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En el recurso contencioso-administrativo número 4.894/1992,
interpuesto por la representación procesal de Sociedad Agraria de
Transformación número 2759 "Domar", contra Acuerdos del Consejo de Ministros,
de 15 de febrero y 11 de octubre de 1991, sobre sanción por infracción
de la legislación en materia de frutas y hortalizas, se ha dictado por la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección
Cuarta), con fecha 7 de julio de 1998, sentencia cuya parte dispositiva es del
siguiente tenor:
"Fallamos: Que estimando en parte el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la Sociedad Agraria de Transformación numero 2759
"Domar", representada por el Procurador don Luis Suárez Migoyo, contra
los Acuerdos del Consejo de Ministros de 15 de febrero y 11 de octubre
de 1991, debemos declarar y declaramos que lo procedente es la imposición
a la entidad recurrente de una sanción de multa de 1.250.000 pesetas,
anulando los acuerdos impugnados en cuanto no están conformes con
la anterior declaración y desestimando el recurso en los demás, por resultar
en ello ajustados a Derecho los acuerdos impugnados. Sin que haya lugar
a expresa condena en costas."
El Consejo de Ministros, a propuesta de la excelentísima señora Ministra
de este Departamento en su reunión de 30 de octubre de 1998, y de
conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de
diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla, en sus propios términos la referida
sentencia.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 16 de noviembre de 1998.-El Subsecretario.-P. D. (Orden de
28 de julio de 1998), el Subdirector general de recursos, Juan Sánchez
Jerez.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento e Ilma. Sra. Directora general
de la Alimentación.
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