En el recurso contencioso-administrativo número 1.157/1995, seguido a instancia de doña Isabel García Concellón, y que versa sobre Resolución denegatoria del Rectorado de la Universidad de Extremadura, de fecha 31 de marzo de 1995, de la petición efectuada por la recurrente el 3 de febrero de 1995, solicitando reducción de jornada laboral motivada por proceso de recuperación por enfermedad, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado sentencia número 1.358/1997, de fecha 24 de noviembre, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento:
"Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Isabel García Concellón, contra la Resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, de fecha 31 de marzo de 1995, que denegó la petición de reducción de jornada laboral, debemos declarar y declaramos que el acto administrativo impugnado es conforme a Derecho. No hacemos especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas."
En su virtud, este Rectorado, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1989, de 1 de junio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Badajoz, 15 de diciembre de 1997.-El Rector, César Chaparro Gómez.
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