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Documento BOE-A-1998-26985

Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas y en ecus-euros a realizar en el mes de diciembre de 1998, y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 1998, páginas 38567 a 38569 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-26985

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de enero de 1998

autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir

Deuda del Estado durante 1998 y enero de 1999, señalando los

instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos

y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas a las que

su emisión ha de ajustarse que, con ligeras modificaciones, son una

prórroga de las vigentes en 1997, manteniéndose la posibilidad de poner en

oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.

En virtud de la citada autorización, la Resolución de esta Dirección

General de 26 de enero de 1998 reguló el desarrollo y resolución de las

subastas de Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas, incluidas las

segundas vueltas, e hizo público el calendario de subastas ordinarias para

1998, posteriormente modificado por las Resoluciones de 14 de mayo,

31 de julio y 20 de octubre de 1998. Para el cumplimiento de dicho

calendario es necesario fijar las características de las emisiones de Bonos y

Obligaciones del Estado en pesetas previstas para el próximo mes de

diciembre de 1998 y convocar las correspondientes subastas.

Asimismo, la Resolución de esta Dirección General de 1 de junio de 1998

reguló la emisión de Obligaciones del Estado en ecus-euros durante 1998

y estableció que su emisión se efectuaría mediante subastas de periodicidad

mensual, procediendo, a tal efecto, disponer la emisión de estas

Obligaciones para el próximo mes de diciembre y convocar la correspondiente

subasta.

En las subastas que se convocan, se considera conveniente iniciar una

nueva emisión de Obligaciones del Estado a quince años, que tendrán

la calificación de Bonos segregables de acuerdo con lo previsto en la Orden

de 19 de junio de 1997. En las demás referencias que se vienen poniendo

en oferta se emiten nuevos tramos, a fin de completar el volumen que

requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en

los mercados secundarios, y las Obligaciones en ecus-euros que se emitan

se consolidarán durante el mes de febrero de 1999, una vez que la Central

de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de cuenta, con las

Obligaciones a diez años en pesetas de la referencia que se pone en oferta,

según se prevé en la Resolución de 1 de junio de 1998.

Por último, la Orden de 14 de octubre de 1998 ha eliminado los valores

nominales unitarios de la Deuda del Estado anotada y ha regulado

determinados aspectos de las operaciones de suscripción y compraventa de

los Bonos y Obligaciones del Estado afectados por esta medida, mediante

la que se convierten las tenencias constituidas por valores del mismo código

valor en tenencias de saldos nominales.

En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden

de 26 de enero de 1998, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer la emisión de Bonos del Estado en pesetas a tres y cinco

años y de Obligaciones del Estado en pesetas a diez y quince años en

el mes de diciembre de 1998 y convocar las correspondientes subastas,

que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en las Órdenes de

26 de enero y 14 de octubre de 1998, en la Resolución de 26 de enero

de 1998 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en

la presente Resolución.

1.1 Características de los Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas

que se emiten:

a) Emisión de Obligaciones del Estado a quince años.-Las

Obligaciones que se emitan como resultado de la subasta que se convoca

devengarán un tipo nominal de interés, pagadero por anualidades vencidas,

del 4,75 por 100 y se amortizarán a la par el día 30 de julio de 2014.

Los cupones anuales vencerán el 30 de julio de cada año, siendo el primero

a pagar el 30 de julio de 2000.

b) Emisiones de Bonos del Estado a tres y cinco años y Obligaciones

del Estado a diez años.-El tipo de interés nominal anual y las fechas

de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que

establecieron la Resolución de esta Dirección General de 16 de julio de 1998

para las emisiones de Bonos del Estado a tres años al 4,25 por 100,

vencimiento el 30 de julio de 2002, y de Bonos del Estado a cinco años al

4,50 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2004, y la Resolución de 10

de junio de 1998 para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años

al 5,15 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2009. El primer cupón a

pagar en los valores que se emitan será, por su importe completo, el de

30 de julio de 2000.

1.2 Según se prevé en el número cuarto de la Orden de 14 de octubre

de 1998, el importe nominal mínimo en que habrán de formularse las

ofertas competitivas será de 500.000 pesetas y el de las ofertas no

competitivas de 10.000 pesetas. En ambos casos, las peticiones por importes

superiores se harán en múltiplos de 10.000 pesetas.

1.3 Los Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas que se emitan

se pondrán en circulación los días4y7dediciembre de 1998, fechas

de desembolso y adeudo en cuenta fijadas para los titulares de cuentas

en la Central de Anotaciones, y los Bonos a tres y cinco años y las

Obligaciones a diez años se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas

en el apartado 1.1.b) de esta Resolución, teniendo la consideración de

ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión

a partir de su puesta en circulación.

1.4 Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en

las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la

Resolución de 26 de enero de 1998 de esta Dirección General, con

posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de

suscripción pública de la Deuda que se emite.

2. Se dispone la emisión de Obligaciones del Estado en ecus-euros

a diez años y se convoca la correspondiente subasta, que habrá de

celebrarse el 15 de diciembre de 1998, con arreglo al procedimiento previsto

en la Resolución de 1 de junio de 1998 de esta Dirección General y en

la presente Resolución.

2.1 Características de los valores que se emiten: Las Obligaciones

tendrán como fecha de emisión el 22 de diciembre de 1998, se amortizarán

por su valor nominal el 30 de julio de 2009, el tipo de interés nominal

será del 5,15 por 100 anual y los cupones se pagarán por anualidades

vencidas. El primer cupón comienza a devengarse el 30 de julio de 1999

y será pagadero el 30 de julio de 2000.

2.2 Las Obligaciones del Estado en ecus-euros se consolidarán con

las Obligaciones del Estado a diez años emitidas en pesetas, con idéntica

fecha de vencimiento y el mismo tipo de interés nominal, de la emisión

que se reseña en el apartado 1.1.b) de esta Resolución. La consolidación

tendrá lugar durante el mes de febrero de 1999, una vez que la Central

de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de cuenta y, a partir

de ese momento, las Obligaciones del Estado en ecus-euros se identificarán

por el mismo código valor asignado originariamente por la Central de

Anotaciones a las Obligaciones del Estado en pesetas con las que se

consolidan. La fecha exacta en que se producirá la consolidación se anunciará

mediante Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política

Financiera.

3. Los Bonos y Obligaciones cuya emisión se dispone por la presente

Resolución tienen la calificación de Bonos segregables y, en consecuencia,

el tratamiento fiscal de las Obligaciones del Estado en ecus-euros será

el establecido con carácter general para la Deuda segregable. No obstante,

las operaciones de segregación y reconstitución de las emisiones que se

ponen en oferta sólo se podrán realizar a partir del momento en que

la Dirección General del Tesoro y Política Financiera lo autorice mediante

la correspondiente Resolución.

4. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo

a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de

equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del

Estado en pesetas cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con

lo previsto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 26 de enero de 1998.

