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Documento BOE-A-1998-27473

Orden de 13 de octubre de 1998 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «Escuela de Oficios Cantabria», sito en Peñacastillo, de Santander (Cantabria).

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 1998, páginas 39254 a 39254 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-27473

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la

compañía mercantil "Escuela Superior de Negocios de Cantabria, Sociedad

Limitada", solicitando la modificación de la autorización del centro de

Formación Profesional Específica "Escuela de Oficios Cantabria", sito en

la calle Primero de Mayo, 51, Peñacastillo, de Santander (Cantabria),

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del

centro de Formación Profesional Específica "Escuela de Oficios Cantabria",

sito en la calle Primero de Mayo, 51, Peñacastillo, de Santander (Cantabria),

y, como consecuencia de ello, establecer la configuración del citado centro,

que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Escuela de Oficios Cantabria". Domicilio: Calle

Primero de Mayo, 51, Peñacastillo. Localidad: Santander. Municipio:

Santander. Provincia: Cantabria. Titular: "Escuela Superior de Negocios de

Cantabria, Sociedad Limitada".

Enseñanzas autorizadas:

Ciclos formativos de grado superior:

a) Turno diurno:

Desarrollo de aplicaciones informáticas. Capacidad: Número de grupos,

dos; número de puestos escolares, 60.

Información y comercialización turísticas. Capacidad: Número de

grupos, uno; número de puestos escolares, 30.

b) Turno vespertino:

Desarrollo de aplicaciones informáticas. Capacidad: Número de grupos,

dos; número de puestos escolares, 60.

Documentación sanitaria. Capacidad: Número de grupos, uno; número

de puestos escolares, 30.

Animación de actividades físicas y deportivas. Capacidad: Número de

grupos, dos; número de puestos escolares, 60.

Segundo.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación

NBE CPI/96, de condiciones de protección contra incendios en los edificios,

aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-Con carácter previo al comienzo de las actividades del centro,

la Dirección Provincial del Departamento en Cantabria comprobará, en

relación con el ciclo formativo de grado superior de animación de

actividades físicas y deportivas, que éste cumple con los requisitos de

equipamiento que, previo informe de la Dirección General de Formación

Profesional y Promoción Educativa, se comunicarán al mismo.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas, la Dirección

Provincial del Departamento en Cantabria, previo informe del Servicio

de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del

profesorado con el que contará el centro, que cumplirá los requisitos

establecidos en la Orden de 23 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

del 27) por la que se regulan las titulaciones mínimas y condiciones que

deben poseer los Profesores para impartir Formación Profesional

Específica en los centros privados y en determinados centros de titularidad

pública.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa

comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción

ContenciosoAdministrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Madrid, 13 de octubre de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17

de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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