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Documento BOE-A-1998-27380

Acuerdo de 10 de noviembre de 1998, de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria de becas para la realización de estudios y trabajos sobre comunicación institucional relacionados con el Parlamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 1998, páginas 39160 a 39161 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-1998-27380

TEXTO ORIGINAL

En el ámbito de sus actividades destinadas a difundir el mejor

conocimiento de la institución parlamentaria y las informaciones que en ella

se generan, el Congreso de los Diputados, por Acuerdo de la Mesa de

la Cámara de 10 de noviembre de 1998, convoca el presente concurso

con el fin de adjudicar cuatro becas individuales para la realización de

estudios y trabajos sobre comunicación institucional, tanto en sus aspectos

de comunicación interna como externa, relacionados con el Parlamento,

de acuerdo con las bases que figuran a continuación.

Primera.Objeto. El Congreso de los Diputados convoca cuatro becas

individuales para realizar trabajos o estudios sobre comunicación

institucional relacionados con la actividad parlamentaria que encomiende el

Departamento de Prensa de la Cámara. Los estudios y trabajos realizados

quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.

Segunda. Duración y cuantía.

1. Cada una de las cuatro becas tendrá una duración de doce meses,

prorrogables por otro período igual, y su cuantía total será de 1.715.280

pesetas brutas cada año, que se percibirán finalizado cada mes a razón

de 142.940 pesetas. El Congreso de los Diputados contratará un seguro

de accidentes y enfermedad para cada uno de los becarios por el tiempo

de duración de la beca, en el supuesto de que no tuvieran cubiertas estas

contingencias, y dentro de las condiciones propias de este tipo de contratos.

Las becas serán incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo

período.

2. La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral

o funcionarial entre el becario y la Cámara.

Tercera. Jurado.

1. Las becas se concederán por la Mesa del Congreso de los Diputados,

a propuesta de un Jurado integrado por el Presidente de la Cámara o

Vicepresidente en quien delegue, que lo presidirá; un Secretario de la

Mesa, el Secretario general o, por delegación, un Secretario general adjunto

y el Jefe del Departamento de Prensa, que actuará como Secretario. De

las deliberaciones se levantará acta con los acuerdos del Jurado y la firma

del Secretario con el visto bueno del Presidente.

2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Jurado se

reunirá para examinarlas y elevar la propuesta a la Mesa antes del

día 26 de diciembre de 1998.

3. La concesión de las becas se propondrá por el Jurado por mayoría

de votos y se otorgarán por la Mesa, igualmente, por mayoría de votos,

pero también podrán declararse desiertas. El Jurado propondrá asimismo

cuatro suplentes para el caso de renuncia de los adjudicatarios.

Cuarta. Solicitantes.

Podrán solicitar la concesión de beca los Licenciados universitarios

españoles en Ciencias de la Información que reúnan las siguientes

condiciones:

a) Haber obtenido la licenciatura en los diez años anteriores a la

fecha de publicación de esta convocatoria.

b) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca del

Congreso de los Diputados de las mismas características.

2. Los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico

que impida la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separados,

mediante expediente disciplinario, de servicios del Estado o de cualquier

Ente Territorial.

3. Se valorará como mérito el conocimiento de idiomas, que será

alegado y acreditado junto con la solicitud.

4. El Jurado hará una preselección de los candidatos para realizar

una entrevista personal. El lugar, fecha y hora será comunicado a cada

uno de ellos oportunamente.

Quinta. Solicitudes.

1. Los solicitantes de las becas deberán presentar una instancia

dirigida al Secretario general del Congreso de los Diputados dentro de los

diez días hábiles siguientes al de la publicación de este anuncio en el

"Boletín Oficial del Estado", en el Registro de la Secretaría General (calle

Floridablanca, sin número, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071

Madrid), en horario de diez a catorce horas, acompañada del currículum

vitae, fotocopia del documento nacional de identidad, dos fotografías

recientes de tamaño carné y el formulario que se publica como anejo a

la presente convocatoria.

2. La formación teórica de los solicitantes se computará según las

horas lectivas de los cursos realizados (al margen de la carrera que les

habilita para concurrir a este concurso).

3. La experiencia práctica se evaluará por meses completos.

4. Ambos extremos deberán figurar claramente expresados en el

formulario de instancias.

5. El Jurado podrá exigir a cualquiera de los solicitantes la

presentación de las certificaciones que demuestren los méritos alegados.

6. En todo caso, los candidatos preseleccionados deberán poner a

disposición del Jurado, el día de la entrevista, las certificaciones de los

méritos alegados.

Sexta. Obligaciones del becario.

1. La aceptación de la beca implica el compromiso de:

a) Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que

resulten de aplicación como consecuencia de las mismas.

b) Comenzar el disfrute de la beca el día que se señale.

2. El becario llevará a cabo las tareas que se le encomienden por

el Departamento de Prensa en las condiciones de lugar y tiempo que se

le indiquen, con un mínimo de siete horas diarias, y en alguna de las

dependencias del Departamento de Prensa. El horario será, de lunes a

viernes, de nueve a catorce treinta, y de dieciséis a dieciocho treinta horas,

de martes a jueves, sin perjuicio de las modificaciones que

excepcionalmente puedan hacerse como consecuencia de la organización de los

servicios en donde se realicen prácticas.

3. El becario estará obligado a observar la mayor discreción en todo

lo que se refiere a los asuntos, hechos o informaciones de los que hubiera

tenido conocimiento durante el período de la beca. No deberá comunicar

bajo ninguna forma documentos o informaciones que no hubieran sido

hechos públicos a personas que no estuvieren cualificados para tener

conocimientos de los mismos, a reserva del acuerdo previo de la institución.

Seguirá sometido a esta obligación después de finalizar su período de

prácticas.

4. El Congreso se reserva el derecho de suspender la beca en el

supuesto de que el becario no realizara los trabajos para su formación práctica

en condiciones satisfactorias.

5. El incumplimiento por el becario de sus obligaciones podrá dar

lugar a la privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, sin

perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles.

Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 1998.

TRILLO-FIGUEROA MARTÍNEZ-CONDE

ANEJO

Formulario para la convocatoria de becas para la realización de estudios

y trabajos sobre comunicación institucional relacionados con el

Parlamento

Apellidos y nombre:

1. ............................................................................

Licenciatura en Fecha obtención título:

2. ............................................................................

Títulos, diplomas y estudios sobre comunicación y/o comunicación

institucional Número de horas lectivas:

3. ............................................................................

4. ............................................................................

5. ............................................................................

6. ............................................................................

7. ............................................................................

Idiomas que habla:

8. ............................................................................

Idiomas que traduce:

9. ............................................................................

Otros estudios:

10. ...........................................................................

11. ...........................................................................

Trabajo y experiencia: Número de meses

12. ...........................................................................

13. ...........................................................................

14. ...........................................................................

15. ...........................................................................

16. ...........................................................................

17. ...........................................................................

Otras consideraciones de interés:

18. ...........................................................................

19. ...........................................................................

20. ...........................................................................

(Lugar, fecha y firma.)

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