Madrid, 17 de noviembre de 1998.-El Director general, Jaime Caruana

Lacorte.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del

Estado a tres años al 4,25 por 100, vencimiento el 30 de junio de 2002

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *

99,10 3,717 99,41 3,625

99,11 3,714 99,42 3,623

99,12 3,711 99,43 3,620

99,13 3,708 99,44 3,617

99,14 3,705 99,45 3,614

99,15 3,702 99,46 3,611

99,16 3,699 99,47 3,608

99,17 3,696 99,48 3,605

99,18 3,693 99,49 3,602

99,19 3,690 99,50 3,599

99,20 3,688 99,51 3,596

99,21 3,685 99,52 3,593

99,22 3,682 99,53 3,590

99,23 3,679 99,54 3,587

99,24 3,676 99,55 3,584

99,25 3,673 99,56 3,581

99,26 3,670 99,57 3,578

99,27 3,667 99,58 3,575

99,28 3,664 99,59 3,572

99,29 3,661 99,60 3,569

99,30 3,658 99,61 3,567

99,31 3,655 99,62 3,564

99,32 3,652 99,63 3,561

99,33 3,649 99,64 3,558

99,34 3,646 99,65 3,555

99,35 3,643 99,66 3,552

99,36 3,640 99,67 3,549

99,37 3,637 99,68 3,546

99,38 3,634 99,69 3,543

99,39 3,631 99,70 3,540

99,40 3,628

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del

Estado a cinco años, al 4,50 por 100, vencimiento 30 de julio de 2004

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *

99,80 3,975 100,11 3,914

99,81 3,973 100,12 3,912

99,82 3,971 100,13 3,910

99,83 3,970 100,14 3,908

99,84 3,968 100,15 3,906

99,85 3,966 100,16 3,904

99,86 3,964 100,17 3,902

99,87 3,962 100,18 3,900

99,88 3,960 100,19 3,898

99,89 3,958 100,20 3,896

99,90 3,956 100,21 3,894

99,91 3,954 100,22 3,892

99,92 3,952 100,23 3,890

99,93 3,950 100,24 3,888

99,94 3,948 100,25 3,886

99,95 3,946 100,26 3,884

99,96 3,944 100,27 3,882

99,97 3,942 100,28 3,880

99,98 3,940 100,29 3,878

99,99 3,938 100,30 3,876

100,00 3,936 100,31 3,874

100,01 3,934 100,32 3,872

100,02 3,932 100,33 3,870

100,03 3,930 100,34 3,868

100,04 3,928 100,35 3,866

100,05 3,926 100,36 3,864

100,06 3,924 100,37 3,862

100,07 3,922 100,38 3,861

100,08 3,920 100,39 3,859

100,09 3,918 100,40 3,857

100,10 3,916

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones

del Estado a diez años al 5,15 por 100, vencimiento 30 de julio de 2009

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *

100,75 4,667 102,05 4,514

100,80 4,661 102,10 4,508

100,85 4,655 102,15 4,502

100,90 4,649 102,20 4,496

100,95 4,643 102,25 4,490

101,00 4,637 102,30 4,485

101,05 4,631 102,35 4,479

101,10 4,625 102,40 4,473

101,15 4,620 102,45 4,467

101,20 4,614 102,50 4,461

101,25 4,608 102,55 4,456

101,30 4,602 102,60 4,450

101,35 4,596 102,65 4,444

101,40 4,590 102,70 4,438

101,45 4,584 102,75 4,432

101,50 4,578 102,80 4,427

101,55 4,572 102,85 4,421

101,60 4,567 102,90 4,415

101,65 4,561 102,95 4,409

101,70 4,555 103,00 4,403

101,75 4,549 103,05 4,398

101,80 4,543 103,10 4,392

101,85 4,537 103,15 4,386

101,90 4,531 103,20 4,380

101,95 4,526 103,25 4,375

102,00 4,520

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones

del Estado a quince años, al 4,75 por 100, vencimiento 30 de julio

de 2014

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *

94,50 4,990 95,80 4,867

94,55 4,985 95,85 4,862

94,60 4,980 95,90 4,857

94,65 4,975 95,95 4,853

94,70 4,971 96,00 4,848

94,75 4,966 96,05 4,843

94,80 4,961 96,10 4,839

94,85 4,956 96,15 4,834

94,90 4,952 96,20 4,829

94,95 4,947 96,25 4,825

95,00 4,942 96,30 4,820

95,05 4,937 96,35 4,815

95,10 4,933 96,40 4,811

95,15 4,928 96,45 4,806

95,20 4,923 96,50 4,801

95,25 4,919 96,55 4,797

95,30 4,914 96,60 4,792

95,35 4,909 96,65 4,788

95,40 4,904 96,70 4,783

95,45 4,900 96,75 4,778

95,50 4,895 96,80 4,774

95,55 4,890 96,85 4,769

95,60 4,886 96,90 4,764

95,65 4,881 96,95 4,760

95,70 4,876 97,00 4,755

95,75 4,872

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

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