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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79.3 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, así como de lo dispuesto en el artículo 11, número 6, de la Directiva 92/96/CEE, del Consejo, de 10 de noviembre de 1992, y en el artículo 12, número 6, de la Directiva 92/49/CEE, del Consejo, de 18 de junio de 1992, se pone en conocimiento del público, en general, y de los asegurados, en particular, que el Istituto per la Vigilanza Sulle Assicurazioni Private e di Interesse Colletivo ha aprobado el día 20 de octubre de 1998, con fecha de efectos 30 de junio de 1998, la transferencia de todos los activos y pasivos de la cartera de seguros de la Delegación para España de la entidad «Assicurazioni Generali, S.p.A.», a la entidad «La Estrella, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros».
Se advierte a los tomadores de seguros de la cartera transferida que en el plazo de un mes, a contar desde la presente publicación, tendrán derecho a resolver los contratos de seguros que resulten afectados por la cesión, así como el reembolso de la parte de prima no consumida.
Madrid, 16 de noviembre de 1998.–La Directora general, María del Pilar González de Frutos.
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