Visto el informe emitido por los Servicios Técnicos del Instituto de Patrimonio Histórico;
Considerando lo que disponen los artículos 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y 2.1.2 del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, para el desarrollo parcial de dicha Ley, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Reglón de Murcia 7/1984, de 24 de enero, transferidas por Real Decreto 3.031/1983, de 21 de septiembre, resuelvo:
1. Incoar expediente para la declaración como bien de interés cultural, con categoría de Monumento, a favor del Convento de Franciscanos Descalzos de San Joaquín y San Pascual, situado entre las calles Callejón de los Frailes, Mesones y plaza Esquina del Convento, en Cieza (Murcia).
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1 del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, describir para su identificación el bien objeto de la incoación, delimitando el entorno afectado, en el anexo que se adjunta a la presente Resolución.
Quedan afectados, asimismo, por esta incoación los bienes muebles existentes en la iglesia, sin perjuicio de que deban pormenorizarse los mismos durante la tramitación del expediente.
3. Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.
4. Dar traslado de esta Resolución al Ayuntamiento de Cieza y hacerle saber que, según lo dispuesto en los artículos 11.1, 16 y 19.1 y 3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, todas las actuaciones que hayan de realizarse en el Monumento cuya declaración se pretende, o en su entorno propio, no podrán llevarse a cabo, sin la previa autorización expresa de esta Dirección General de Cultura, quedando en suspenso, en su caso, los efectos de las licencias ya otorgadas. Será preceptiva la misma autorización para colocar en la misma cualquier clase de rótulo, serial o símbolo.
5. Que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 2.2.2 del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, se notifique esta Resolución a los interesados, a los efectos oportunos, y al Registro General de Bienes de Interés Cultural para su anotación preventiva.
6. Que la presente Resolución, con su anexo, se publique en el «Boletín Oficial de la Reglón de Murcia» y en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Murcia, 10 de septiembre de 1998.–El Director general, Miguel Ángel Centenero Gallego.
A) Descripción
El Convento se levanta sobre la ermita y sitio del Señor San Sebastián, extramuros de la ciudad, para hospicio y Convento de los Religiosos Descalzos de Nuestro Padre San Francisco de la Provincia de San Juan Bautista, sita en los reinos de Valencia y Murcia, cuya casa y Convento más próximo era el de Santa Ana del Monte, en Jumilla.
La fundación del convento (1681) tuvo orígenes problemáticos, con ella se quiso atajar la sangrienta rivalidad que dividía en dos bandos la ciudad (ver Historia de la Muy Noble y Muy Leal, hoy, excelentísima ciudad de Cieza, de Ramón María Capdevilla. Murcia 1928).
El Convento Franciscano Descalzo de San Joaquín y San Pascual, se empezó a construir en 1685. El Convento fue edificado por los mismos frailes a cuyo frente se encontraba el reverendo Padre Fray Salvador Avellán. El conjunto es inaugurado en 1699, en él se incluía una huerta de ocho tahúllas cercada por una tapia, con agua procedente de la Fuente del Ojo (ver Fr. Pascual Salmerón, La Antigua Carteia, o Carcesa, hoy Cieza. Madrid 1777).
La iglesia fue terminada en 1699. Durante los años 1701 y 1707, se hacen el Cristo del Coro, el Retablo Mayor, las bóvedas, el pavimento de los claustros, ocho cuadros para el refectorio, remate del Altar Mayor, claustros y portería.
La iglesia fue decorada ya entrado el siglo XVIII. Consta de una sola nave dividida en cuatro tramos, con capillas laterales, cabecera de planta rectangular y coro alto a los pies.
El claustro tiene cinco arcos de medio punto por lado y dos plantas. En el centro del patio se conserva un bello brocal de pozo. Las dependencias que rodean el claustro, cubiertas con bóvedas de aristas, constan de tres plantas destinadas a celdas y área de hospicio, excepto la zona perpendicular a la cabecera de la iglesia, donde se encontraban las zonas comunes como el refectorio o la biblioteca. Está cubierto con teja de medio cañón a dos aguas en la zona exterior y a un agua en la zona correspondiente al claustro, con el fin de favorecer la recogida de aguas de lluvia.
Su tipología, responde perfectamente a la instaurada por la Orden Franciscana en todas sus fundaciones, tal como lo describe el propio Padre Salmerón: «La forma del Convento es la común y ordinaria de los Conventos de nuestra descalzez; pero en lo común hay particulares primores, que lo hacen especial. Todo el convento es alegre y devoto, especialmente la iglesia, pues parece que infunde devoción. La obra es de cal y canto, con esquinas de piedra labrada. Salió toda tan fuerte que no ha hecho quebranto por parte alguna, es tan proporcionada y vistosa que es admiración de los que la miran, y comúnmente se atribuyen sus aciertos y primores a las manos que la fabricaron, que fueron las de muchos y grandes siervos de Dios.»
En este edificio se pueden observar grandes similitudes con el convento de Santa Ana del Monte, en Jumilla, ya que fue fundado por sus frailes. Los materiales son muy austeros y la decoración se centra exclusivamente en el Vía Crucis y «máximas» franciscanas, distribuidas por las paredes del convento.
El convento fue desamortizado en 1836 y cedido al Ayuntamiento en 1839. Posteriormente se utilizó como Cuartel de la Guardia Civil. En 1876, el Ayuntamiento solicita al Estado que se destine a instrucción pública y se crea el Colegio de «La Purísima y San Luis Gonzaga», que permanece hasta 1885, pasando entonces a ser Asilo de Ancianos.
Tras unas recientes obras, se han demolido las edificaciones que ocultaban el convento, dejando liberada la antigua fábrica del mismo.
B) Delimitación del entorno afectado
El inmueble objeto de la presente incoación se encuentra ubicado entre las calles Mesones, callejón de los Frailes y la plaza denominada Esquina del Convento, que corresponde en el plano catastral aportado por el Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria de la Gerencia Territorial de Murcia, a la manzana 80536, parcela 05.
Con el fin de evitar construcciones que alteren el carácter del inmueble o perturben su contemplación, el entorno del convento se define de la siguiente forma:
Manzana 80356, completa, excepto la parcela 05, donde se ubica el bien.
Manzana 81354, parcelas: 01, 10, 11, 12, 13, 14 y 15.
Manzana 82351, parcelas: 01, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20. Número 2 de la calle Camino de Murcia.
Manzana 81349: Parcela 01.
Manzana 80349: parcela 01.
Manzana 80343: Parcelas 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29.
Todo ello según plano adjunto.
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