Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Cáceres), con fecha 10 de septiembre de 1998, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 553/1995, promovido por don Eustaquio Caballero Albujar, sobre abandono definitivo de la producción lechera; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Crespo Candela, en nombre y representación de don Eustaquio Caballero Albujar, contra la Resolución referida en el primer fundamento, debemos declarar y declaramos que la misma es ajustada a Derecho, sin hacer pronunciamiento expreso respecto a las costas procesales causadas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 3 de noviembre de 1998.‒P. D. (Orden de 28 de julio de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (F.E.G.A.).
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