup. / Título / Importe / Proyecto
197-012 / 620 / Fondos documentales / 6.337.000
SC96-081-C5-4 (CIEMAT) / 640 / Manejo ecológico de Agrosistemas de zonas semiáridas / 720.000
PD96-024-C3-3 (Universidad de Huesca) / 640 / Mecanización integral del cultivo del pimiento para pimentón en Aragón y La Rioja / 409.000
9164 (INIA-DGA-INSPV) / 640 / Producción y entrega de material frutal libre de virus y MLOs a viveristas seleccionadores. / 3.000.000
Total / 10.466.000
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