En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de
Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de Creación de la Universidad
de Almería, y el Decreto 2/1995, de 10 de enero, por el que
se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la
Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de
personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 8 de la citada Ley, el artículo 24 del Decreto
2/1995 y el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto,
de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.c), de la
misma norma, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso
en la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de
la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes bases
de convocatoria.
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cinco plazas
de la Escala de Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de
la Universidad de Almería, mediante el sistema general de acceso
libre. Las citadas plazas podrán tener jornada de trabajo en turno
de mañana o en turno de tarde.
Las plazas que se convocan podrán ser ampliadas con ocasión
de vacantes que se produzcan desde la fecha de esta Resolución
hasta la fecha de realización del primer ejercicio. El Rectorado
de la Universidad de Almería publicará, en tiempo y forma, en
los correspondientes tablones de anuncios, el número de plazas
definitivamente convocadas.
1.2 Del total de las plazas se reservará un 3 por 100 para
ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de
discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la
disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de
julio, de modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública. En el supuesto
de no ser éstas cubiertas se acumularán a las restantes plazas
convocadas.
1.3 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a
lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley
23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado; Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de
Creación de la Universidad de Almería; el Decreto 2/1995, de
10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de
la Actividad de la Universidad de Almería, y a las normas de esta
Resolución.
1.4 El procedimiento de selección de aspirantes será el de
oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias
que se especifican en el anexo I.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.6 El primer ejercicio se iniciará a partir del 15 de diciembre
de 1998. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución
del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y
excluidos.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los
Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos
Estados a los que en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos
en que ésta se halle definida en Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Formación Profesional de tercer grado o
equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine
el plazo de presentación de solicitudes. Se considerará equivalente
al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos
completos de Licenciatura.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente por los Gobiernos Civiles de cada provincia y en las
Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal
de esta Universidad de Almería. A la instancia se acompañarán
una fotocopia simple del documento nacional de identidad,
pasaporte u otro documento de identificación suficiente, en caso de
no ostentar la nacionalidad española presentará fotocopia simple
de documento identificativo del país al que pertenece el solicitante.
3.2 Los nacionales de los demás Estados miembros de la
Unión Europea, o de aquellos Estados a los que en virtud de los
Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los
trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, habrán de acreditar
mediante documento suficiente, debidamente traducido al
castellano, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizara el recuadro 5 de la misma.
Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro número 6,
las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización
de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.4 Los aspirantes deberán indicar en el recuadro A, en el
apartado 22 "Datos a consignar", según las bases de la
convocatoria, el idioma elegido para la realización de la primera parte
del cuarto ejercicio (anexo I).
3.5 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector
de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente a la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.6 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3.7 Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo
original que deberá unirse a la solicitud de participación en las
pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen que
ascenderán a la cantidad de 5.000 pesetas, mediante ingreso o
transferencia bancaria en la cuenta corriente número
3058.0099.273100700.8, abierta al efecto en la Caja Rural de
Almería, oficina principal, con el título "Universidad de Almería.
Concursos y Oposiciones", especificando en tal resguardo el
nombre y apellidos, el documento nacional de identidad y la Escala
a la que solicita participar.
En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4 de esta
Resolución.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se nombrará el tribunal calificador y se recogerá el
lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación
de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de
exclusión. En la lista deberá constar en todo caso apellidos, nombre
y número del documento nacional de identidad.
4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso,
la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo
de diez días hábiles para subsanación de errores.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunal calificador
5.1 El tribunal calificador de estas pruebas será nombrado
por el Rector de la Universidad de Almería y publicado según
lo estipulado en la base 4.1 de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando
concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de la convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas
se publicará en el tablón de anuncios del "Servicio de Gestión
de Personal", Resolución por la que se nombren a los nuevos
miembros del tribunal que hayan de sustituir a los que hayan
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la
base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de
constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos
asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector
de la Universidad de Almería.
5.8 El tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985
("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otros
equivalentes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Almería, carretera de Sacramento, sin número, teléfono 950 21 51 24.
El tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría segunda de las recogidas en el anexo V del Decreto
54/1989, de 21 de marzo, ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía", de 21 de abril).
5.12 En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento, el tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará por
sorteo efectuado por el tribunal.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el tribunal.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos
anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán
hacerse públicos por el tribunal en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo
de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si es nuevo ejercicio.
