La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, con fecha 30 de abril
de 1998, en el recurso contencioso-administrativo numero 709/1995, en
el que son partes, de una, como demandante, don Francisco Rodríguez
Granados, y de otra, como demandada, la Administración General del
Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra Acuerdo del Ministerio de Defensa
por el que se deniega la integración en el grupo D.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Que, estimando sustancialmente el recurso formulado por
don Francisco Rodríguez Granados, contra la resolución que se dice en
el antecedente primero de esta sentencia, debemos anular y anulamos
dicha resolución, y, en consecuencia, declaramos el derecho del actor a
ser incluido en el grupo D de clasificación, así como a que se le abonen
los haberes dejados de percibir en los años anteriores a su solicitud,
condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración y al abono
de las citadas cantidades más los intereses legales. Todo ello sin hacer
expresa imposición de las costas a ninguna de las partes."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, en lo que
afecta al ámbito de competencias del Departamento, de conformidad con
lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos
concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado",
para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de
la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 4 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre
de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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