De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispone que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava), en el recurso número 1.013/1996, interpuesto por doña María Piedad Serena Guirado, sobre pensión de orfandad.
Madrid, 11 de noviembre de 1998.–El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Ilmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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