La Dirección General del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas, de conformidad con lo establecido en
la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear, y en uso de las
facultades delegadas por Resolución de 17 de diciembre de 1993 ("Boletín
Oficial del Estado" del 29), del Presidente del Centro de Investigaciones
Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, acuerda hacer pública la
siguiente convocatoria para la adjudicación de cinco plazas de becario
para estancias de Doctores y Tecnólogos en los laboratorios del CIEMAT.
La presente convocatoria se regirá por las normas específicas
contenidas en los anexos de esta Resolución; la Ley 13/1986, de 14 de abril,
de Fomento de la Investigación Científica Técnica ("Boletín Oficial del
Estado" del 15); el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria
("Boletín Oficial del Estado" del 23), modificado por las Leyes 31/1990,
de 17 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 28) y 31/1991, de 30
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 31), de Presupuestos
Generales del Estado para 1991 y 1992, respectivamente; la Ley 21/1993, de 29
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994 ("Boletín
Oficial del Estado" del 30); el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión
de Subvenciones Públicas ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y demás
normas vigentes que sean de aplicación.
Su financiación se efectuará con cargo al concepto 483 de los
Presupuestos de Gastos del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT).
La resolución de concesión de becas será publicada en los tablones
de anuncios del CIEMAT y comunicada directamente a los adjudicatarios,
entendiéndose como desestimadas las que no se relacionen o comuniquen.
La resolución de concesión pone fin a la vía administrativa. En el
supuesto de no producirse la resolución en el plazo de dos meses desde
el final del plazo de presentación de instancias, se entenderán desestimadas
las solicitudes.
Normas comunes de presentación de solicitudes y disfrute
de las becas convocadas
1. Requisitos de los solicitantes
Para optar a las becas para estancias de Doctores y Tecnólogos en
los laboratorios del CIEMAT será necesario cumplir con los siguientes
requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión
Europea.
b) Estar en posesión del grado de Doctor, o ser Ingeniero superior
o Licenciado universitario y poder acreditar documentalmente la
realización de trabajos de interés tecnológico, durante, al menos, dos años
en centros públicos o privados de investigación de reconocido prestigio.
En el momento de la solicitud, los títulos conseguidos en el extranjero
o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o en fase
de convalidación, lo que deberá demostrarse documentalmente, sin
perjuicio del necesario aporte documental ulterior de dicha homologación.
c) Poseer conocimientos adecuados a las áreas o temas de
investigación relacionadas en las que se desea trabajar durante el disfrute de
la beca.
d) No padecer defecto físico alguno que impida el normal desarrollo
de la beca.
2. Condiciones de las becas
2.1 Las tareas de investigación objeto de las becas que se convocan
se realizarán en las instalaciones del Centro de Investigaciones Energéticas,
Medioambientales y Tecnológicas, por lo que será imprescindible la
presencia física de los adjudicatarios durante la jornada de trabajo establecida
en el centro.
2.2 Los adjudicatarios de las becas deberán estar en situación de
poder incorporarse al CIEMAT en la fecha de iniciación que se establezca,
que será como máximo tres meses después de la publicación de la lista
de seleccionados.
2.3 La concesión y disfrute de las presentes becas no establece
relación contractual o estatutaria alguna.
3. Obligaciones de los beneficiarios
3.1 La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la
aceptación de los términos de la presente convocatoria, así como de
aquellas normas de régimen interior que se establezcan por la Dirección del
CIEMAT y de las señaladas por el Ministerio de Economía y Hacienda
para la justificación de los fondos públicos recibidos.
4. Formalización de las solicitudes
4.1 Los solicitantes dirigirán su instancia, en el modelo normalizado
que figura como anexo I, al ilustrísimo señor Director general del CIEMAT.
4.2 En la instancia se hará constar que se cumplen los requisitos
expuestos en el punto 1 de la convocatoria, así como los méritos que
se consideren oportunos hacer constar y el tema en que se desearía
desarrollar la investigación.
4.3 Se acompañará a la instancia fotocopia del documento nacional
de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante y toda aquella
documentación que justifique tanto los requisitos exigidos como los méritos
alegados, uniendo currículum vitae lo más completo posible.
4.4 El plazo de admisión de instancias terminará el día 15 de diciembre
de 1998, pudiendo presentarse en el Registro General del CIEMAT (avenida
Complutense, 22, 28040 Madrid), o de cualquiera de las formas que la
Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, establece.
5. Duración, cuantía y forma de pago de las becas
5.1 La duración de las becas será de un año, pudiendo prorrogarse
por un año más, y excepcionalmente hasta un tercero, en función de la
marcha de los trabajos y de la disponibilidad presupuestaria.
5.2 La cuantía de cada beca será de 2.700.000 pesetas íntegras anuales.
Igualmente se abonarán los gastos que pudieran ocasionar los
desplazamientos que hubieran de realizarse para la ejecución de las investigaciones.
6. Selección de los aspirantes
La selección será realizada por una comisión formada por:
Presidente: El Director general del CIEMAT.
Vocales: El Subdirector general de Recursos Humanos del CIEMAT y
dos Investigadores, designados por el Director general del CIEMAT.
Secretario: El Director del Instituto de Estudios de la Energía.
Áreas o temas de investigación
Biotratamiento de efluentes líquidos industriales.
Desarrollo de un programa universal de simulación, optimización y
dimensionado de sistemas fotovoltaicos.
Desarrollo de recubrimientos antirreflectantes producidos por sol-gel.
Desarrollo de un sistema de almacenamiento cinético de energía.
Experimentos de física nuclear asociados a la fisión asistida por
acelerador y los ADS.
Alineamiento de precisión por técnicas optomecánicas.
Contaminación atmosférica: Caracterización y estudio de procesos
físico-químicos.
Hematopoyesis: Disfunción de los efectos producidos por agresores
ambientales y su corrección.
Madrid, 20 de octubre de 1998.-El Director general, Félix Ynduráin
Muñoz.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid