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Documento BOE-A-1998-26985

Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas y en ecus-euros a realizar en el mes de diciembre de 1998, y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 1998, páginas 38567 a 38569 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-26985

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de enero de 1998 autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1998 y enero de 1999, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse que, con ligeras modificaciones, son una prórroga de las vigentes en 1997, manteniéndose la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.

En virtud de la citada autorización, la Resolución de esta Dirección General de 26 de enero de 1998 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas, incluidas las segundas vueltas, e hizo público el calendario de subastas ordinarias para 1998, posteriormente modificado por las Resoluciones de 14 de mayo, 31 de julio y 20 de octubre de 1998. Para el cumplimiento de dicho calendario es necesario fijar las características de las emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas previstas para el próximo mes de diciembre de 1998 y convocar las correspondientes subastas.

Asimismo, la Resolución de esta Dirección General de 1 de junio de 1998 reguló la emisión de Obligaciones del Estado en ecus-euros durante 1998 y estableció que su emisión se efectuaría mediante subastas de periodicidad mensual, procediendo, a tal efecto, disponer la emisión de estas Obligaciones para el próximo mes de diciembre y convocar la correspondiente subasta.

En las subastas que se convocan, se considera conveniente iniciar una nueva emisión de Obligaciones del Estado a quince años, que tendrán la calificación de Bonos segregables de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997. En las demás referencias que se vienen poniendo en oferta se emiten nuevos tramos, a fin de completar el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, y las Obligaciones en ecus-euros que se emitan se consolidarán durante el mes de febrero de 1999, una vez que la Central de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de cuenta, con las Obligaciones a diez años en pesetas de la referencia que se pone en oferta, según se prevé en la Resolución de 1 de junio de 1998.

Por último, la Orden de 14 de octubre de 1998 ha eliminado los valores nominales unitarios de la Deuda del Estado anotada y ha regulado determinados aspectos de las operaciones de suscripción y compraventa de los Bonos y Obligaciones del Estado afectados por esta medida, mediante la que se convierten las tenencias constituidas por valores del mismo código valor en tenencias de saldos nominales.

En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 26 de enero de 1998, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer la emisión de Bonos del Estado en pesetas a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado en pesetas a diez y quince años en el mes de diciembre de 1998 y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en las Órdenes de 26 de enero y 14 de octubre de 1998, en la Resolución de 26 de enero de 1998 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.

1.1 Características de los Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas que se emiten:

a) Emisión de Obligaciones del Estado a quince años. Las Obligaciones que se emitan como resultado de la subasta que se convoca devengarán un tipo nominal de interés, pagadero por anualidades vencidas, del 4,75 por 100 y se amortizarán a la par el día 30 de julio de 2014. Los cupones anuales vencerán el 30 de julio de cada año, siendo el primero a pagar el 30 de julio de 2000.

b) Emisiones de Bonos del Estado a tres y cinco años y Obligaciones del Estado a diez años. El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron la Resolución de esta Dirección General de 16 de julio de 1998 para las emisiones de Bonos del Estado a tres años al 4,25 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2002, y de Bonos del Estado a cinco años al 4,50 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2004, y la Resolución de 10 de junio de 1998 para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 5,15 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2009. El primer cupón a pagar en los valores que se emitan será, por su importe completo, el de 30 de julio de 2000.

1.2 Según se prevé en el número cuarto de la Orden de 14 de octubre de 1998, el importe nominal mínimo en que habrán de formularse las ofertas competitivas será de 500.000 pesetas y el de las ofertas no competitivas de 10.000 pesetas. En ambos casos, las peticiones por importes superiores se harán en múltiplos de 10.000 pesetas.

1.3 Los Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas que se emitan se pondrán en circulación los días 4 y 7 de diciembre de 1998, fechas de desembolso y adeudo en cuenta fijadas para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones, y los Bonos a tres y cinco años y las Obligaciones a diez años se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 1.1.b) de esta Resolución, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

1.4 Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 26 de enero de 1998 de esta Dirección General, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite.

2. Se dispone la emisión de Obligaciones del Estado en ecus-euros a diez años y se convoca la correspondiente subasta, que habrá de celebrarse el 15 de diciembre de 1998, con arreglo al procedimiento previsto en la Resolución de 1 de junio de 1998 de esta Dirección General y en la presente Resolución.

2.1 Características de los valores que se emiten: Las Obligaciones tendrán como fecha de emisión el 22 de diciembre de 1998, se amortizarán por su valor nominal el 30 de julio de 2009, el tipo de interés nominal será del 5,15 por 100 anual y los cupones se pagarán por anualidades vencidas. El primer cupón comienza a devengarse el 30 de julio de 1999 y será pagadero el 30 de julio de 2000.

2.2 Las Obligaciones del Estado en ecus-euros se consolidarán con las Obligaciones del Estado a diez años emitidas en pesetas, con idéntica fecha de vencimiento y el mismo tipo de interés nominal, de la emisión que se reseña en el apartado 1.1.b) de esta Resolución. La consolidación tendrá lugar durante el mes de febrero de 1999, una vez que la Central de Anotaciones haya adoptado el euro como unidad de cuenta y, a partir de ese momento, las Obligaciones del Estado en ecus-euros se identificarán por el mismo código valor asignado originariamente por la Central de Anotaciones a las Obligaciones del Estado en pesetas con las que se consolidan. La fecha exacta en que se producirá la consolidación se anunciará mediante Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

3. Los Bonos y Obligaciones cuya emisión se dispone por la presente Resolución tienen la calificación de Bonos segregables y, en consecuencia, el tratamiento fiscal de las Obligaciones del Estado en ecus-euros será el establecido con carácter general para la Deuda segregable. No obstante, las operaciones de segregación y reconstitución de las emisiones que se ponen en oferta sólo se podrán realizar a partir del momento en que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera lo autorice mediante la correspondiente Resolución.

4. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado en pesetas cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 26 de enero de 1998.

Madrid, 17 de noviembre de 1998.‒El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años al 4,25 por 100, vencimiento el 30 de junio de 2002

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio Rendimiento bruto *
99,10 3,717
99,11 3,714
99,12 3,711
99,13 3,708
99,14 3,705
99,15 3,702
99,16 3,699
99,17 3,696
99,18 3,693
99,19 3,690
99,20 3,688
99,21 3,685
99,22 3,682
99,23 3,679
99,24 3,676
99,25 3,673
99,26 3,670
99,27 3,667
99,28 3,664
99,29 3,661
99,30 3,658
99,31 3,655
99,32 3,652
99,33 3,649
99,34 3,646
99,35 3,643
99,36 3,640
99,37 3,637
99,38 3,634
99,39 3,631
99,40 3,628
99,41 3,625
99,42 3,623
99,43 3,620
99,44 3,617
99,45 3,614
99,46 3,611
99,47 3,608
99,48 3,605
99,49 3,602
99,50 3,599
99,51 3,596
99,52 3,593
99,53 3,590
99,54 3,587
99,55 3,584
99,56 3,581
99,57 3,578
99,58 3,575
99,59 3,572
99,60 3,569
99,61 3,567
99,62 3,564
99,63 3,561
99,64 3,558
99,65 3,555
99,66 3,552
99,67 3,549
99,68 3,546
99,69 3,543
99,70 3,540

*Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a cinco años, al 4,50 por 100, vencimiento 30 de julio de 2004

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio Rendimiento bruto *
99,80 3,975
99,81 3,973
99,82 3,971
99,83 3,970
99,84 3,968
99,85 3,966
99,86 3,964
99,87 3,962
99,88 3,960
99,89 3,958
99,90 3,956
99,91 3,954
99,92 3,952
99,93 3,950
99,94 3,948
99,95 3,946
99,96 3,944
99,97 3,942
99,98 3,940
99,99 3,938
100,00 3,936
100,01 3,934
100,02 3,932
100,03 3,930
100,04 3,928
100,05 3,926
100,06 3,924
100,07 3,922
100,08 3,920
100,09 3,918
100,10 3,916
100,11 3,914
100,12 3,912
100,13 3,910
100,14 3,908
100,15 3,906
100,16 3,904
100,17 3,902
100,18 3,900
100,19 3,898
100,20 3,896
100,21 3,894
100,22 3,892
100,23 3,890
100,24 3,888
100,25 3,886
100,26 3,884
100,27 3,882
100,28 3,880
100,29 3,878
100,30 3,876
100,31 3,874
100,32 3,872
100,33 3,870
100,34 3,868
100,35 3,866
100,36 3,864
100,37 3,862
100,38 3,861
100,39 3,859
100,40 3,857

*Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años al 5,15 por 100, vencimiento 30 de julio de 2009

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio Rendimiento bruto *
100,75 4,667
100,80 4,661
100,85 4,655
100,90 4,649
100,95 4,643
101,00 4,637
101,05 4,631
101,10 4,625
101,15 4,620
101,20 4,614
101,25 4,608
101,30 4,602
101,35 4,596
101,40 4,590
101,45 4,584
101,50 4,578
101,55 4,572
101,60 4,567
101,65 4,561
101,70 4,555
101,75 4,549
101,80 4,543
101,85 4,537
101,90 4,531
101,95 4,526
102,00 4,520
102,05 4,514
102,10 4,508
102,15 4,502
102,20 4,496
102,25 4,490
102,30 4,485
102,35 4,479
102,40 4,473
102,45 4,467
102,50 4,461
102,55 4,456
102,60 4,450
102,65 4,444
102,70 4,438
102,75 4,432
102,80 4,427
102,85 4,421
102,90 4,415
102,95 4,409
103,00 4,403
103,05 4,398
103,10 4,392
103,15 4,386
103,20 4,380
103,25 4,375

*Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años, al 4,75 por 100, vencimiento 30 de julio de 2014

Subasta mes de diciembre

Porcentaje

Precio Rendimiento bruto *
94,50 4,990
94,55 4,985
94,60 4,980
94,65 4,975
94,70 4,971
94,75 4,966
94,80 4,961
94,85 4,956
94,90 4,952
94,95 4,947
95,00 4,942
95,05 4,937
95,10 4,933
95,15 4,928
95,20 4,923
95,25 4,919
95,30 4,914
95,35 4,909
95,40 4,904
95,45 4,900
95,50 4,895
95,55 4,890
95,60 4,886
95,65 4,881
95,70 4,876
95,75 4,872
95,80 4,867
95,85 4,862
95,90 4,857
95,95 4,853
96,00 4,848
96,05 4,843
96,10 4,839
96,15 4,834
96,20 4,829
96,25 4,825
96,30 4,820
96,35 4,815
96,40 4,811
96,45 4,806
96,50 4,801
96,55 4,797
96,60 4,792
96,65 4,788
96,70 4,783
96,75 4,778
96,80 4,774
96,85 4,769
96,90 4,764
96,95 4,760
97,00 4,755

*Rendimientos redondeados al tercer decimal.

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