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Documento BOE-A-1998-27941

Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se procede a la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid para la dotación de textos normativos de la Comunidad al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 1998, páginas 39882 a 39883 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1998-27941

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Ministerio de Justicia y la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, un Convenio de colaboración para la dotación de textos normativos de la Comunidad al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, sobre convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, he resuelto proceder a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que, a tal efecto, figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 17 de noviembre de 1998.‒El Secretario de Estado, José Luis González Montes.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA DOTACIÓN DE TEXTOS NORMATIVOS DE LA COMUNIDAD AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

En Madrid a 5 de noviembre de 1998.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don José Luis González Montes, Secretario de Estado de Justicia, por delegación de firma de la excelentísima señora Ministra de Justicia (Orden de 2 de octubre de 1998), a quien corresponde en virtud de Acuerdo aprobado en Consejo de Ministros en su reunión de 3 de julio de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de julio).

El excelentísimo señor don Jesús Pedroche Nieto, Consejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid, en representación de la misma de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41, apartado a), de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

EXPONEN

Que la Constitución española, en su artículo 149.1.5.ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia.

Que en relación con la Administración de Justicia, corresponde al Gobierno de la Comunidad de Madrid, según dispone el artículo 49.1 de su Estatuto de Autonomía, ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno de la Nación.

Que la integración de las Leyes y Reglamentos autonómicos en el ordenamiento jurídico hace necesaria la disponibilidad de los textos normativos por parte de Jueces, Magistrados y Abogados que, si bien la sola publicación oficial de dichos textos es requisito suficiente para su eficacia formal, no basta para su eficacia real, que es exigida por el respeto a las competencias de la Comunidad y, en especial, a la voluntad popular manifestada a través de las Leyes aprobadas por la Asamblea de Madrid.

En consecuencia, las partes acuerdan la firma del presente Convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio de colaboración tiene por objeto dotar a las Salas y Secciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, así como a su biblioteca, con los textos normativos de la Comunidad de Madrid para facilitar su consulta a los Magistrados y demás interesados que tengan acceso a la biblioteca del mencionado Tribunal.

Segunda.

A tales efectos, a las instituciones firmantes les corresponde:

Al Ministerio de Justicia, aportar los medios materiales e informáticos necesarios para la debida clasificación y conservación de la normativa aportada por la Comunidad de Madrid, así como disponer lo necesario para que el personal destinado en la biblioteca del Tribunal Superior de Justicia de Madrid atienda los requerimientos de consulta sobre normativa autonómica que se le interese, respondiendo de la documentación recibida.

A la Consejería de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, facilitar los textos normativos de la misma, lo que incluirá un número suficiente de «Boletines Oficiales de la Comunidad de Madrid», así como los repertorios de su legislación, tanto en formato de papel como con soporte informático. La Comunidad mantendrá la propiedad de estos materiales sin perjuicio de su depósito en el Tribunal Superior de Justicia.

Tercera.

Para la interpretación y aplicación del presente Convenio se crea una Comisión Mixta de Seguimiento, que estará integrada por un representante de cada una de las partes firmantes designado, respectivamente, por el excelentísimo señor Secretario de Estado de Justicia y por el excelentísimo señor Consejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Sus funciones consistirán en la planificación, supervisión y resolución de cuantas cuestiones puedan derivarse de la interpretación y ejecución del Convenio.

Cuarta.

El presente Convenio comenzará a producir efectos a partir de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 1998, siendo prorrogable anualmente, de forma automática, salvo denuncia expresa de alguna de las partes, con una antelación mínima de un mes, o se produzca la transferencia a la Comunidad de Madrid de los medios personales y materiales puestos a disposición de la Administración de Justicia.

Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente Convenio por duplicado, en el lugar y fecha antes indicados.‒El Secretario de Estado de Justicia, José Luis González Montes.‒El Consejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid, Jesús Pedroche Nieto.

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