6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara
a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes carece
de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,
lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual
deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes
o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a
los efectos procedentes.
7. Listas de aprobados, presentación de documentación
y nombramiento de funcionarios de carrera
7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la
fase de oposición, el tribunal hará públicas en los lugares de
examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad
las listas con las puntuaciones correspondientes.
La calificación final se obtendrá de la forma establecida en
el anexo I de esta convocatoria. La lista de aprobados del proceso
selectivo no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo
nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el tribunal hará
públicas las relaciones definitivas de aprobados por orden de
puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la
fase de concurso y la calificación final.
7.3 Dichas relaciones serán elevadas al Rector de la
Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.
7.4 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la
publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad
de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior,
los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en
el Registro General de la Universidad o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
b) Fotocopia debidamente compulsada del título de
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Formación Profesional de
tercer grado o equivalente.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a
esta convocatoria.
d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
minusválidos deberán presentar certificación, de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la
Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e
igualmente deberán presentar certificación de los citados órganos
de la Administración Sanitaria acreditativa de la compatibilidad
con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.
7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera
y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
de participación.
7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de
carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial
del Estado".
La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de
fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes
aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas
selectivas enviada a la universidad convocante con el apartado
"Reservado para la Administración" debidamente cumplimentado.
8. Norma final
8.1 Contra la presente Resolución y sus bases podrán los
interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria.
8.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder
a la revisión de las resoluciones del tribunal conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Almería, 10 de noviembre de 1998.-El Rector, Alfredo
Martínez Almécija.
ANEXO I
Ejercicios y calificación
1. Fase de oposición
Ejercicios y calificación: La fase de oposición estará formada
por los ejercicios que a continuación se indican, siendo éstos
eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado
en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura
como anexo II de esta convocatoria. Se calificará de cero a diez
puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco
puntos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio
será de noventa minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en la redacción de los asientos
bibliográficos en formato "Ibermarc" de cuatro impresos modernos,
dos de los cuales deberán ser obligatoriamente en castellano, uno
en inglés y otro en francés o alemán. El asiento bibliográfico
constará de:
a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de
Catalogación (Madrid, Dirección General del Libro y Bibliotecas, 1995).
b) Encabezamientos de materia que se redactarán ajustándose
a cualquiera de las listas de encabezamientos de materia
existentes.
c) Clasificación Decimal Universal. Para la realización de este
ejercicio los opositores podrán utilizar las reglas de catalogación,
las tablas de la CDU y el manual de formato "Ibermarc", cualquier
encabezamiento de materias existentes y diccionarios bilingües.
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para
aprobar obtener una puntuación mínima de cinco puntos y no haber
obtenido una puntuación de cero en ninguno de los asientos
bibliográficos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio
será de tres horas.
Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas
de entre tres propuestos por el tribunal relacionados con el
contenido del programa que figura como anexo II en esta convocatoria.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública
ante el tribunal que valorará la formación general y actualización
de conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación
personal de los aspirantes y la facilidad de expresión. Se calificará
de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación obtener
un mínimo de cinco puntos y no haber obtenido una calificación
de cero puntos en alguno de los temas. El tiempo máximo para
la realización de este ejercicio será de tres horas.
Cuarto ejercicio: Se divide en dos partes:
Primera parte: Consistirá en la realización por escrito de un
resumen analítico en lengua castellana (de hasta 150 palabras),
de un artículo sobre temas bibliotecario/documentales en un
idioma extranjero (inglés, francés o alemán, a elección del opositor).
Para realizar el ejercicio los aspirantes podrán utilizar diccionario.
El tiempo máximo de duración de esta parte será de una hora
y treinta minutos.
Segunda parte: Consistirá en la realización de una búsqueda
bibliográfica, utilizando los recursos disponibles en la Biblioteca
de la Universidad de Almería, impresos y/o automatizados
(catálogo automatizado, CD-ROM, Internet), sobre un tema concreto
que propondrá el tribunal igual para todos los opositores y que
seleccionará por sorteo entre varias propuestas del tribunal. El
tiempo máximo de realización de esta parte del ejercicio será de
dos horas.
Se calificará de cero a diez puntos cada una de las dos partes
del ejercicio, siendo necesario obtener, al menos, cinco puntos
en cada una de ellas.
2. Calificación final
La calificación final de las pruebas selectivas vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios
de la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio.
