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Documento BOE-A-1998-2706

Resolución de 19 de enero de 1998, de la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraría y Alimentaria (INIA), por la que se da publicidad al Convenioespecífico entre el INIA y el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA), Organismo autónomo de la Generalidad Valenciana, de 15 de diciembre de 1997, en aplicación de la Ley 13/1986, de 14 de abril; la Orden de 23 de abril de 1993, y la Orden de 29 de junio de 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 1998, páginas 4417 a 4418 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-2706

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Convenio específico suscrito el 15 de diciembre de 1997 entre el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) y el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA), Organismo autónomo de la Generalidad Valenciana, en aplicación de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y Técnica; la Orden de 23 de abril de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se crea el Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, y la Orden de 29 de junio de 1995 por la que se establecen los objetivos, directrices y normas generales del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para el cuatrienio 1996-1999.

Madrid, 19 de enero de 1998.-El Presidente, Jesús Miranda de Larra y de Onís.

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL INIA Y EL INSTITUTO VALENCIANO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS DE LA GENERALIDAD VALENCIANA PARA EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA SECTORIAL DE I + D AGRARIO Y ALIMENTARIO DEL MAPA Y AL PROGRAMA DE CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DE RECURSOS FITOGENÉTICOS

En Madrid a 15 de diciembre de 1997.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Jesús Miranda de Larra y de Onís, Presidente del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con CIF número Q-2821013-F, cargo para el que es nombrado por Real Decreto 1236/1996, de 24 de mayo, actuando en nombre del Gobierno de la Nación, en virtud de lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995 por el que se delega la competencia para la celebración de Convenios de Colaboración con las Comunidades Autónomas.

De otra parte, el excelentísimo señor don Florentino Juan Juste Pérez, Director del Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (CIF Q-9650009-E) (en lo sucesivo IVIA), Organismo autónomo de la Generalidad Valenciana, en nombre y representación del mismo, en base a las atribuciones contenidas en el artículo 8, apartado 2, de la Ley 4/1991, de creación como entidad autónoma del mencionado Instituto.

Ambas partes se reconocen capacidad suficiente y

EXPONEN

Uno. Que con fecha 30 de julio del ejercicio de 1996, y con una vigencia de cuatro años, fue establecido un Convenio Marco de Colaboración, cuyo objeto lo constituye el desarrollo, por el IVIA, de los proyectos y acciones de investigación que, correspondiendo a su ámbito territorial, resulten aprobados en el marco del Programa Sectorial de I + D Agrario y Alimentario del MAPA y en el del Programa de Conservación y Utilización de Recursos Fitogenéticos, así como cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución de convenios, contratos o acuerdos establecidos o que puedan establecerse con Organismos nacionales y/o internacionales o con entidades y personas físicas y/o jurídicas nacionales o extranjeras.

Dos. Que la distribución de los fondos que, en virtud del presente Convenio, se aportan por el INIA ha sido sometida a la Conferencia Sectorial del día 2 de diciembre, y figura en el Acuerdo del Consejo de Ministros que será adoptado próximamente.

Tres. Que por la Presidencia del INIA se dictarán Resoluciones por las que se aprueban las asignaciones económicas a los proyectos que se incluyen como anexo al presente Convenio, cuyo desarrollo corresponde al IVIA.

De acuerdo con lo que antecede, las partes suscriben el presente Convenio específico de colaboración con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El objeto del presente Convenio específico de colaboración lo constituye la ejecución, en el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana, de las acciones en materia de infraestructura documental y bibliográfica que se incluyen como anexo único.

Segunda. Financiación.-El INIA, con cargo a las dotaciones presupuestarias del capítulo VI, transferirá al IVIA un importe total de 5.020.000 pesetas, de acuerdo con el detalle que figura en el anexo único, ya mencionado, al presente Convenio de colaboración.

Tercera. Forma de pago.-Los pagos derivados del presente Convenio de colaboración, correspondientes al importe total a que se refiere la cláusula segunda, se realizarán en una sola vez, antes del 31 de diciembre del presente ejercicio económico de 1997.

Cuarta. Información.-Finalizado el ejercicio económico, el IVIA remitirá al INIA la documentación o justificación que, por dicho Organismo, pueda serle solicitada relativa a las acciones desarrolladas en materia de infraestructura documental y bibliográfica.

Quinta. Período de vigencia.-El presente Convenio específico de colaboración surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y mantendrá su vigencia hasta el día 31 de diciembre de 1997.

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha anteriormente indicados.-Por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), Jesús Miranda de Larra y de Onís.-Por el Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias (IVIA), Florentino Juan Juste Pérez.

ANEXO

Comunidad Autónoma: Valencia

Concepto

presup. / Título / Importe / Proyecto

197-009 / 620 / Suscripción de publicaciones periódicas. Suscripción CABI en CD-ROM. Suscripción ISBN en CD-ROM / 5.020.000

Total / 5.020.000

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