La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia el 1 de junio de 1998, en el recurso contencioso- administrativo número 1.154/1996, interpuesto por doña María Faustina Rodríguez Domínguez contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Tributaria de 4 de septiembre de 1996, que resolvió el concurso para la provisión de puestos de trabajo convocado por otra de 19 de abril de 1996, respecto a los puestos números 579 a 599.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Faustina Rodríguez Domínguez contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 4 de septiembre de 1996, que resolvió el concurso para provisión de puestos de trabajo (grupo B), en las Áreas de Gestión, Inspección, Recaudación y Aduanas, convocado por Resolución de 19 de abril de 1996, debemos anular y anulamos la primera de dichas resoluciones en lo que se refiere a las plazas números 579 a 599, de Subinspector adscrito B, en Madrid, por no ser conforme a Derecho y, en su lugar, condenar como condenamos a dicha Agencia a que por la Comisión de Valoración se proceda a nueva valoración de méritos de los aspirtantes a dichas plazas, otorgando a todos los integrantes de la IX promoción por trabajo desarrollado la misma puntuación de 1,91 puntos y a valorar a todos los aspirantes los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con los puestos interesados que hubieran acreditado y reunieran las condiciones exigidas en las bases, y con su resultado se proceda a adjudicar dichos puestos a los concursantes de mejor puntuación y de existir empate total, en favor de los que hubieran alcanzado mejor puesto en las pruebas de acceso al Cuerpo, sin hacer condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Madrid, 29 de octubre de 1998.–El Director general, José Aurelio García Martín.
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