ANEXO II
Programa
1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido.
2. El Ministerio de Educación y Cultura. Su estructura en
relación con el libro, bibliotecas y patrimonio.
3. Régimen jurídico de las Universidades. Ley 11/1983, de
25 de agosto. Estructura y organización de las universidades.
4. El sistema universitario en Andalucía. Ley del Parlamento
de Andalucía 1/1992, de Coordinación del Sistema Universitario.
El régimen jurídico de la Universidad de Almería.
5. El funcionario público. Concepto y clases. Situaciones.
Derechos y deberes. Clases y régimen jurídico del profesorado
universitario. Clases y régimen jurídico del personal de
Administración y Servicios.
6. Las fases del procedimiento administrativo. Recursos
administrativos.
7. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases
de bibliotecas.
8. Bibliotecas nacionales. Concepto y función.
9. Bibliotecas públicas. Concepto y función.
10. Bibliotecas universitarias. Concepto y función.
11. La Biblioteca de la Universidad de Almería.
12. Instalación y equipamiento de bibliotecas. Normas de
conservación y restauración del fondo documental.
13. Gestión y desarrollo de las colecciones en bibliotecas
universitarias. El programa Conspectus. Técnicas de evaluación.
14. Catalogación y normalización. ISBD, ISBN, ISSN.
Catálogos automatizados.
15. Formatos de intercambios de información bibliográfica.
El formato MARC. Normas OSI.
16. Reconversión de catálogos.
17. Sistemas de clasificación.
18. Análisis documental. Indización. Resúmenes.
19. Lenguajes documentales: Thesaurus: Concepto,
elaboración y mantenimiento.
20. Gestión automatizada de servicios bibliotecarios.
21. Servicios a los lectores: Referencia e información
bibliográfica, difusión selectiva de la información y formación de
usuarios. Técnicas de evaluación.
22. Servicios a los lectores: Préstamo interbibliotecario y
extensión bibliotecaria. Técnicas de evaluación.
23. Evaluación de la gestión y de los servicios bibliotecarios.
24. La cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes de
bibliotecas. Situación en España.
25. Nuevas tecnologías de la información y su aplicación a
los servicios bibliotecarios. Panorámica de la situación en las
bibliotecas universitarias españolas.
26. Bases de datos documentales y bibliográficas.
27. Bibliografía y fuentes de información: Definición y
objetivos. Evaluación histórica y situación actual. El programa CBU.
28. Concepto, fines y problemas de la elaboración de las
bibliografías, bibliografías generales y especializadas.
29. Concepto, fines y problemas de la elaboración de
bibliografías nacionales. Las bibliografías nacionales. La bibliografía
española.
30. Concepto, fines y problemas de la elaboración de
bibliografías de publicaciones periódicas y oficiales.
31. Fuentes de información impresa y automatizada en
humanidades y ciencias sociales.
32. Fuentes de información impresa y automatizada en
ciencia y tecnología.
33. Catálogos de grandes bibliotecas. Catálogos colectivos.
34. Concepto y función del archivo. Clases de archivo.
35. Instalación y equipamiento de archivos. Conservación y
restauración de documentos.
36. Principios generales de organización de fondos. Sistemas
de clasificación y ordenación de documentos.
37. Descripción de fondos: Guías, inventarios, catálogos e
índices.
38. Los archivos universitarios. Producción y gestión
documental. Valor histórico de la documentación universitaria.
39. El libro y las bibliotecas hasta la invención de la imprenta.
40. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
41. La ilustración del libro y la encuadernación.
42. Siglos XIX y XX. Las técnicas en la producción del libro.
El movimiento bibliotecario anglosajón.
43. Origen y evolución de las bibliotecas universitarias.
44. La industria editorial y el comercio librero en la
actualidad.
45. Organizaciones internacionales al servicio de las
bibliotecas: IFLA, FID, ISO. La cooperación internacional.
46. El sistema bibliotecario español. Legislación y
competencias en las distintas Administraciones.
47. El sistema español de archivos. Legislación y competencia
de las distintas Administraciones.
ANEXO III
Declaración jurada
Don/doña..................................................,
con domicilio en...............................................
y documento nacional de identidad número.....................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala de Ayudantes de Archivos,
Museos y Bibliotecas de la Universidad de Almería, que no ha
sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas.
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