La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña ha dictado sentencia, con fecha 2 de abril de 1998, en
el recurso contencioso-administrativo número 1.835/1994 en el que son
partes, de una, como demandante, doña Ángela Gómez Alcaraz, y de otra,
como demandada, la Administración General del Estado, representada y
defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para
las Administraciones Públicas, de fecha 17 de junio de 1994, que
desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 11 de enero
de 1994, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo
número 1.835/1994, promovido por doña Ángela Gómez Alcaraz, contra los actos
referidos en el primer fundamento de la presente, a que esta ªlitisº se
contrae, declarando el derecho de la recurrente a la percepción de la
cuantía de 1.120.994 pesetas, e intereses legales, sin especial condena en
costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 12 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre
de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general Técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado.
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